viernes. 06.06.2025

Por Serapio Manuel Rojas de León

“¿Por qué estoy yo aquí? Se equivocan, están equivocados, yo no maté a Benjamín!”

(Youssef Anzaha)

“LA VERDAD ESCUECE. POR ESO ES LA VERDAD”

(Francisco J Chavanel¡. Director de 7.7 Radio)

(... ) Recordarán, o volvemos a recordar, que el día 06 de octubre de 2009, fue hallado el cadáver de don Benjamín Santana a la 11,30 horas y que sobre las doce del mediodía, un médico y un enfermero del Centro de Salud de Playa Blanca, comprobaron que estaba muerto y lo comunicaron a los miembros de la dotación de Cruz Roja y también a los componentes de la dotación de la ambulancia del Servicio Canario de Salud 112, que estaban presentes.

Este doctor del Centro de Salud de Playa Blanca, no certificó su muerte por haber sido causada de forma violenta y porque necesita de autopsia. El doctor, que no es médico forense, hizo una manifestación voluntaria ante Notario, para hacer constar lo visionado en el escenario del crimen:

"Sobre las 12,00 horas del mediodía examiné a la víctima comprobando su fallecimiento. Por lo observado in situ, pude comprobar que la sangre emanada de la víctima no había coagulado demasiado y la más cercana al cadáver se encontraba todavía algo fresca. Por la edad de la victima, y el estado de rigidez que presentaba a esa hora, (12,00 h) este profesional estima que la data de la muerte pudo producirse entre las dos horas y media o tres horas antes, es decir, a partir de las 9:00 o 9:30 horas.”

También se acordarán, que a esos profesionales del Centro de Salud de Playa Blanca, este médico y su enfermero, no los hicieron constar en el Atestado Policial, ni tampoco en la Instrucción Judicial.

¿Por qué la Guardia Civil olvidó algo tan importante? ¿Por qué a estos profesionales no se les preguntó absolutamente nada? ¿De verdad tenemos que creernos, que no se enteraron de que habían estado estos dos profesionales de la medicina en el escenario del crimen, examinando a la víctima? ¿O es que no quisieron enterarse? ¿Qué tenemos, o qué debemos pensar de todo esto?

Quienes hayan tenido la voluntad y la paciencia de leer estas opiniones, ya saben que a este doctor y a su enfermero, el Letrado de la Defensa de Youssef les pudo localizar en Julio de 2010, a través del Acta que habían redactado los miembros de la dotación de la Cruz Roja, dejándose entrever, que estos profesionales de la ambulancia, sí realizaron un buen trabajo.

Sin embargo, el Fiscal les dijo a los Miembros del Jurado, en un acto de cinismo sin precedentes, lo siguiente:

“El doctor (Nombre y primer apellido de ese médico) no había aparecido en el Procedimiento Jamás. Jamás. No dejan constancia de su nombre nunca. Se aporta un documento de Cruz Roja en el que, el que asisten, son los primeros enfermeros aquellos que llegaron. Que sí que avisan al médico y el médico llega, pero no ponen el nombre del médico. Yo me creo que es (nombre y primer apellido del médico) porque me lo creo. Porque lo dice y porque lo van a recoger, pero no viene su nombre nunca en el procedimiento y su rigor y sus conocimientos científicos desde el punto de vista médico forense, ustedes los han visto”.

Conociendo ustedes lo que ya saben del Atestado Policial y de esta desastrosa Instrucción Judicial, no les resulta cuanto menos gracioso, qué precisamente este Fiscal cuestione el documento que redactaron los componentes de la dotación de Cruz Roja, que es de los pocos documentos serios, responsables y creíbles, que se han aportado a esa Instrucción Judicial.

Pero claro, lo que fastidia a este Justiciero Fiscalizador, es que precisamente ese documento incuestionable, lo haya aportado el Letrado de Youssef un 26 de Julio del año 2010, casi diez meses después de ocurridos los hechos. Le fastidia al Fiscal ese documento, porque le descubre su inutilidad, al enterarse diez meses tarde, que un médico y su enfermero habían estado en la escena del crimen.

