El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 14 años de inhabilitación dictada en en octubre de 2017 por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) para Gladys Acuña, ex alcaldesa de Yaiza y diputada lanzaroteña en este último mandato por la concesión de la licencia de actividad de la bodega Stratvs, propiedad del empresario Juan Francisco Rosa.
El Alto Tribunal ratifica así que la Junta de Gobierno municipal de Yaiza no debió conceder la licencia a dicha bodega, a pesar, según los condenados, de que el Gobierno local contaba entonces con hasta cinco informes favorables para ello de distintas administraciones.
El Supremo ratifica la acusación contra Acuña por un delito contra la ordenación del territorio y otro delito de prevaricación por no frenar desde el Consistorio sureño las obras.
La ex alcaldesa no ha podido concurrir con Lanzarote Avanza (LAVA) en las pasadas elecciones ni Cabildo de Lanzarote ni con Coalición Canaria (CC) al Parlamento regional por la nueva doctrina del TSJC, que impide a los condenados por un delito contra la Administración pública, como la prevaricación, concurrir a los procesos electorales, aun incluso cuando la condena no es firme.
En la sentencia, dictada este pasado lunes, la Sala de lo Penal del Supremo confirma, además de los 14 años de inhabilitación para Acuña, los 7 años de inhabilitación para el ex alcalde José Francisco Reyes por un delito de prevaricación, y los 7 años de inhabilitación para el exconcejal Leonardo Rodríguez por un delito contra la ordenación del territorio.
Los mismos 7 años de inhabilitación han sido confirmado para los ex concejales Juan Lorenzo Tavío, Evaristo García y José Antonio Rodríguez, por delitos contra la ordenación del territorio los dos primeros y por prevaricación por omisión el tercero.
El Supremo estima sin embargo en parte los recursos de casación interpuestos por el ex secretario del Ayuntamiento de Yaiza Vicente Bartolomé Fuentes, y el técnico Andrés Morales, que han sido absueltos de un delito de prevaricación, aunque el Alto Tribunal mantiene contra ellos la condena por un delito contra la ordenación del territorio y les reduce la inhabilitación de 14 a 7 años.