Los vecinos extranjeros no comunitarios, con residencia permanente o de larga duración, gozan, desde el pasado 1 de abril, de las subvenciones al transporte aéreo y marítimo como cualquier ciudadano español o de los estados miembros de la Unión Europea. Considerando las ayudas del Estado y de la Comunidad Autónoma, los residentes en Canarias tienen un descuento del 50 por ciento en billetes de avión y barco.
Para acceder al descuento de residente en viajes a la Península o entre islas, los vecinos de los llamados terceros países deben acreditar la tarjeta de residencia de larga duración y su condición de residente en Canarias mediante el certificado de empadronamiento en vigor emitido por el Ayuntamiento.
La Disposición Adicional Décimo Tercera de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 (BOE del 28 de diciembre), señala en su apartado número uno que con vigencia indefinida tendrán derecho a obtener bonificaciones en las tarifas de los servicios regulares de transporte marítimo y aéreo de pasajeros, los ciudadanos españoles, así como los de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de Suiza, sus familiares nacionales de terceros países beneficiarios del derecho de residencia o del derecho de residencia permanente y los ciudadanos nacionales de terceros países residentes de larga duración, que acrediten su condición de residente en las Comunidades Autónomas de Canarias e Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Las bonificaciones son efectivas para los billetes emitidos a partir del 1 de abril de 2013.