Le fastidia al Fiscal ese documento, porque no quiere creerse, que una dotación de Cruz Roja, le haya sorprendido con la confección casi perfecta de esa Acta de Actuación. Le sorprende, sobre todo, porque ni siquiera los forenses redactaron el Acta de Asistencia a la Autopsia, para saber al menos quienes estuvieron presentes en la disección del cadáver de don Benjamín Santana. Pero recordemos también, que ni la propia profesional de los Juzgados, la Secretaria Judicial, ha cumplimentado correctamente sus Diligencias cuando ha obviado importantes datos en la redacción de las mismas. Pero este Fiscal, ya lo hemos corroborado, que da validez a lo inservible y cuestiona las evidencias, todavía continúa siendo Fiscal.

El señor Fiscal cuestionó ese documento de Cruz Roja ante los Miembros del Jurado, queriendo hacer ver que pudo prepararse a conveniencia, para su presentación por la Defensa de Youssef. Sin embargo, lo que sí ya hemos comprobado, es que a este Fiscal, sí que le prepararon determinados informes a conveniencia, que luego él sí que los aceptó aunque no haya por dónde cogerlos y mucho menos defenderlos y los aportó sin un pizco de vergüenza ante un Tribunal de Justicia.

Y ya, lo esperpéntico de este Fiscal: El mismo día del Juicio, presentó él personalmente dos informes de la Policía Local de Yaiza, y en uno de esos informes, la Policía Local hizo constar que habían trasladado al médico y a su enfermero desde el Centro de Salud de Playa Blanca hasta la vivienda de la víctima y que luego les habían devuelto al Centro de Salud.

La Guardia Civil envió esos informes de la Policía Local por fax al Fiscal, el día 14 de marzo de 2011. Apenas unos días antes del Juicio. Pero a lo que se ve, tampoco los leyó, porque aunque cuestionó el Acta de actuación de la dotación de Cruz Roja, podía corroborar que era cierto lo de estos profesionales del Centro de Salud de Playa Blanca en ese informe que redactó esa Policía Local. Por tanto, dos informes realizados por diferentes profesionales, Cruz Roja y la Policía Local de Yaiza, coincidían en lo mismo. Un médico y un enfermero habían estado en la escena del crimen al poco de aparecer el cadáver.

¿Qué pasa señor Fiscal, es que también vamos a cuestionar el informe de la Policía Local de Yaiza? ¿Es que lo que escribieron esos Agentes Locales, también es mentira, porque tampoco hicieron constar el nombre del médico, ni el del enfermero en su Informe? Pues ese informe de la Policía Local, lo presentó Usted en el Tribunal, señor Fiscal, no el Letrado de la Defensa.

“Yo me creo que es (nombre y primer apellido del médico) porque me lo creo. Porque lo dice y porque lo van a recoger, pero no viene su nombre nunca en el procedimiento…” Pues créaselo señor Fiscal, créaselo hombre.

No, señor Fiscal. Que no. Que no le mienten los miembros de la dotación de la ambulancia de la Cruz Roja.

No, señor Fiscal. Que no. Que no le miente la Policía Local de Yaiza.

No, señor Fiscal. Que no. Que no le miente el Letrado de la Defensa.

No, señor Fiscal. Que no. Que no le miente Youssef Anzaha.

No, señor Fiscal. Que no. Que no le miente el doctor que estaba de guardia en el Centro de Salud de Playa Blanca.

Los que le mintieron, señor Fiscal, llevaban el Uniforme Verde. Y lo que es peor. Que usted, señor Fiscal, aceptándoles esas mentiras y además defendiéndolas, les está dando cobijo y protección a semejantes liantes. Claro que Usted, señor Fiscal, tampoco ha resultado ser mejor que esos farsantes.

