sábado. 03.05.2025

Vista parcial de la montaña de Tindaya.

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha decidido archivar de manera definitiva el llamado caso Tindaya, tras desestimar el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Ecologista Ben Magec contra un auto del juzgado de instrucción número 4 de Las Palmas de Gran Canaria de 2 de abril de 2004, que a su vez archivaba la querella interpuesta por el Gobierno de Canarias.

AGENCIAS

Los ecologistas, que recurrieron el auto que archivaba provisionalmente una querella criminal del Ejecutivo autonómico de Canarias contra varias empresas privadas, estiman que los hechos son constitutivos de un delito de malversación de fondos públicos, considerando, según reza la resolución de la Audiencia, "que un dinero que estaba destinado a una finalidad aprobada por el Gobierno de Canarias y estipulado en contrato, se sustrae para pagar a un tercero un negocio privado anterior".

Ben Magec entiende que 1.960 millones de pesetas fueron estipulados para pago de gastos de estudio e implantación en virtud de contrato suscrito entre las empresas PMMT SA y FCC-NECSO, y que dicho pago se efectuó por PMMT SA NECSO aún a pesar de que tales trabajos no se hubiesen realizado por ésta. El "verdadero destino" de 1.650 millones de pesetas era el pago a Canteras Cabo Verde SA, por un contrato suscrito con FCC-NECSO. La organización recurrente, los ecologistas, considera que un dinero que estaba destinado a una finalidad aprobada por el gobierno de Canarias y estipulada en contrato, se sustrae para pagar a un tercero un negocio privado anterior.

Sin embargo, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de las Palmas no observa delito de malversación de caudales públicos, ateniéndose al artículo 432 del Código Penal. Y apunta: “El hecho de que el Gobierno autónomo participe económicamente en una determinada empresa mercantil no implica que esa empresa sea pública, y que los cargos de gestión y administración de la misma tengan tal condición”, añadiendo igualmente que el capital objeto del referido contrato, aunque estaba avalado por la comunidad autónoma, no era un capital público, sino privado.

El auto judicial señala que los 1.960 millones de pesetas objeto del contrato no son entregados por el gobierno de Canarias, sino que éste avaló hasta un máximo de 3.000 millones de pesetas un crédito otorgado por entidades bancarias a PMMT SA.

Tampoco hubo estafa

La Sala, que desecha también los delitos de administración desleal y apropiación indebida, se refiere también en este sentido a la estafa, subrayando que este tipo penal exige la existencia de un engaño. Así, si en el contrato de 24 de febrero de 1999 entre la pública Proyecto Monumental de Tindaya SA y Nexo Entrecanales y Cubiertas SA, Jaime Rodríguez Cíe, entonces secretario general de la consejería de Turismo, representaba a la administración pública, el Ejecutivo regional “era perfecto conocedor del contenido de dicho contrato y de su clausulado, por lo que no cabe predicar que se ocultara al mismo, en un acto de maquinación fraudulenta, cláusula alguna que persiguiera que la Administración realizara un acto de disposición patrimonial”.

Por todo lo anterior, la Audiencia ha decidido desestimar el recurso de apelación alzado por Ben Magec y le condena al pago de las costas procesales.

El Proyecto Monumental de la Montaña de Tindaya, en el municipio de La Antigua, en el norte de Fuerteventura, sigue adelante y consiste en la creación de un espacio artístico en el interior de la montaña majorera, obra ideada por el escultor vasco ya fallecido, Eduardo Chillida.

La Justicia archiva el 'caso Tindaya' de manera definitiva
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