viernes. 29.03.2024

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación presentado por la defensa del ex agente de la Policía Local de Arrecife Narciso Pérez contra la sentencia que le condenó a pagar 12.000 euros para resarcir el derecho al honor y a la propia imagen del que fuera secretario de la Corporación capitalina Francisco Javier López Martínez.

En un auto notificado este mismo lunes y al que ha tenido acceso este diario, la Sala de lo Civil encuentra razonables los argumentos expuestos contra la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Las Palmas que condenó inicialmente al funcionario.

Pérez, con quien ha hablado este diario, ha mostrado su alegría y ha aprovechado para felicitar a su abogado, Julio Vladimir Luperón León, profesional colegiado desde hace muchos años en Guipúzcoa, por lograr algo que entiende que no ha sido sencillo. “En esta clase de recursos es bastante improbable que prospere la admisión si no existe un fuerte fundamento, y de ahí mi felicitación pública a mi defensa, demostrando así su buen hacer al armar en tan poco tiempo las alegaciones correspondientes”, apunta.

El caso ha tenido un recorrido largo y tortuoso, como suelen ser en este país los procedimientos judiciales. El Juzgado de lo Penal Número 5 de Arrecife, siendo su titular Silvia Muñoz, celebró el juicio el día 18 de mayo de 2017, tras demanda interpuesta por Francisco Javier López el día 15 de Abril de 2016. Ese día Narciso Pérez no pudo asistir porque tuvo una hemorragia nasal fruto tal vez de la tensión que provoca este tipo de procedimientos. Además, no se tuvo en cuenta, como alega ahora al Supremo, que es un paciente de riesgo después de que se le implantara a corazón abierto una válvula aórtica y un estent. Es una de las razones que alega la defensa, la indefensión de alguien que por motivos médicos no pudo asistir a su propio juicio y que sin embargo recibió una severa condena.

En ese procedimiento se vieron las afirmaciones realizadas por Narciso Pérez contra el que por entonces era secretario, afirmaciones que la defensa entiende que son escritos que se enviaron por vía interna a la entonces alcaldesa de Arrecife, la socialista Eva de Anta, que no tendrían que haber tenido trascendencia pública. “En ese juicio se admitieron esos escritos internos como prueba acusatoria contra mí, a sabiendas de que esa documentación fue presentada con fecha muy posterior a la interposición de la demanda”, narra ahora el funcionario jubilado. “El objetivo no era otro que el aprovechar mis expresiones vertidas en esos escritos internos para entender la señora jueza que allí había expresiones vejatorias, injuriosas y calumniosas en el lugar de trabajo del demandante, omitiendo que también pertenecía a ese centro de trabajo y que de constituir mis expresiones posibles faltas, éstas tendrían que dirimirse en una propuesta de Expediente Disciplinario por parte de la señora alcaldesa en la condición de Jefa Nata de la Policía Local y de todo el personal adscrito a la plantilla del Ayuntamiento de Arrecife, y donde además ejercía como delegado de personal funcionario”, subraya.

En su defensa ante el Supremo, por tanto, manifiesta su certeza de que se generó una indefensión al permitir que se aportaran sorpresivamente documentos en la audiencia previa al juicio sin permitir a la parte contraria que pudiera articular los medios de prueba para contradecir su contenido.

Por otro lado, en su recurso de casación hace referencia a unas declaraciones que realizó en 2012 en el programa “A buena hora” de Crónicas Radio-COPE Lanzarote, donde afirmó que le parecía irregular que el entonces secretario de Arrecife ejerciera también sus funciones en el Ayuntamiento de Teguise. “Decir algo así no creo que sea insular o vejar a una persona y máxime cuando en aquel momento no había sido validado su puesto por la Dirección General de Función Pública del Gobierno de Canarias”, agrega el ex policía municipal.

El Supremo admite a trámite el recurso de Narciso Pérez en su pleito con el ex...
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