viernes. 29.03.2024

España, paraíso okupa

En la última década, en España se han disparado notablemente la criminalidad y la inmigración ilegal, según datos del Ministerio del Interior y fuentes policiales. Todo ello ha influido para que bandas criminales se organicen y lleven a cabo las “okupaciones”, concretamente a una media de 40 propiedades asaltadas al día, la gran mayoría en Madrid y Barcelona. Lanzarote no escapa a esta triste realidad e incluso la isla fue protagonista del programa de la Cadena CUATRO TV “En el punto de mira” emitido hace tres años. La situación ha empeorado, e irá a peor debido a la crisis pandémica que se vive.

El impacto negativo de una ocupación ilegal supone entre 3.500 y 30.000 euros por vivienda y una pérdida de valor de los inmuebles de entre el 40% y el 60%. Los “okupas” pueden presentar fácilmente cualquier tipo de título o contrato falso facilitado por las mafias para justificar la posesión del inmueble, lo que retrasa el desalojo y dilata los procedimientos. Tampoco cortar la electricidad o el suministro de agua es buena idea, ya que los “okupas” podrían denunciar por delito de coacciones con fuerza en las cosas, y dejar de pagar supondría ser parte de un listado de morosos y no poder pedir un crédito para comprar un colchón o un televisor.

En España la “okupación” es un delito leve, lo que evita que la multa pueda aumentar por reincidencia. Solo en caso de ocupación violenta o intimidatoria, el Código Penal castiga a los delincuentes con penas de prisión de entre 1 y 2 años. Sin antecedentes, verían la cárcel desde el exterior.

En Francia, la policía puede desalojar, sin orden judicial, durante las primeras 48 horas. En Alemania, las casas son desalojadas 24 horas después de conocerse y denunciar la ocupación. En Holanda, basta con denunciar a la policía, que, una vez verificado el título de propiedad, puede personarse de inmediato con una autorización judicial para desalojar a los okupas. En Inglaterra, por un lado, se puede denunciar ante la policía, que arrestará a los okupas, o incluso tienen hasta 28 días para presentar un documento de “posesión interina” cuya confirmación les llegará y tendrán que abandonar la vivienda en 24 horas, o, en caso contrario, serán enviados directamente a prisión. En Italia, tras la denuncia policial, se celebra un juicio rápido y los agentes proceden al desalojo. Además, deben pagar los daños ocasionados en la vivienda e incluso pueden ir a la cárcel. Por último, en Dinamarca y Suecia, también basta con denunciar ante la policía para el desalojo inmediato.

El porcentaje de vivienda social en España es de un triste 2,5%. Las viviendas sociales en Austria, suponen el 24% del total; casi un 29% en Dinamarca; un 13% en Finlandia; el 17% en Francia; el 17,6% en el Reino Unido y el 30% en los Países Bajos. La media europea es de un 11% y es una cifra de la que estamos muy alejados. Esta dejación del Gobierno es más que evidente, y da la impresión de que a nuestros actuales gobernantes les resulte cómodo permitir que se vulnere la propiedad privada ya que no piensan crear vivienda social para los más desfavorecidos. Acompaña a esta anárquica solución del problema habitacional un claro electoralismo.

En España, la policía debería poder actuar en cuanto un propietario denuncie y demuestre que la casa es suya. Por otro lado, estaría el endurecimiento de las penas.

VOX en su declaración programática “100 MEDIDAS PARA LA ESPAÑA VIVA”, concretamente la número 86, dice:

“Promulgar leyes antiocupación y antiusura. Los españoles podrán hacer uso de la fuerza proporcional para defender su hogar, para ello se ampliará el concepto de legítima defensa.

Tipificar la ocupación de viviendas como delito contra la propiedad privada. Reforma legislativa para que los ocupas sean expulsados en cuestión de horas de las viviendas donde han entrado. La participación en estas conductas ilegales les excluirá de las ayudas sociales”.

Con fecha 16 de julio de 2020, el Grupo Parlamentario VOX, presentó ante la Mesa del Congreso de los Diputados, una “Proposición de Ley relativa a la modificación del Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a fin de introducir los delitos de usurpación de inmuebles dentro de los recogidos en el artículo 795 y para modificar el artículo 553 en relación con ésos mismos delitos”.

Con esa misma fecha, el Grupo Parlamentario VOX, presentó ante la Mesa del Congreso de los Diputados, una “Proposición de Ley Orgánica relativa a la modificación de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para modificar el artículo 245 a fin de agravar las penas a los delitos de usurpación de inmuebles, ofrecer mejores herramientas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y ampliar la protección de los legítimos titulares de derechos reales”.

Pues bien, a pesar de todo esto y de la preocupación que genera en nuestra sociedad, en el pasado Pleno del Congreso de fecha 1 de octubre, se rechazó una Proposición no de Ley pactada por CIUDADANOS, PARTIDO POPULAR y VOX, que instaba al Gobierno “a diseñar legislativamente los mecanismos necesarios para que puedan resolverse casos de okupación a través de un proceso sumario que garantice a los legítimos propietarios la recuperación de su vivienda en un plazo inferior a 24 horas. En este sentido, planteaban varias reformas legislativas y se solicitaba asegurar la protección social, económica y jurídica de las familias en situaciones de vulnerabilidad, en particular, habitacional”.

Votaron en contra de esta Proposición no de Ley, PSOE, UNIDAS PODEMOS, ERC y BILDU. Se abstuvieron JUNTS PER CATALUNYA y PNV.

Que cada uno extraiga sus propias conclusiones.

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