Desde este miércoles 2 de septiembre el Cabildo de Lanzarote, a través de los departamentos de Energía y Consumo que dirige la consejera Lourdes Bernal, mantendrá publicados en su página web (www.cabildodelanzarote.com) las nuevas tarifas eléctricas de las distintas empresas dedicadas a la comercialización de la baja tensión en Lanzarote y Canarias, también conocidas como Comercializadores de Último Recurso de baja tensión.
Estos precios cambian cada seis meses, y el Área de Industria, Energía, Comercio y Consumo del Cabildo de Lanzarote volverá a actualizar los datos en la web cada vez que dichas tablas de facturación cambien. El objetivo del Cabildo de Lanzarote no es otro que el de facilitar a los consumidores toda la información posible que les ayude en la elección de su operador eléctrico, pudiendo conocer las tarifas y precios que cada empresa está aplicando en los distintos tramos horarios.
La liberalización del mercado eléctrico de la baja tensión pretende formentar la libre competencia en el sector eléctrico, lo que en última instancia busca beneficiar sobre todo a aquellos consumidores con potencias contratadas inferiores a 10 Kw; es decir, a la inmensa mayoría de usuarios domésticos y pequeñas y medianas empresas.
Las empresas que ahora mismo están operando en Lanzarote son: Endesa Energía XXI SL (Unelco), Iberdrola Comercializadora de Último Recurso SAU, Unión Fenosa Metra SL, EON Comercializadora de Último Recurso SL, y Nexus Energía SA.
Liberalización desde el 1 de julio (RD 485/2009, de 3 de abril)
Desde el pasado 1 de julio de 2009, entró en vigor del Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, que liberalizó la actividad de comercialización de la energía eléctrica en baja tensión en toda España. Para impulsar dicha competencia, el Estado (mediante la Comisión Nacional de Energía), ha dispuesto una tarifa referencia -conocida como Tarifa de Último Recurso-, con la que se fija cuál es el precio máximo de la energía para las instalaciones de baja tensión y también un margen de precios para la actividad de comercialización.
Con la implantación del suministro de último recurso desaparecen las anteriores tarifas integrales de energía eléctrica que el Gobierno fijaba periódicamente, y además la actividad de suministro va a dejar de formar parte de la distribución, para formar parte de las tareas de los llamados comercializadores de electricidad. De esta forma, y desde la entrada en vigor del ya referido Real Decreto 485/2009, los consumidores de baja tensión se encuentran con que la actividad de suministro ha comenzado a ser ejercitada, en su totalidad, por los comercializadores de electricidad. Éstos van a ejercer su actividad en régimen de libre competencia pudiendo pactar con los consumidores los precios y condiciones del concreto suministro que se pretenda contratar sin restricción alguna.