jueves. 22.05.2025

Nueva Canarias (NC) ha secundado este lunes en nota de prensa la determinación de la ex alcaldesa de Yaiza Gladys Acuña de defender su inocencia en el caso Stratus en el Tribunal Supremo (TS) amparada en el “categórico y contundente” voto particular del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), Antonio Doreste. Para los nacionalistas de izquierdas es “muy significativo” que el magistrado Doreste solicitara la absolución de Gladys Acuña y el resto de los implicados expresando “mi discrepancia de la conclusión de mis compañeras es aquí del más alto grado, pues sostengo que no sólo no hay prevaricación, sino que lo que hubiera sido indiciariamente prevaricador hubiera sido lo contario: denegar la licencia, es decir, que la alcaldesa y los concejales hubiera hecho lo que la sentencia parece sugerir (porque es la única alternativa a su razonamiento condenatorio): resolver en contra de los informes”.

NC apoya la honorabilidad de la ex alcaldesa de Unidos por Yaiza y diputada electa por Lanzarote integrada en el Parlamento en el grupo de los nacionalistas de izquierdas.

Tras anunciar este lunes Gladys Acuña su renuncia al cargo de alcaldesa y a su acta de concejal de Yaiza “en cumplimiento” de la Loreg y recalcar que la sentencia del TSJC, dada a conocer el pasado viernes, “no es firme”, NC ha mostrado “todo su apoyo y respeto” a la decisión de Acuña de continuar como diputada en el grupo de NC en el Parlamento canario y de “defender su inocencia” en el Supremo en base al “contundente y categórico” voto particular de Doreste, muestra de la “importante controversia” de los tres magistrados de la sala de Lo Penal.

NC se alinea, en todos sus extremos, con los extensos razonamientos del voto particular que pide la absolución de Acuña y del resto de los implicados ante la existencia de cinco informes técnicos favorables a la concesión de la licencia municipal de actividad de la bodega Stratus.

Se trata del informe del secretario de Ayuntamiento, como jurista especializado en Derecho Administrativo Local y responsable de informar de la legalidad la licencia solicitada. Del informe del técnico municipal (ingeniero responsable de la valoración del ajuste del proyecto a lo contemplado en el Reglamento de Actividades clasificadas), del correspondiente al Consejo insular de Aguas, al del área de salud favorable a la inscripción en el Registro General Sanitario y al del Cabildo insular de Lanzarote, que se refiere a la compatibilidad del proyecto con la ordenación territorial de la isla.

Este último informe, emitido por el técnico ingeniero responsable, es favorable, según señala NC, indicando que “consta autorización para la bodega en la resolución de la dirección general de Urbanismo del Gobierno de Canarias”, concedida en 1999.

La autorización que concedió el consejo de gobierno municipal hace más de una década, del que formaba parte la exalcaldesa, agrega Nueva Canarias, se refería a una licencia de actividad para la bodega Stratus.

Lo más indicativo del voto particular del magistrado del TSJC que rechaza la sentencia, en opinión de la dirección nacional de Nueva Canarias, es cuando detalla que “mi discrepancia de la conclusión de mis compañeras es aquí del más alto grado, pues sostengo que no sólo no hay prevaricación, sino que lo que hubiera sido indiciariamente prevaricador hubiera sido lo contario: denegar la Licencia, es decir, que la alcaldesa y los Concejales hubiera hecho lo que la sentencia parece sugerir (porque es la única alternativa a su razonamiento condenatorio): resolver en contra de los informes”

Se pronuncia la sala, tal y como precisa NC, sobre la legalidad de un acto administrativo pero “no hay acusación de la existencia de provecho” de Gladys Acuña y tampoco de terceros.

Nueva Canarias, por tanto, respeta todas las decisiones que tome Gladys Acuña para defender su actuación en este expediente municipal y frente a la sentencia y apoya su continuidad como diputada electa por Lanzarote en las listas de Nueva Canarias, como así lo ha decidido, ya que la citada sentencia no le inhabilita para el desempeño de la actividad parlamentaria.

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