jueves. 18.04.2024

El Cabildo insular de Lanzarote manifestó este jueves su satisfacción ante la sentencia de un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, de fecha 3 de julio de 2007, que anula la concesión por el ex alcalde de Teguise, Juan Pedro Hernández, de una licencia urbanística para la construcción de 59 apartamentos turísticos en la parcela 318-22 de Costa Teguise, lugar en el que hoy está instalado el complejo turístico “Lanzarote Paradise”.

El citado Juzgado vuelve a dar la razón a las tesis alegadas por la defensa del Cabildo, que había recurrido el acto municipal al entender que incumplía las formalidades legales para la concesión de las licencias (como la ausencia de informes preceptivos), así como las determinaciones urbanísticas de aplicación (entre otras, el estándar de 35 metros cuadrados por plaza turística establecido en el Plan Insular de Ordenación del Territorio, PIOT) y la suspensión cautelar de licencias acordada por el Cabildo en mayo de 1998.

Fundándose en la que ya empieza a ser consolidada jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), la sentencia establece que el expediente de concesión de la licencia carece de informe jurídico municipal. Además omite el informe previo, preceptivo y vinculante del Cabildo, reconociendo que era necesario e indispensable el pronunciamiento de la entidad insular respecto a la aplicación del PIOT, ya que Teguise carece de planeamiento general y el Plan Parcial de Costa Teguise no está adaptado al planeamiento insular.

Sobre la extemporaneidad del recurso, defendida por el Ayuntamiento demandado y el promotor codemandado, el Juzgado considera, una vez más y en consonancia con otros pronunciamientos del TSJC, que el Cabildo actuó dentro del plazo establecido legalmente. No fue hasta el 28 de febrero de 2005 cuando se notificó la licencia de forma fehaciente al Cabildo, por lo que el plazo para que éste pudiera impugnar debía contar a partir de esa fecha. La sentencia dice tajantemente que si con anterioridad a la referida fecha funcionarios del Cabildo pudieran haber tenido noticia de la licencia ahora declara nula, ello no constituiría notificación en el sentido exigido por la Ley para posibilitar la interposición del recurso. El conocimiento suficiente de la licencia exige la notificación de la misma para poder ser recurrida.

285 apartamentos

De los ocho pleitos interpuestos por el Cabildo para hacer valer la legalidad territorial y urbanística en pro de la contención del crecimiento turístico, esta nueva sentencia es la tercera que dictan los Tribunales a favor de la primera Corporación por licencias concedidas en Costa Teguise. Con ella son ya 285 apartamentos turísticos los que los Tribunales de Justicia han anulado en dicha zona, ascendiendo aproximadamente a un millar las camas afectadas.

Las demandas presentadas por el Cabildo han posibilitado la “congelación” de 2.852 plazas turísticas correspondientes a distintas parcelas de Costa Teguise, lo que ha impedido un mayor aumento de la sobreoferta turística, que constituye uno de los factores que incide negativamente sobre el sector económico clave de la isla.

De los cinco recursos restantes, uno está en trámite y cuatro están vistos para sentencia, por lo que la primera Corporación espera que en los próximos meses se produzcan nuevas resoluciones judiciales favorables.

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