Y en cuanto a los conocimientos médico-forenses del doctor del Centro de Salud de Playa Blanca, es evidente y ha quedado claro, que no es profesional de la medicina forense, pero lo que sí argumentó con bastante lógica, seriedad, responsabilidad y sobre todo coherencia, es lo que había visto en aquella vivienda.

Ahora bien, veamos a los profesionales de la medicina forense en su intervención en el Juicio:

Médico Forense que sí firmó los dos informes que hizo de la autopsia. El del Folio 12, el 07 de octubre y el de Folio 209 al 216, el día 16 de noviembre:

“Una causa violenta con pérdida significativa de sangre y en cuanto al tiempo probable del hecho acaecido que le llevó a la muerte, aproximadamente unas doce horas atrás.

Digo doce horas y lo reflejo en el informe íntegro de autopsia, digo doce horas en esa ocasión y sin embargo en ese otro documento, no pongo exactamente un intervalo que coincida con doce horas, porque ese documento se redactó para la cuestión inmediata de darle salida al cuerpo y nos basamos en el examen que se le hizo ocular. O cu lar, al lugar de los hechos y específicamente a las condiciones y características físicas de la sangre derramada.

En base a eso, fue que hicimos una aproximación de lo que intuíamos en base a esas características físicas de la sangre derramada, de que el periodo transcurrido respecto del momento probable del fallecimiento, correspondía a la hora a la cual usted hizo alusión del informe de una sola hoja.”

Interpretemos esto del señor Forense: “…no pongo exactamente un intervalo que coincida con doce horas, porque ese documento se redactó para la cuestión inmediata de darle salida al cuerpo…”

Se refiere a que en el Folio 12, primer informe del miércoles día 07 de octubre, la data de la muerte (9:30 – 10:30 horas) se puso porque había que hacer entrega rápidamente del cuerpo de la víctima a los familiares para el sepelio.

Esto es MENTIRA, señor forense. Mintió Usted a los Miembros del Jurado, porque el entierro de don Benjamín Santana tuvo lugar el sábado día 10 de octubre a las 12:00 horas. Tres días después de realizada la Autopsia. Por tanto, esa excusa de una data de la muerte con urgencia por entregar el cadáver, comprenderá que es insostenible y además mentirosa.

“…nos basamos en el examen que se le hizo ocular. O cu lar, al lugar de los hechos y específicamente a las condiciones y características físicas de la sangre derramada. En base a eso, fue que hicimos una aproximación de lo que intuíamos en base a esas características físicas de la sangre derramada, de que el periodo transcurrido respecto del momento probable del fallecimiento, correspondía a la hora a la cual usted hizo alusión del informe de una sola hoja.”

Pero eso también es MENTIRA señor forense. En ese informe de una sola hoja, que es el Folio 12 redactado el día 07 de octubre, en el que Usted indicó que la data de la muerte es de 9:30 – 10 30 horas, no escribió Usted que está basada en la inspección ocular realizada al cuerpo de la víctima y a las características físicas de la sangre derramada. No, no. Usted no escribió nada de eso en ese informe. Mintió usted a los Miembros del Jurado.

Usted, señor forense, lo que redactó en el Folio 12, fue lo siguiente: “Tengo el honor de poner en conocimiento de V. I., que según el reconocimiento practicado en la autopsia del cadáver de Benjamín Santana Cabrera de 58 años de edad, realizada el 7 de octubre de 2009 por indicación de ese Juzgado de Instrucción…” “Estimándose la data de la muerte entre las 9:30 horas y las 10:30 horas del día 6 de octubre de 2009” “Y no precisando realizar en el cadáver ninguna otra operación, puede V. I., si lo estima conveniente, autorizar se extiendan las órdenes para el traslado e inhumación según voluntad de los familiares o representantes legales del cadáver”.

