viernes. 02.05.2025
El recurso pretende evitar el pago de diez millones de euros que fijó como indemnización a la UTE el laudo arbitral de la Cámara de Comercio de Las Palmas

Inalsa confía en que la Audiencia Provincial admita su recurso contra Edam Janubio

Los argumentos que esgrime la empresa pública mantienen las bases señaladas hasta ahora sobre la inhabilitación del árbitro, el incumplimiento del derecho comunitario, la inexistencia de licencias y otras cuestiones de forma que ahora quiere que revise la justicia provincial

La Comisión Informativa de Aguas anunció este lunes que recurrirá la sentencia de Janubio ante la Audiencia Provincial. Con esta iniciativa se pretende anular el laudo arbitral por el que la empresa pública Insular de Aguas de Lanzarote SA, (Inalsa) tendría que pagar diez millones de euros a la Unión Temporal de Empresas (UTE) Edam Janubio formada por Fomento de Construcciones y Contratas y Servicios y Procesos Ambientales SA.

El consejero delegado de Inalsa, Mario Pérez, que fue el encargado de informar sobre esta nueva acción legal, está convencido de que la medida será efectiva y que fallará a su favor porque “no sólo estamos asistidos desde el punto de vista racional y lógico, sino porque estamos hablando de la titularidad pública del agua en Lanzarote, que nosotros pretendemos que no se pierda nunca”.

Esta es la última acción legal que se produce desde que la Cámara de Comercio de Las Palmas diese la razón a la UTE el pasado 14 de junio, obligando a Inalsa a pagar una indemnización de 9,4 millones de euros.

A partir de que se conociese la sentencia, los abogados de la empresa pública de aguas y los del Cabildo insular han estado trabajando para interponer este recurso, que vuelve a incidir frente a la Audiencia Provincial sobre los puntos que desde 2001 llevan defendiendo los responsables de Inalsa.

Una de las primeras medidas que se tomaron fue la ejecutada por el Consorcio de Aguas de Lanzarote, formado por los siete ayuntamientos y el Cabildo, que presentó un expediente de anulación del contrato firmado en junio de 2001 para la construcción de la desaladora en la zona de Janubio, en Yaiza, entre Inalsa y la UTE por entender que contravenía el derecho comunitario. Ahora, y después de que el árbitro dictaminara que el contrato no podía ser anulado y rechazara también el resto de alegaciones de la empresa pública, los abogados del Cabildo y de Inalsa han recopilado en seis puntos todos los argumentos que creen que demuestran la invalidez de la sentencia del árbitro.

Entre otras justificaciones, el recurso incluye de nuevo la denuncia de incompetencia del árbitro, la inexistencia de algunas licencias y otros defectos de forma que según los responsables de Inalsa, anularían el laudo.

Seis razones para anular el laudo

Uno de los principales argumentos a los que se remite Inalsa para desestimar la sentencia del laudo arbitral es la denuncia que ya se hizo pública en junio y que destapó los antecedentes penales que recaen sobre Juan Carlos Grisolía Santos, el abogado que fue elegido como árbitro en el caso.

Entre las alegaciones que se presentan ante la Audiencia Provincial se vuelven a señalar estos antecedentes como “causa de incapacitación”, y reseñan su opinión de que “la condena firme por estafa, por apropiación de fondos, apropiación indebida y deslealtad profesional” no hacen de Grisolía “la persona más idónea y no está capacitado para firmar el laudo”.

Esta denuncia se llevó también por Inalsa ante la Cámara de Comercio de Las Palmas, que desoyó las reclamaciones de incapacitación de la empresa pública, que ahora volverá a defender lo inadecuado de este hecho para la objetividad del proceso.

Sobre cuestiones arbitrales se fundamentan también otro de los puntos presentados ante la justicia provincial. Los abogados de Inalsa entienden que existe un incumplimiento del convenio arbitral, que señalaba que debían ser tres los árbitros que llevasen el caso, y en la práctica sólo se ha designado a uno.

Además de este motivo de anulación, se refuerzan los argumentos con otros como la indefensión, a la que aseguran que se vio expuesta Inalsa ante la actuación de la UTE, que “no nos comunicó previamente la demanda que iba a presentar”, como explicó Mario Pérez. También se contempla como defensa en este sentido la solicitud de la empresa demandante, que “primero solicitó que se les dejara terminar la planta, y en último extremo cambia esa petición por una de indemnización”.

Otros defectos que encuentran los responsables de la empresa pública de aguas en el proceso están enmarcados en los términos legales que se incluyen en el contrato firmado en 2001. Según este contrato se detallaban los pasos que la UTE debía seguir y que pasaban por conseguir todas las licencias y autorizaciones, que Pérez asegura que no obtuvieron en su totalidad, “no tenían ni las licencias municipales del Ayuntamiento de Yaiza ni las calificaciones territoriales del Cabildo, ni la autorización del Consejo Insular de Aguas, ni las autorizaciones correspondientes de la Demarcación de Costas de Canarias ni de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias”.

Incumplimiento del derecho

El último punto en el que se paró el vicepresidente del Cabildo insular fue en el que se alegará frente a la Audiencia Provincial sobre el incumplimiento de la normativa europea. Mario Pérez explicó que como “la Unión Europea considera que el agua es un servicio esencial y estratégico de la comunidad, vigila que las actuaciones que afecten a esta materia sigan su proceso”. El proceso al que hace referencia el consejero delegado de Inalsa obliga a “comunicar la iniciativa en el Boletín Oficial de la Unión Europea, BOUE, después en el de la comunidad autónoma, en el BOC, o, en último extremo en el de la provincia”.

Pérez denunció que “incumple el derecho comunitario porque no se publicó en el BOUE y por tanto contraviene una de las normas que la Unión Europea ha dado para todos los países miembros”.

Reducción de honorarios

Por ahora el único punto en el que ha resultado fructífera la lucha de la empresa pública contra la empresa denunciante y el proceso de impugnación ha sido en la reducción de honorarios pagados al árbitro. Frente a los casi 120.000 euros que iba a recibir Grisolía, se ha fijado una cifra de 30.000, que será la que reciba finalmente como pago por sus servicios en este caso.

La reclamación sobre este punto la interpuso ante la Cámara de Comercio de Las Palmas el grupo jurídico de Inalsa, que entendía que 120.000 euros era una cifra exagerada, y que ha terminado llevándose la razón.

Sobre el resto de reclamaciones tendrá que pronunciarse ahora un juez provincial, que deberá analizar todo el proceso que viene trayendo cola desde 2001 para decidir si ha habido algún error que pueda anular el laudo arbitral o si por el contrario s mantiene la indemnización que debe pagar Inalsa a la UTE.

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