La Guardia Civil de Gran Canaria, a requerimiento de la Capitanía Marítima del Puerto de Las Palmas, realizó el pasado día 20 de agosto las pruebas preceptivas de alcoholemia a un capitán de un buque portacontenedores que presentaba dificultades de manejo en la maniobra de atraque, poniendo en grave riesgo para la tripulación y el resto del tráfico marítimo.
Los hechos, según desvela este martes el Instituto Armado en nota de prensa, se produjeron al percibir en el conocido puerto grancanario la presencia de un buque portacontenedores de bandera de Portugal que se encontraba realizando maniobras de atraque bastante inusuales. Observaron que el capitán del transporte, de origen ucraniano, presentaba signos evidentes de encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
La Guardia Civil destaca en su nota la complejidad de la maniobra de atraque de un barco de esas dimensiones, que implica un riego alto para el buque y para el resto del tráfico marítimo, más aún cuando el capitán se encuentra en estado de ebriedad.
Por este motivo, el máximo responsable de la Capitanía Marítima en base al principio de colaboración institucional solicitó a la Guardia Civil de la Sección Fiscal y Fronteras del Puerto de la Luz esta circunstancia, la cual a su vez puso los hechos en conocimiento del Subsector de Tráfico de Las Palmas, al objeto de solicitarles apoyo y que dispusieran de los medios necesarios para proceder a realizar una prueba de detección de alcohol al capitán del buque, dando la misma un resultado positivo de 1,13 mg/l en aire espirado.
Como consecuencia de este resultado, se trasladaron los resultados a la autoridad requirente, quien decidió adoptar las medidas cautelares de inmovilizar el buque, velando así por la seguridad de las instalaciones portuarias como la del propio buque y su tripulación.
Por estos hechos, el capitán del buque se enfrenta a una infracción administrativa por el incumplimiento de sus obligaciones, al superar la tasa de 0,25 mg/l de alcohol en aliento, artículo 86.3 del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, por el que se regulan los títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante, en el que detalla los límites de alcohol. La superación de este límite determinará que el miembro de la dotación se encuentra en estado de ebriedad a los efectos de la aplicación del régimen sancionador, que en este caso supuso una sanción de 75.000 euros, en virtud al artículo 308.2e del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.