martes. 23.04.2024

El Juzgado de lo Social Número 1 de Arrecife ha fallado a favor de la demanda de un trabajador del Ayuntamiento de Teguise, que requería que se reconociese el fraude de ley en la que ha incurrido su relación laboral con el Consistorio desde que comenzase a trabajar con ellos en el año 2000.

La sentencia reconoce el carácter indefinido de la relación laboral desde este año y condena al Consistorio a pasar por estas declaraciones.

De este modo, el demandante, ayudante de electricista del Ayuntamiento, ha conseguido que le den la razón sobre el fraude de ley que entendía que se estaba produciendo con la ampliación de su relación con el Consistorio por medio de contratos eventuales no justificados.

Esta falta de justificación es la que llevó a la juez, Estella María Marrero Sánchez, a emitir sentencia a favor del demandante. Según el fundamente de derecho incluido en la propia sentencia “el contrato de trabajo temporal por razones de eventualidad puede celebrarse cuando las circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos así lo exigieren, aún tratándose de la actividad normal de la empresa”, una circunstancia que no se cumplía en este caso, por lo que el Ayuntamiento ha sido condenado a reconocer la antigüedad desde el año 2000.

Sentencia a favor del demandante

A criterio de la magistrado, “en el caso de los nueve contratos de trabajo temporales celebrados a partir del 6 de noviembre de 2000 entre el Ayuntamiento de Teguise y el actor, ninguno de ellos cumple con las exigencias mínimas de validez la contratación temporal eventual al no identificar con la concreción la causa de la eventualidad ni la realidad del aumento de trabajo en el departamento de administración, ni la obra o el servicio a realizar”.

Y es que este trabajador comenzó a realizar tareas para el Ayuntamiento el 6 de noviembre de 2000 por medio de un contrato de obra y servicio que finalizó en marzo de 2001, renovando al mes siguiente esta relación laboral en abril de 2001 con un contrato temporal eventual hasta octubre de 2001, para después firmar en noviembre de este mismo año otro contrato temporal eventual, y así, hasta ir enlazando un contrato con otro durante cinco años. El 17 de noviembre de 2005, el Ayuntamiento de Teguise, “entendiendo que pudiera existir fraude en la contratación, convirtió a la actora en trabajadora indefinida” y le reconoció la antigüedad desde el último contrato celebrado.

Entendiendo el demandante que esta antigüedad se remontaba al primer contrato del año 2000, ante la evidencia de la regularidad de su labor para el Ayuntamiento y la injustificación de la temporalidad de los contratos, decidió presentar una demanda que se ha resuelto a su favor el 31 de julio de 2007.

El Ayuntamiento de Teguise, condenado por mantener cinco años a un trabajador con...
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