lunes. 07.10.2024

La concejal de Lanzarote En Pie (LEP) Leticia Padilla presentó este lunes las alegaciones para oponerse al informe que la nueva secretaria del Ayuntamiento de Arrecife hizo determinando que debía pasar a ser considerada como no adscrita a ningún grupo en la institución. El pasado 25 de febrero la alcaldesa de la capital, Astrid Pérez, dio un periodo de diez días hábiles a la portavoz de la coalición electoral para que presentara alegaciones contra la decisión de la nueva secretaria de la institución que entendió, en el tercer intento, que tenía razón Podemos Canarias al reclamar que la edil abandonara el grupo al considerar que es tránsfuga por haberse dado de baja del partido. Tercer intento porque, como ya avanzó este diario, hubo otros dos informes de otras dos secretarias que, como pasó con su compañero Ramiro Muñoz en Yaiza, determinaron que no había ningún argumento sólido para acceder a las demandas de la formación morada. La razón principal, como ha expuesto ahora Padilla en sus alegaciones, es que Podemos no se presentó a las elecciones como tal y además la concejal no se ha transfugado a ninguna parte ni ha sido expulsada del grupo que a día de hoy sigue trabajando en la oposición.

Leticia Padilla en el estudio de Crónicas Radio-COPE Lanzarote.
Leticia Padilla en el estudio de Crónicas Radio-COPE Lanzarote.

Durante su intervención este martes en el programa “A buena hora” de Crónicas Radio-COPE Lanzarote Padilla confirmó que ya había cumplido el trámite y se mostró tranquila a la hora de afrontar la situación. Lo que no tiene muy claro, eso sí, es cómo se va a cumplimentar el trámite, puesto que nadie le ha aclarado en base a qué solicitud la secretaria realizó el informe y, sobre todo, quién va a resolver sobre sus propias alegaciones. Para ella, sólo lo podría hacer la alcaldesa o el Pleno. Es decir, Astrid Pérez podría decidir que no continuara el asunto adelante o llevarlo a sesión plenaria para que fueran los concejales los que decidieran atendiendo a los dos informes existentes en estos momentos. El segundo, el suyo, está elaborado por un abogado de reconocido prestigio que además tiene una prestigiosa carrera profesional, Manuel Travieso, que fue además senador por Fuerteventura y alcalde de Puerto del Rosario.

Resumen del escrito

En el escrito de alegaciones al que ha tenido acceso este diario Padilla y su abogado resumen el asunto en ocho puntos básicos que se deben tener en cuenta. El primero deja muy claro que es injustificado el propio informe elaborado por la secretaria. En el segundo, igual de claro y de conciso determinan que el secretario de Organización de Podemos en Canarias, César Merino Bruguera, no acreditó la representación, por lo que no podía intervenir en nombre de la agrupación. Para ellos es obvio que la formación política como tal no tiene legitimación activa para solicitar que sea desplazada al grupo de no adscritos ya que Leticia Padilla no presentó su candidatura en Podemos.

Respecto a los artículos 73.3 de la LBRL y el 27.1 de la LMC, Padilla afirma que en ellos no se contempla la situación de “abandono” de la formación política por la que se presentó el concejal como un motivo para considerarlo como no adscrito. Así, explican que en el artículo 28.1 de la LMC sí contempla el supuesto de “expulsión” de la formación por la que se presentó para considerar a dicho concejal como no adscrito, cosa que no ha sucedido puesto que ella simplemente se dio de baja de militancia y en ningún caso fue apartada de la disciplina del grupo.

La componente de LEP establece que no cabe ni la analogía ni la interpretación extensiva ya que en la norma no se comprende que se permita la aplicación al supuesto contrario al que se indica. Además, apunta en sus alegaciones que ni se puede apreciar la identidad de razón entre ambos supuestos sino todo lo contrario ya que la emisión del supuesto contrario lo excluye.

Acerca de la jurisprudencia constitucional destaca que ésta en ningún caso equipara o identifica el caso de abandono a la expulsión para la consideración de un concejal como no adscrito, como si hace a los efectos del principio del mandato libre de los representantes legales a efectos de mantenerse en el cargo, como el abandono o expulsión del partido en el que fueron elegidos siendo componente de las listas.

En el amplio escrito elaborado por el abogado Manuel Travieso se señala igualmente que no puede ser considerado su caso como transfuguismo ni una situación que pueda suponer su expulsión del partido puesto que no se da ni uno de los supuestos que contempla la ley.

Por lo tanto, como último punto y resumiendo todos los demás, se subraya con rotundidad que Leticia Padilla no puede ser considerada como no adscrita a un grupo con el que sigue trabajando sin problema simplemente por el hecho de haberse dado de baja voluntariamente de una formación política como es en este caso Podemos.

Leticia Padilla presenta las alegaciones contra el intento de convertirla en no adscrita
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