- La ordenanza municipal también recoge una bonificación del 60 por ciento
para todas aquellas familias numerosas que residan en el municipio
El próximo día 5 de agosto se inicia en Arrecife el periodo del pago
voluntario del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), tal y como ha señalado
el concejal de Hacienda del consistorio capitalino, Pedro Viera.
El anuncio, que será publicado durante estos días en el Boletín Oficial de
la Provincia (BOP), también incluye la cobranza del Impuesto de
Actividades Económicas, el Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza
Rústica y el de Características Especiales. Así, durante los próximos dos
meses y hasta el 5 de octubre, los contribuyentes pueden abonar sus
impuestos, con una bonificación del 5%, por ser en periodo voluntario.
Asimismo, aquellas personas que cumplan con los requisitos establecidos
por la Concejalía de Hacienda podrán hacerlo de forma fraccionada.
En este sentido, el edil Pedro Viera explica que “a efectos de regularizar
la situación de los contribuyentes con respecto a la deuda existente del
IBI y Plusvalía anteriores a 2011, también se propone realizar el pago de
los recibos vencidos, de forma fraccionada, en dos modalidades: en un
plazo de seis meses y en un periodo de tiempo superior”.
Bonificación para las familias numerosas
La ordenanza municipal referente al cobro de los tributos también recoge
una bonificación del 60% para las familias numerosas de Arrecife, las
cuales deben presentar la correspondiente solicitud antes de la
finalización del periodo
de pago voluntario. Los documentos a presentar por los interesados serán
el impreso de solicitud, el título de familia numerosa y la copia del DNI
de los miembros de la unidad familiar mayores de edad.
“Gracias a esta mejora en las condiciones, más de 100 familias de
Arrecife podrán beneficiarse de la bonificación, que sin duda permitirá
aliviar la carga económica que supone para estas familias el pago anual
del impuesto municipal”, afirma el edil.
Finalmente, cabe recordar que la ordenanza municipal establece que el pago
del Impuesto de Bienes Inmuebles, además de efectuarse mediante
domiciliación bancaria, puede hacerse a través de la red de oficinas y
cajeros de la Caja Insular de Ahorros de Canarias, el Banco Santander, la
Banca March y el BBVA, previa presentación del documento cobratorio
facilitado por el Ayuntamiento.