domingo. 22.06.2025
Pedro San Ginés reitera que los aparatos se han instalado en estas carreteras insulares por una cuestión de seguridad vial que pretende evitar la siniestralidad y proteger al gran número de usuarios y ciclistas que circulan y han circulado siempre por ellas

El presidente del Cabildo aclara de nuevo que los radares de la DGT en la LZ-56 y LZ-67 “no reducen la velocidad de 60 km/h que por ley ha existido siempre, solo hacen cumplir la velocidad máxima ya establecida para este tipo de viales”

El Pleno del Cabildo de Lanzarote aprobó una moción del grupo político Somos en la que se pide la retirada de los cinemómetros de la Dirección General de Tráfico que están instalados en la carreteras LZ-56 y LZ-67.

El presidente, Pedro San Ginés, que se abstuvo en la votación, ha aclarado posteriormente en una nota de prensa enviada a este diario que “la moción no ha sido respaldada porque el grupo político proponiente no aceptó cambiar algunos de los acuerdos de la moción con los que no estaban de acuerdo, negándose además a incorporar la propuesta elevada por el Grupo de Gobierno para instar a la Dirección General de Tráfico a paralizar la puesta en servicio de los radares en esas carreteras en tanto en cuando se estudie con los informes técnicos pertinentes, así como el elaborado por el propio Ayuntamiento de Tinajo, sobre la conveniencia de aumentar en algunos tramos la velocidad máxima permitida que pasaría de 60 a 80 kilómetros por hora, con independencia de que también se estudie minimizar el impacto ambiental y paisajístico de los cinemómetros instalados”.

El presidente del Cabildo recuerda una vez más que “los radares instalados de control de velocidad en varios tramos que unen Mancha Blanca y La Geria por Tinguatón (LZ-56) y el Parque Nacional de Timanfaya (LZ-67) por donde transitan miles de ciclistas, no habilitan a los mismos a circular por estas vías, ya que no está prohibido su paso ni nunca lo ha estado, ni tampoco establecen dichos cinemómetros ninguna limitación de velocidad diferente a la que siempre ha existido”.

Así, insiste en que la velocidad máxima establecida en las citadas vías siempre ha sido de 60 kilómetros por hora porque así lo obliga la Ley de Carreteras de Canarias en virtud de la 'Norma 3.1-IC Trazado, de la Instrucción de Carreteras' del Estado para este tipo de carreteras, sin que el Cabildo pueda, aunque quisiera, aumentar la misma en ninguno de esos tramos.

El Gobierno insular insiste en que el establecimiento de radares es competencia del Ministerio y de la Guardia Civil de Tráfico y, según reiteró el presidente, “lo único que se ha hecho por parte de la DGT ha sido instalar los mismos para hacer cumplir dicha velocidad máxima, establecida por Ley, de 60 Km/h, por una cuestión de seguridad vial que pretende evitar la siniestralidad y proteger al gran número de ciclistas que circulan y han circulado siempre por nuestras carreteras, y en concreto por las que discurren por el Parque Natural de Los Volcanes y el Paisaje Protegido de La Geria”.

El presidente del Cabildo aclara de nuevo que los radares de la DGT en la LZ-56 y LZ-67...
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