sábado. 21.06.2025
Da el visto bueno a la cesión a los acreedores de los derechos de crédito que ostenta el Consorcio sobre el Canal de Isabel II para saldar la deuda, que se ve rebajada en casi 10 millones de euros

El juez de lo Mercantil valida el acuerdo alcanzado con los acreedores de Inalsa el pasado 12 de julio

Por otro lado, destaca la sentencia que la Junta de Acreedores de julio vino a ser una concreción de la celebrada el 27 de mayo “contraviniendo la opinión y el informe extemporáneo de la ex interventora del Consorcio”

Dos meses después de que se celebrara la última Junta de Acreedores de Inalsa donde el presidente del Consorcio del Agua hizo entrega al juez de lo Mercantil copia del extemporáneo informe de la ya ex interventora del ente local, así como del emitido por el interventor del Ayuntamiento de Tías, que cuestionaban la legalidad del acuerdo alcanzado con los acreedores; y el que fue encargado a un profesional externo a petición de los alcaldes que conforman la Asamblea del Consorcio, y que contradecía los anteriores, el juez ha emitido sentencia resolviendo la validez del convenio alcanzado con los principales deudores de Inalsa y al que fue mandatado el presidente, Pedro San Ginés, por parte de la Asamblea del Consorcio en la sesión celebrada el 31 de mayo de 2012, según ha informado este martes el Cabildo insular en nota de prensa.

De esta forma, la sentencia emitida el día 13 de septiembre y comunicada en el día de hoy a las partes, “pone fin a la controversia suscitada por el informe de la ya ex interventora del Consorcio, quien de forma completamente ex temporánea llegó a cuestionar la legalidad de los acuerdos a pesar de haberlos validado con anterioridad”, alegando la ilegalidad que suponía la cesión a los acreedores de los derechos de crédito que ostenta el Consorcio sobre el Canal de Isabel II, adjudicataria de la gestión del servicio de abastecimiento y saneamiento en Lanzarote y La Graciosa.

De hecho, cabe destacar, que en sus argumentos el juez considera que el “convenio presentado cumple con el contenido legalmente exigido, tal y como se expuso en la primera Junta de Acreedores celebrada el 27 de mayo y en la finalmente celebrada el 12 de julio”, por lo que “el convenio se entiende complementado y aclarado”.

En definitiva, “el juez ha venido a decir que la segunda Junta celebrada fue una concreción de la primera, dando la razón o refrendando la decisión de la Asamblea del Consorcio que perseguió en todo momento lograr una importante quita respecto a la deuda existente, y ahorrar una importante cuantía”.

Términos del acuerdo

Según recoge la sentencia, la efectividad del acuerdo viene marcada a partir de la fecha en que se dictaminó la misma, es decir el 13 de septiembre. Cabe resaltar, igualmente, que esta resolución judicial ha sido emitida después de finalizar el plazo marcado por la Ley Concursal para la presentación de oposición, sin que se haya registrado alguna.

El Convenio de Acreedores presentado por el Consorcio por mandato de su Asamblea fue votada a favor por el cien por cien de los presentes en la Junta de Acreedores celebrada el 12 de julio. El acuerdo supone para el Consorcio del Agua un ahorro del 21,72% de la deuda, es decir, una quita que asciende a casi 10 millones de euros.

Nueva interventora

Por otro lado, y una vez que la antigua interventora cesó como tal en el Consorcio del Agua de Lanzarote mediante resolución de la Dirección Pública el día 5 de julio y a petición suya, se ha procedido a nombrar como nueva interventora en régimen de acumulación a Martina Manteiga quien tomó posesión de su nueva responsabilidad el día 23 de agosto.

--

El juez de lo Mercantil valida el acuerdo alcanzado con los acreedores de Inalsa el...
Comentarios