La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas (APLP) ha confirmado en un reciente auto que devuelve la causa por la incautación de la desaladora de Montaña Roja al Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife, después de que la magistrada de este Juzgado, ya en la segunda sesión del juicio oral iniciado, decidiera el pasado 17 de noviembre inhibirse del caso ante las advertencias del letrado José María Calero, abogado del ex presidente del Cabildo Pedro San Ginés, acusado por presuntos delitos de prevaricación, igual que el ex secretario del Cabildo, Francisco Perdomo, y el ex gerente del Consorcio insular de Aguas, Juan José Duchemín.
Tras retrotraer la causa al momento en el que se decretó a la apertura del juicio oral y trasladar el caso a la Audiencia Provincial, ahora ésta ha corregido, entre otros, a la titular del Juzgado Número 3, a la que le recuerda que las penas máximas del Código Penal aplicable al momento en el que Club Lanzarote -empresa que explota la desaladora de Montaña Roja y que se retiró de la causa- interpuso la denuncia contra San Ginés, oscilan entre un máximo de 7 a 10 años si se decreta inhabilitación especial para los acusados.
Comoquiera que la pena solicitada por la acusación particular, en este caso representada por los ex consejeros de Podemos en el Cabildo, superaba los 10 años de inhabilitación, la titular del Juzgado Número 3 de lo Penal de Arrecife decidió, en lugar de corregir los escritos de acusación de la fiscal y de la propia acusación particular, trasladar el expediente a la APLP, que ahora devuelve nuevamente la causa al Juzgado del que emanaron las diligencias que se han instruido hasta ahora.