sábado. 10.05.2025

El Partido Nacionalista Canario (PNC) en Lanzarote propone una disminución del 50% del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). El PNC fundamenta su propuesta en que, como regla general, el valor catastral no puede superar el 50% del valor de mercado. Sin embargo, en la actualidad, en la mayoría de los casos, el valor catastral supera no solo no es la mitad el valor de mercado, sino que alcanza el doble del valor de mercado.

El PNC pone en un comunicado como ejemplo una vivienda en Argana, de unos 100 m2 de superficie:

El valor catastral actual, que es erróneo, alcanza los 163.411,80 €

El valor de mercado es de 90.000 €

El valor catastral real debería ser de unos 45.000 €

"Se puede comprobar con este ejemplo, que el IBI no solamente se debería reducir a la mitad, sino a la cuarta parte", alega Spínola.

El problema que tienen los propietarios de bienes inmuebles en Arrecife, para el PNC, es que "la Ponencia de Valores que fijó los valores catastrales no cumple la regla general de que el valor catastral no puede superar el 50% del valor de mercado. La Ponencia, en definitiva, tienes visos fundados de ser ilegal".

Este valor catastral "erróneo y excesivo en Arrecife, no solamente afecta a la hora de pagar el IBI, sino que también perjudica al hacer la declaración de la renta o solicitar una subvención para la beca de un hijo", agrega Spínola.

El PNC denuncia que se ha llegado, incluso, de denegar ayudas al transporte a vecinos de Argana que tienen a sus hijos estudiando en la Universidad de La Laguna, alegando que esos vecinos tienen un patrimonio muy elevado... ¡por poseer una vivienda en Argana!

El PNC fundamenta su propuesta en un análisis de la evolución del IBI en Arrecife.

Evolución de los ingresos por IBI en los presupuestos municipales:

- En 2007, el presupuesto municipal incluía 9,8 millones € de ingresos por el IBI.

- En 2011, la previsión de ingresos por el IBI alcanza los 14 millones €.

A modo de anécdota, en 2007 los gastos de personal en el Ayuntamiento ascendieron a 16,3 millones €, para subir en 2011 a 20 millones de euros. Es decir, "mientras se presionaba fiscalmente a los vecinos, el Ayuntamiento incrementaba los gastos improductivos".

Normativa sobre el IBI en Arrecife, en 2003, y su modificación en 2008:

La ordenanza fiscal del IBI del Ayuntamiento de Arrecife data de 2003. Se fijó el tipo de gravamen será el 0,97% cuando se trate de bienes de naturaleza urbana y el 0,3% cuando se trate de bienes de naturaleza rústica.

En 2008 se publicó una modificación de la ordenanza fiscal reguladora del IBI, rebajándose el tipo de gravamen al 0,85% cuando se trate de bienes urbanos y el 0,3% cuando se trate de bienes rústicos.

Esta modificación de la ordenanza se produjo por acuerdo plenario de diciembre de 2008, después de las múltiples quejas por el ‘catastrazo’, entre otras entidades y particulares, por la Cámara de Comercio de Lanzarote.

Como puede apreciarse, a pesar de haber disminuido el tipo de gravamen, del 0,97 al 0,85%, lo cierto es que el Ayuntamiento siempre ha previsto la recaudación de entre 12,5 y 14,5 millones € por el IBI, después de haber modificado la ordenanza fiscal. Estas cifras están bastante alejadas de los 9,8 millones del presupuesto de 2007, antes de la nueva Ponencia de Valores.

El “disparate” de la ponencia de valores de 2008:

La anterior ponencia de valores del municipio de Arrecife era de 1999. La efectuada en el año 2008 multiplicó ¡por 4! el valor catastral de los bienes de naturaleza urbana de la capital de la Isla.

Como se puede comprobar de los datos de la Dirección General del Catastro (Centro de Datos Cabildo de Lanzarote), el valor catastral del suelo de naturaleza urbana pasa de los 515,3 millones de euros a los 2.466 millones de euros (¡se multiplicó casi por 5!).

"Y el valor catastral total (suelo más construcción) pasa de los 1.028 millones de euros a los 4.109 millones de euros", añade el PNC.

Para resolver este grave problema, el PNC propone que se realice una nueva Ponencia de Valores menos extorsionante y más ajustada a la realidad, que cumpla con la Ley que la regula.

Al margen de que el Ayuntamiento pueda instar a una nueva Ponencia de Valores, lo cierto es que la Corporación municipal tiene en su mano modular lo que recauda en concepto de IBI de los contribuyentes.

Así lo establece la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo). En su artículo 72, se establece que el tipo de gravamen mínimo será del 0,4% -recordemos que Arrecife tiene un 0,85%- para los bienes inmuebles urbanos y el límite máximo del 1,10%.

Para el PNC, en el caso que nos ocupa, el Ayuntamiento de Arrecife tendría un amplio margen en su mano, con sus propias competencias, para ajustar lo que recauda por IBI reduciendo el tipo impositivo que aplica, si hubiese voluntad política, que no la hay.

El PNC propone una disminución del 50% del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
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