El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado este martes definitivamente el recurso de amparo interpuesto por la diputada Gladys Acuña, diputada y líder de la plataforma Lanzarote Avanza Ya (LAVA), contra la resolución de la Junta Electoral de retirarla de las elecciones del próximo 26 de mayo, por tener en su contra en la actualidad una sentencia no firme que la inhabilita para cargo público municipal por la causa judicial que afecta a la bodega Stratvs.
Según establece la Sala Primera del Tribunal Constitucional en su sentencia, a la que ha tenido lugar este diario, Acuña no pidió a la Fiscalía, único órgano capacitado para pedir al Constitucional en recurso de súplica que aclarase la razón por la que no se admitía a trámite el recurso de amparo de la diputada y líder de Lanzarote Avanza.
"No hay lugar a aclarar la providencia del pasado 9 de mayo de 2019m por lo que se inadmite el presente recurso de amparo por no concurrir los presupuestos legales para su válida interposición y toda vez que, contra la providencia de inadmisión de los recursos de amparo solo cabe interponer recurso de súplica por el Ministerio Fiscal, quien ha dejado transcurrir el plazo sin efectuarlo, por lo que procede declarar firme la anterior providencias de inadmisión y decretar el archivo del presente recurso de amparo"., sostiene la Sala, ratificado ya por el Juzgado número 1 de lo Contencioso-administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, instancia en la que Acuña interpuso otros dos recursos, manteniéndose pues la tesis de la Junta Electoral.
La ex alcaldesa de Yaiza queda así, por tanto, excluida de las elecciones del 26 de mayo, a las que se presentaba como cabeza de lista al Cabildo por Lanzarote Avanza y como número dos en la lista electoral de Coalición Canaria (CC) al Parlamento.
Pendiente del Supremo
Además, Gladys Acuña y su entorno siguen pendientes este martes de lo que dicte el Tribunal Supremo (TS) con el recurso de casación por su condena en la causa judicial de la bodega Stratvs. La inhabilitación que actualmente está cumpliendo Acuña era en ese caso para ocupar un cargo municipal, pero la nueva doctrina del Tribunal Supremo hace extensivas este tipo de inhabilitaciones para cualquier tipo de cargo público.