Coalición Canaria (CC) ha enviado este viernes una nota de prensa en la que analiza la que ha sido la noticia más destacada de la jornada, la publicada por el diario Canarias 7 sobre la pretensión de los responsables de la concursal de Insular de Aguas de Lanzarote (INALSA) de solicitar responsabilidad patrimonial a los miembros del Consejo de Administración que tuvieron parte de culpa en la situación actual. Para los nacionalistas de esta importante quema se salvan todos los que estuvieron en la época en la que Inés Rojas fue presidenta del Cabildo, y a su juicio deberían estar en todo caso preocupados los que estuvieron bajo las órdenes del Partido Socialista (PSOE) y del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL) con los socialistas Enrique Pérez Parrilla y Manuela Armas como presidentes.
En su escrito CC manifiesta su “absoluta tranquilidad por cuanto a quien corresponden responsabilidades sería, en todo caso, al Consejo presidido por el pacto PSOE-PIL, que tuvo la máxima responsabilidad durante los dos años que son exigibles”. “Conviene recordar que el periodo de tiempo sobre el que, de acuerdo a la ley, se puede exigir responsabilidades, no puede ir más allá de dos años antes de la fecha en la que la empresa fue intervenida y, como quiera que esto fue el 1 de junio de 2009, las responsabilidades son exigibles hasta el 1 de junio de 2007, cuando el Consejo de Administración presidido por Inés Rojas se encontraba en funciones –en concreto desde el 12 de mayo–. Es decir, que la práctica totalidad del tiempo en que son exigibles las referidas responsabilidades, el Consejo de Administración estuvo presidido por el pacto PSOE-PIL y el mes en que no lo estuvo, se trataba de un Consejo en funciones”, exponen en su escrito.
Desde CC aclaran igualmente que “lo único que hicieron durante su mandato Inés Rojas, como presidenta del Consejo de Administración de INALSA, y Mario Pérez, como consejero delegado, fue mejorar sustancialmente la gestión y defender los intereses públicos de la empresa pública de Lanzarote, tal y como acredita el juez en un pronunciamiento sobre la demanda interpuesta por los administradores judiciales contra el traspaso de bienes de Inalsa al Consorcio”. “En la sentencia se expone textualmente que no vemos aquí alzamiento alguno porque los activos ya habían salido efectivamente del patrimonio del deudor, luego es un acto de defensa de los bienes del Consorcio en cumplimiento del deber impuesto por el artículo 36 L. 33/2003”, resaltan, para añadir que “se da la circunstancia de que el mismo juez que emitió la sentencia es al que se ha solicitado la adopción de las referidas medidas cautelares”.