Fotos: Dory Hernández
El presidente de la Audiencia Social de la Sala de lo Social, Joaquín Jiménez Sánchez, impartió en la mañana de este viernes una charla sobre los “Conflictos colectivos” en la Sala CICCA de Arrecife. Jiménez departió sobre las principales claves de un concepto jurídico que nace con la Revolución Industrial y al que el ponente calificó de “artificial” y que “está en proceso de elaboración, aunque sirve”.
Por otro lado, la conferencia fue organizada por el Colegio Oficial de Graduados Sociales y en ella estuvieron presentes representantes de este sector, en la figura de su presidenta, Caridad Romero del Mas, a la que le une una gran amistad con el protagonista, que ya ha visitado la Isla en otras siete ocasiones.
Entre el resto de personalidades del Colegio que asistieron al acto destacó la presencia del vicepresidente, Santiago Díaz, la secretaria, Lourdes Rodríguez, y el tesorero, Pedro José Benasco. Representantes de los sindicatos Unión General de Trabajadores (UGT), Comisiones Obreras (CCOO) e Intersindical Canaria (IC) también asistieron a la charla. Al finalizar ésta, fueron condecorados cuatro graduados sociales de la Isla en reconocimiento a sus quince años de profesión.
Este acto está enmarcado dentro de la serie de charlas explicativas que tiene por norma llevar a cabo el Ilustre Colegio de Graduados Sociales de Lanzarote para complementar la formación de los profesionales del sector, actos a los que son invitados todos los sectores con los que éstos están obligados a interactuar en su labor diaria.
La interpretación de la norma como conflicto más típico
Joaquín Jiménez intentó extraer los aspectos más esenciales de lo que es el proceso de conflicto colectivo en su concepto jurídico, como procedimiento y manera de dirimir las controversias que se puedan producir entre una empresa o un grupo de empresarios así como con la contraparte en la figura de los representantes de los trabajadores (Comité de Empresa, delegados sindicales y sindicatos y patronales) como sujetos más característicos en este tipo de procesos.
Jiménez expuso que con carácter jurídico el conflicto más típico suele ser la interpretación de la norma ya que dada la ambigüedad de ésta siempre se da el caso de dos o tres interpretaciones de la misma. Si no se llega a un acuerdo, el conflicto se soluciona por sentencia o mediante conciliación de los jueces ya que estos pueden dar su opinión, mediando sin juzgar, ayudando a clarificar posturas, “único modo de que la vida continúe en paz, armonía y sosiego”, como recalcó el conferenciante.
Éste añadió, además, que “el concepto de conflicto colectivo es muy artificial, es una artificialidad que proviene del siglo XIX, principios del XX y que sigue todavía en plena elaboración”.
De los primeros conflictos en fábricas hasta la actual legislación laboral
La propia Revolución Industrial impulsa un primer capitalismo sin regulación generador de toda clase tropelías y abusos que da lugar a conflictos con el consiguiente germen del sindicalismo. Las tesis creadas en el siglo XIX por el socialista utópico inglés Robert Owen se unieron a los sindicalistas del siglo XIX, dando lugar a la Organización Internacional de Trabajadores (OIT).
“Es cuando empiezan a surgir esos temas comunes que preocupan a uno o más empresarios, a un sector empresarial, así como también a los sindicatos” determinó Jiménez para luego puntualizar que “los grupos colectivos de trabajadores, en sus recíprocas relaciones, lo que tienen es una situación conflictiva consistente en que no saben muy bien dar una solución única a un aspecto concreto o mejor dicho, lo saben muy bien pero cada uno sabe una cosa distinta de lo que sabe el otro”
El presidente de la Audiencia Social afirmó que el conflicto colectivo genera un problema común, en el sentido de que lo es para todos. No se sabe como interpretar algún aspecto como podría ser un artículo del convenio colectivo de hostelería por relacionarlo con Lanzarote, y surgen los problemas.
El poder sindical en España
“En España los sindicatos tienen todo el poder que las leyes y la inercia histórica les ha dado”, así de rotundo se mostró Jiménez ante el tantas veces cuestionado poder del sindicato español frente a otros países con organizaciones gremiales que gozan de mayor fama, como el sistema alemán.
En este sentido, Jiménez explicó que “evidentemente hay sistemas sindicales, como el alemán, en que sí tienen un mayor poder en el sentido de que tienen una capacidad de implantación dentro de los intramuros de la empresa de forma y manera que pueden influir con una mayor capacidad y mayor decisión”.
El ponente, no obstante, reconoció que en España la implantación del sindicato dentro de los consejos de administración de las empresas “es nulo por completo” aunque aclaró que estos cuentan con “un desarrollo y una implantación muchísimo más fuertes que en otros países”. “Sindical y patronalmente creo que no estamos nada mal” concluyó.