sábado. 26.07.2025
El tribunal prueba la sistemática vulneración del derecho a la dignidad de un trabajador al aislarle de sus compañeros y dejarle sin trabajo efectivo. El acosado sufrió una profunda depresión, que incluso causó deterioro de su vida familiar y social

La sentencia contra Arrecife por “acoso moral” destaca la especial gravedad del caso por tratarse de una corporación pública

“Se debe valorar ser la empresa una corporación pública, lo que agrava más su conducta por la confianza que se pone en la misma y obligación que se le supone para velar por la legalidad y los derechos de los ciudadanos”

El portavoz de Comisiones Obreras (CC OO) en el comité de empresa del Ayuntamiento de Arrecife, José Cabrera, adelantaba a mediados de esta semana la llegada de una nueva sentencia que condena al Ayuntamiento al pago de 30.000 euros a un trabajador por acoso moral en el ámbito laboral.

Cabrera aseguraba a este diario que el Ayuntamiento de Arrecife, a través del ex concejal de Personal Luis Morales, “le ha destrozado la vida a dicho trabajador, que ha sufrido tal calvario que incluso ha obligado a su hija a abandonar los estudios".

Crónicas ha tenido acceso a dicha sentencia, dictada por el Juzgado de lo Social Número Uno de Arrecife el pasado 20 de febrero de este año, que en diez páginas, en las que desgrana el caso de acoso moral padecido por Juan Manuel Viñoly Niz durante casi dos años, desde agosto de 2005 hasta mayo de 2007, etapa en la que el afectado causó dos bajas por depresión que le tuvieron incapacitado durante más de un año.

Juan Manuel Viñoly Niz lleva 20 años trabajando como oficial palista, conduciendo una pala mecánica para limpieza de solares, retirada de piedras, etc., para el Ayuntamiento de Arrecife. En agosto de 2005 “por parte del Ayuntamiento se entrega la maquina” en la que venía desempeñando su trabajo “a un operario de la Concejalía de Parques y Jardines sin la categoría de palista”. A su vez, a Viñoly Niz “se le destina a una nave en el polígono de Altavista donde se guardan vehículos sin darle trabajo efectivo más que realizar recados de forma esporádica en el que fue el primer coche oficial del Ayuntamiento”.

Ante dicho abuso, calificado por la sentencia como demostrado acto de falta al “derecho a la dignidad” del trabajador, en octubre de 2005 se presenta una denuncia ante la Inspección de Trabajo, que en febrero de 2006 impone al Ayuntamiento una multa de 3.000 euros por evidencia de que “una falta efectiva de ocupación del trabajador al que se le retiró su equipo de trabajo que estaba operativo y en funcionamiento y no se procedió a garantizar el desempeño de las funciones correspondientes” a su categoría profesional.

Como resultado de este “acoso moral”, el palista causó baja por un cuadro ansioso depresivo, reconocida más tarde como baja laboral, por espacio de un año, desde noviembre de 2005 hasta noviembre de 2006.

Por si fuera poco, y tras otros seis meses de baja “por enfermedad común”, en mayo de 2007 el Ayuntamiento restituyó a Viñoly Niz en su trabajo de palista entregándole maquinaría estropeada, que gracias a una nueva intervención de la Inspección de Trabajo fue paralizada “por existencia de riesgo grave e inminente” para la seguridad del trabajador. “Con posterioridad y hasta la actualidad el Ayuntamiento ha procedido a restituir al trabajador en su puesto y con maquinaria adecuada”.

Según la sentencia, y dado el probado acoso moral, el trabajador “presentó cuadro ansioso depresivo con ansiedad, insomnio, agresividad, tristeza, apatía, temblor en las extremidades superiores en tratamiento de Cipralex, Dorken y Nostamid, sufrió infarto de miocardio en diciembre de 2006”. “Actualmente sigue con tratamiento psicológico”.

La sentencia recalca que “la enfermedad ha provocado la necesidad de tomar tratamiento psicológico y psiquiátrico, que ha anulado su vida profesional durante un año, que ha anulado su vida social, familiar y conyugal, y de la que todavía no se ha recuperado”.

La sentencia considera que se ha vulnerado de “forma reiterada, intencionada y sistemática” el derecho a la dignidad del trabajador. Recalca además que “se ha demostrado que hay ámbitos profesionales especialmente propicios” para el acoso moral, como es el caso de la Administración Pública y la Enseñanza”.

También al más puro estilo de la serie “Mentes Criminales”, la sentencia, basándose en una jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, alude al perfil del acosador moral. “En el fondo laten en el acosador instintos y sentimientos de envidia, de frustración, de exacerbado egoísmo, de celos, de miedo, de rivalidad y, muy particularmente, de narcisismo”.

Trabajo inspeccionará la documentación del Ayuntamiento

La Inspección del Ministerio de Trabajo ha solicitado mediante un escrito fechado el 14 de abril una serie de documentos al Ayuntamiento de Arrecife para realizar la correspondiente revisión de los mismos. Dichos documentos tendrán que ser presentados el próximo miércoles 14 de mayo. Trabajo exige que la Corporación entregue la relación de las horas extraordinarias en los años 2007 y 2008; la Copia Básica de contratos de trabajo entregado a los representantes de los trabajadores; la información sobre contratas y subcontratas y la información sobre los locales disponibles en el centro de trabajo.

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