miércoles. 02.07.2025

El Ayuntamiento de Tías deberá hacer frente a una nueva indemnización a una empresa por la apertura de una calle en Puerto del Carmen en terrenos privados. La ocupación de esos terrenos, sin expediente ni cobertura legal, tuvo lugar en el año 2008, bajo la etapa del ex alcalde socialista José Juan Cruz Saavedra, según ha informado este jueves la institución municipal en nota de prensa.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en una sentencia firme del pasado 1 de marzo de 2018, trasladada este jueves a este diario, ha condenado al Ayuntamiento de Tías a indemnizar a una empresa por la ocupación de unos terrenos para realizar un tramo de la Rambla Islas Canarias en Puerto del Carmen con más de 700.000 euros. La empresa había solicitado la ejecución de una sentencia anterior, que le era favorable desde el año 2016. Ahora, con esta nueva sentencia del 1 de marzo del 2019, el TSJC ratica la cantidad exacta que el Ayuntamiento de Tías deberá abonar a la mercantil Rerommen Lanzarote, S.L. con la cantidad de 465.270,94 euros, más los intereses legales que correspondan desde el 31 de octubre del 2008.

Según el fallo del TSJC, la mercantil llevaba desde el año 2008 reclamando al Ayuntamiento de Tías una reparación a la ocupación ilegal de sus terrenos, reclamaciones que nunca fueran atendidas por Cruz Saavedra. En febrero del 2011, aún siendo alcalde el socialista Cruz Saavedra, la empresa interpone un pleito judicial.

El 15 de junio de 2016 el Ayuntamiento de Tías fue condenado al abono por la expropiación de estos terrenos, sin cobertura ni expediente legal. Esa sentencia, también del TSJC, destacó en sus razonamientos jurídicos lo siguiente:

El Ayuntamiento hizo ver a los tribunales que los terrenos eran otros. Un arquitecto perito judicial acreditó la realidad de los terrenos ocupados, con una superficie de 6.241,36 m3 en la zona norte de Puerto del Carmen, por donde actualmente transcurre la Rambla Islas Canarias.

Lo decisivo aquí es la ausencia de prueba alguna, ni siquiera indicio, del título por el que el Ayuntamiento adquirió el terreno, y no solo eso, sino que un informe del Ingeniero Técnico de Obras Públicas del propio Ayuntamiento dice literalmente lo siguiente:

"En la Ramblas Islas Canarias del Puerto del Carmen, concretamente en el tramo comprendido entre las calle Barqueta y Guacimara, se ejecutaron las unidades comprendidas en el proyecto "acondicionamiento de las Ramblas Islas Canarias (tramo calle Barqueta- Guacimara)" y las del modificado número I al citado proyecto.

Parte de la traza de ese proyecto discurre sobre las parcelas con referencia catastral 35028A027000860000 y 3502A027000880000 según información facilitada por el departamento del Catastro de este Ayuntamiento, del cual se adjunta planos".

“Este documento, en forma de juicio de valor (informe) tiene una especial eficacia probatoria por ser emitido por técnico municipal que reconoce, abiertamente, el trazado y ejecución de la carretera por la propiedad privada, sin expediente de ocupación alguno como resulta del resto de la actividad probatoria”

“También queda acreditada la situación de indefensión material creada a los administrados por parte del Ayuntamiento que omitió cualquier respuesta a sus peticiones “.

“Y, por último, queda acreditado que la documentación remitida por el Ayuntamiento, a modo de ampliación del expediente, se refiere a otras fincas y otros titulares, tal y como ratificó/aclaró el perito de parte en la vista, lo que confirma la ausencia de cobertura en acto administrativo alguno de la ocupación para la ejecución de la vía pública”

“Dicha conclusión, de ausencia de actividad administrativa con relación a la ocupación de las parcelas de la entidad demandante, queda avalada por el certificado del Secretario Municipal que expresamente se refiere a la ausencia de expediente individualizado alguno en relación a la ocupación de las parcelas catastrales antes referidas”.

El Gobierno municipal recuerda en su nota que esta indemnización firme se une a otra del 2011 donde el TSJC condenó al Ayuntamiento de Tías en más de 4 millones de euros por la expropiación de dos solares en La Tiñosa. Situación que obligó en el año 2011 a que el Ayuntamiento de Tías no pudiera aprobar sus presupuestos de ese año al estar impugnada su vigencia por la ausencia de esas partidas indemnizatorias. En el informe que emitió el Interventor Municipal, aún con Cruz Saavedra como alcalde, dijo que el “Ayuntamiento de Tías no podía hacer frente a esa sentencia al no tener liquidez el Ayuntamiento en esa etapa, y superar los niveles de endeudamiento máximo en las administraciones públicas en España. En ese citado informe de Intervención se revelaba que el alcalde José Juan Saavedra había ocultado la sentencia, porque el responsable de “su fiscalización la desconocía”.

El Ayuntamiento de Tías, condenado a pagar más de 700.000 euros por unas expropiaciones...
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