Este jueves nos enteramos de que el británico Tony Alexander King ha sido condenado por la Audiencia de Málaga a 19 años de cárcel por el asesinato de la joven de Mijas Rocío Wanninkhof, que murió tras sufrir nueve puñaladas cuando regresaba a su casa el 9 de octubre de 1999. En la sentencia se le impone la pena de 19 años por el delito de asesinato con la agravante de despoblado y una indemnización de 210.000 euros para la madre de la víctima, Alicia Hornos, y de 42.000 euros para los dos hermanos de la joven. Como informa este diario, el fallo se produce ocho días después de que un jurado popular declarase a King culpable del crimen de Rocío Wanninkhof.
Cualquiera que no conociera el contenido de la noticia, se habrá llevado la misma sorpresa que se llevaron ayer la mayoría de los españoles cuando conocieron el fallo judicial, nunca mejor empleado el término “fallo” para determinar una condena de estas características.
Parece increíblemente desproporcionado que se condene tan sólo a 19 años de cárcel a un hombre que asesinó de una forma tan brutal a una niña cuyo único pecado fue el de cruzarse en su retorcido camino. Parece increíblemente desproporcionado que se le aplique un castigo que en absoluto se corresponde con el crimen cometido, y que en otros países igual o más civilizados que el nuestro provocarían el sonrojo y la alarma social que aquí de momento parece no existir.
Hay que tener en cuenta que nuestro Código Penal es el más permisivo de los que existen en el mundo civilizado, un Código que establece condenas de este tipo y que además impide que una persona, por muchas barbaridades que haya hecho en su vida o por muchas barbaridades que piense seguir haciendo después de no haber superado ninguna prueba de reinserción, esté más de 30 años entre rejas. Por ello, sabiendo además que King lleva ya unos cuantos años encerrado -otra cuestión insólita de nuestro sistema judicial y penal es que se encierre a las personas y se las juzgue años después de haber sido detenidas sean culpables o inocentes-, habrá que entender que este hombre, que no es precisamente un anciano, estará en la calle a una edad en la que perfectamente podría cometer otro crimen similar.
En estos días se ha abierto un intenso e interesante debate, debate que normalmente se cierra en falso, sobre las penas que se imponen a unos y a otros. Ha sucedido después de que fuera detenido el yerno de los joyeros Tous tras matar a un atracador que entró a robar en su casa. Y ocurrirá siempre que se den casos como el de Tony King, porque no se entiende que en circunstancias absolutamente diferentes se puedan imponer condenas iguales. O peores, porque se conocen muchos casos de personas que han pasado más tiempo en la cárcel que el británico y que no hicieron una décima parte de la barbaridad que él cometió según la condena impuesta y la sentencia dictada por sus señorías.
En Lanzarote tenemos el ejemplo reciente del líder del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL), Dimas Martín, quien se ha quejado en infinidad de ocasiones de lo desproporcionada que es su última condena. Nada menos que ocho años de cárcel que tendrá que empezar a cumplir a partir de hoy por un delito de malversación y contra la Seguridad Social cometido hace más de quince años. ¿Tiene razón Martín? Pues probablemente sí, probablemente sea en este caso exagerado el castigo por el crimen cometido.
Cada vez son más las voces que se van alzando para pedir una reforma de nuestro actual sistema, que evidentemente hace aguas con casos como el que se ha conocido este jueves. Sin embargo, el inmovilismo de nuestra clase política, que es la que debe promover cualquier reforma legislativa, es más que preocupante. Ahora que se acercan las elecciones se volverá a hablar de éste y de otros asuntos, pero es poco probable que se haga nada, es poco probable que se endurezcan las condenas. Todo indica que matar en España va a seguir siendo muy barato, tremendamente barato.