sábado. 07.06.2025

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El Juzgado de lo Penal Número 1 de Arrecife ha condenado a cuatro meses de prisión a Pablo Ramón Carrasco y Vicente Bartolome Fuentes, técnico aparejador de la Oficina Técnica y secretario-interventor del Ayuntamiento de Yaiza, respectivamente, durante los años 1988 y 1999, por un delito continuado de prevaricación urbanística, por emitir informes que permitieron construir ilegalmente en suelo rústico.

La sentencia emitida este miécoles por los juzgados de Arrecife, contra la que cabe recurso de apelación en el plazo de diez días ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, condena a ambos técnicos municipales como autores criminalmente responsables de un delito continuado de prevaricación urbanistica, incumpliendo los artículos 74, 320.1 y 404 del Código Penal.

La condena lleva aparejada, además, la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, y la pena de inhabilitacion especial para empleo o cargo público por tiempo de dos años y un mes, siendo condenados igualmente al abono de las costas del procedimiento.

Hechos probados

El Juzgado de lo Penal Número 1 de Arrecife estima probado que ambos técnicos dictaron en su día informes favorables para la construcción de dos viviendas unifamiliares en suelo rústico en esos años.

Los dos acusados han visto rebajada sus penas al apreciar el tribunal una dilación indebida en la causa, ya que el procedimiento que se produjo contra ellos se inició en 2004 y 2005 y su enjuiciamiento ha sido en 2011, sin que en la demora tuvieran responsabilidad los procesados.

Según la sentencia, los dos técnicos, en el desarrollo de sus funciones de emisión de informes en materia urbanística previos a la concesión de licencia de tal naturaleza, informaron favorablemente de la concesión de licencias de construcción a sabiendas de que "incumplían manifiestamente" con el procedimiento administrativo establecido por el ordenamiento urbanístico vigente.

En los hechos probados se señala que, en dos de los expedientes, los dos acusados emitieron sus informes "teniendo perfecto conocimiento de la consideración del suelo en cuestión como rústico y de la exigencia procedimental de la previa calificación territorial por el Cabildo de Lanzarote y de la necesidad de contar con la autorización previa de la Dirección General de la Vivienda del Gobierno canario.

El Juzgado de Arrecife no ha considerado probado, sin embargo, que emitieran informes "injustos" sobre un tercer expediente para la construcción también de una vivienda familiar en el que se consideraba el suelo urbano.

Condenados a cuatro meses de prisión dos técnicos del Ayuntamiento de Yaiza por...
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