viernes. 19.04.2024

Las conclusiones del informe técnico de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC), que rechaza la exoneración del Plan Territorial Especial de Ordenación Turística de Lanzarote (PTE) del trámite de evaluación ambiental previsto en la Ley, de 28 de abril de 2006, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas, son contundentes. “Sus determinaciones tienen efectos significativos sobre el medio ambiente... ( )”, dice una de las conclusiones del informe.

Tres razones

En primer lugar la COTMAC devuelve al Cabildo la solicitud por no poder evacuar el informe relativo a la exoneración al no haber aportado toda la documentación. La Comisión se refiere a convenios como el de Algol, el de Montaña Roja y otros que supongan eliminación de camas y la mejora de calidades turísticas. Asimismo la COTMAC echa en falta, entre otros textos, el documento que está realizando la Consejería de Turismo del Gobierno de Canarias que recoge la oferta de ocio complementaria relativa a Lanzarote.

La segunda conclusión de la Comisión está referida a que el primer acto preparatorio del PTE se produce con un acuerdo plenario el 29 de abril de 2005 “relativo a su formulación”, por tanto, posterior al 21 de julio de 2004, no es posible la aplicación al caso del supuesto excepcional contemplado en el partado dos del Decreto 55/2006, de 9 de mayo, relativo a la exoneración en base a su inviabilidad.

La tercera y última conclusión señala que con la documentación aportada no es posible exonerar el PTE del trámite de evaluación ambiental al considerar, como ya avanzamos en el primer párrafo, que sus determinaciones tienen efectos significativos sobre el medio ambiente.

Ampliación en la edición impresa del sábado

La COTMAC considera que el PTE tiene efectos “significativos” sobre el medio ambiente y...
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