martes. 06.05.2025

El jurado popular que ha participado en la vista abierta contra Abdelaziz M., ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial, en Las Palmas de Gran Canaria, ha considerado este martes al acusado culpable de los delitos de asesinato, lesiones e incendio, según veredicto tomado por unanimidad.

Según explica el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), el jurado le considera autor del asesinato de una mujer y de las lesiones que provocó a dos hombres tras rociar con gasolina la vivienda que compartía con ellos y otras tres personas en Arrecife después de mantener una discusión.

El procesado ha sido juzgado la semana pasada en Arrecife y en un Tribunal Jurado de la Audiencia de Las Palmas, que le ha atribuido la culpabilidad de estos hechos ocurridos a primeras horas del pasado 6 de enero de 2017, en una casa que era propiedad del Banco de Santander.

El Ministerio Fiscal mantiene la petición de una condena de 25 años de cárcel, por los delitos de asesinato, lesiones e incendio. La defensa reclama la pena mínima que contempla el tipo penal.

Tal y como indica la Fiscalía en su escrito de acusación, el acusado "conocía que en su interior se hallaban esas seis personas y pese a ello se dirigió a la planta baja de la vivienda y vació la garrafa de gasolina y desde el exterior le prendió fuego con un mechero".

La mujer, Dolores Pérez Corujo, murió cuatro meses después, en la Unidad de Quemados de Sevilla, como consecuencia de las quemaduras que sufrió en el 51 por ciento de su cuerpo.

Tanto la mujer como los otros dos heridos se encontraban en la parte baja de la casa cuando comenzó el fuego, señala el escrito de acusación de la Fiscalía.

De uno de los heridos, Osel Amón D.P., se desconoce el alcance de las lesiones y del otro, Juan Antonio G.M., se sabe que tardó 100 días en estabilizarse y que sufre limitación en la extensión de ambos codos y trastorno neurótico derivado del estrés postraumático de intensidad grave que sufre.

El Ministerio Fiscal solicitaba que el acusado cumpla la pena íntegra de prisión que reclama y que indemnice a los ocho hijos de la fallecida con 354.000 euros, así como con 115.398 a José Antonio G.M., por las lesiones y las secuelas que le provocó, mientras que la parte que corresponde al otro herido se fijará en sentencia tras la valoración de los médicos forenses.

El condenado culpó a otro hombre de los hechos

El condenado, por su parte, culpó el pasado lunes de esos hechos ante la Audiencia de Las Palmas a una tercera persona. Abdelaziz M. ha afirmado que fue un joven que también vivía de ocupa en la vivienda quien prendió fuego sobre las 06.00 horas del 7 de enero a la casa por orden de Hassan E., quien previamente había rociado gasolina en su interior y alrededor, y no él como sostiene el Ministerio Fiscal.

Dijo que el joven, Mohamed C., que estaba citado a declarar como testigo el martes pasado, prendió la gasolina con un mechero y que Hassan E., que nunca fue investigado por estos hechos, había amenazado con quemar la vivienda momentos antes y delante de más gente en un bar porque se había enfadado con él.

Según la versión que el procesado ha expuesto al Jurado, Hassan E., le propuso que llevara de vuelta a Marruecos una patera y él se negó porque tenía problemas en su país, pues había grabado un vídeo con insultos al rey y a empresarios, que fue lo que le obligó a emigrar en una embarcación ilegal hace tres años a Canarias, donde asegura haber solicitado asilo político.

El condenado además indicó que el mechero con el que se prendió la gasolina lo tiró al suelo Mohamed C. y no él, como sostiene un agente que se encontraba en el lugar de los hechos, después de que una testigo llamara a la Policía por el altercado que con anterioridad al incendio se produjo en la casa.

Su abogado ha señalado al tribunal que el mechero no tiene restos de ADN de su defendido, conforme al estudio que solicitó a la Policía Científica y que se ha admitido incluso como prueba.

El letrado, Juan José Roldán, ha recalcado que su defendido carece de antecedentes penales y que el testigo al que apunta Abdelaziz M. ha estado acusado por estos hechos durante dos años, en los que le asistía el derecho a mentir. Por ello, ha remarcado, ha contado hasta ahora distintas versiones sobre lo ocurrido.

Roldán ha subrayado al tribunal que "no hay una prueba directa" contra su defendido y que Hassan E., que se dedica a la trata de inmigrantes, no ha sido localizado y no figura en la base de datos policial.

El abogado también ha comentado que se podía haber avisado antes a los bomberos, pero se llamó primero a la Policía, lo que demoró las tareas para apagar el incendio de la vivienda.

La fiscal María Pérez ha manifestado al Tribunal del Jurado que lleva dos años investigando la causa y que está convencida de que el ahora condenado es el autor de los hechos.

El jurado ve culpable al acusado de quemar a una mujer en Arrecife
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