Por lo tanto, el intervalo de la muerte entre las 9:30 horas y las 10:30 horas lo dijo Usted, señor forense, basándose en los datos que le dio la Autopsia ya realizada. No en el cuento que les contó a los Miembros del Jurado, de que lo había hecho basándose en la inspección del cuerpo y en las características físicas de la sangre derramada, pues hasta la Juez, en el Folio 156 de la Instrucción, el día 09 de octubre de 2009, en su Providencia, había redactado ya lo de “…al haberse practicado la autopsia encomendada al Médico Forense”.

No podemos cuestionar si es Usted un buen forense. Pero lo que sí sabemos, es que Usted, es un perfecto mentiroso.

Usted, señor forense, también le dijo a lo Miembros del Jurado que: “nos basamos en el examen que se le hizo ocular. O cu lar, al lugar de los hechos y específicamente a las condiciones y características físicas de la sangre derramada. En base a eso, fue que hicimos una aproximación de lo que intuíamos en base a esas características físicas de la sangre derramada…”,

Es exactamente lo mismo que había manifestado el doctor del Centro de Salud de Playa Blanca. Sí señor, forense. Presuntamente tuvo Usted acceso a esa manifestación antes de ir al Juicio. ¿Quién se la dejó ver? No lo sabemos, ni nos incumbe. Allá los responsables con sus responsabilidades.

Pero, señor forense. ¿No encuentra ilógico que Usted le dijera a los Miembros del Jurado, que la data de la muerte (9:30 – 10:30 horas) primero la puso porque había que entregar urgente el cadáver a la familia, y después les dijera que ese mismo intervalo horario estaba basado en esos primeros parámetros que le revelaban la sangre y el cuerpo de la víctima?

Lo incongruente de todo esto, es que el Fiscal le da crédito a lo que dice este forense, y no le concede credibilidad al doctor del Centro de Salud de Playa Blanca, que basó su manifestación en lo que observó y dijo íntegramente lo mismo, mucho antes, que este indecente profesional.

No hay ninguna diferencia. Si además, tenemos en cuenta que la Juez y la Secretaria Judicial, después de cambiar varias versiones, dijeron que son dos médicos los que hicieron la Autopsia, es evidente que dos forenses y un médico, coincidieron con el primer intervalo de la muerte que se había hecho constar en el Folio 12, el día 07 de octubre de 2009, de las 9:30 – 10:30 horas.

No señor Fiscal. No puede ser que una persona manifieste una cosa y sea descalificada por ello, y luego otras personas digan exactamente lo mismo y sean la voz verdadera. No, Señor Fiscal. Así no.

Señor forense, los ignorantes nos preguntamos: ¿En qué cambian las características físicas de la sangre derramada y esparcida por la terraza de la vivienda el 06 de octubre de 2009, con respecto a lo que descubrieron en la Autopsia realizada al cadáver al día siguiente, 07 de octubre? Los ignorantes pensamos y creemos que no cambia nada. Que no debe cambiar nada, pero claro, discúlpenos Usted. Ya sabe, es que somos ignorantes.

Continuó diciendo el mismo médico forense a los Miembros del Jurado: “Sin embargo, ya después, a posteriori, cuando se terminó de completar el estudio del cuerpo, que se le hizo la autopsia, que se vieron toda una serie de elementos, en el contexto del examen del cuerpo que se hizo, se llegó a la conclusión con criterio científico de más exactitud, que en sí, el tiempo transcurrido en el momento del levantamiento, retrógradamente mirando atrás, eran de unas doce horas, razón por la cual existe la disparidad esa de horas, en cuanto de un informe al otro”.

Si hacemos un esfuerzo por creerle, cosa que nos pone Usted muy difícil, señor forense, la rapidez por entregar el cadáver a sus familiares y la sangre derramada y la inspección al cadáver el 06 de octubre, le dijeron que la víctima murió entre las 9:30 y las 10: 30 horas, pero luego la Autopsia realizada al día siguiente, el 07 de octubre, le dijo el 16 de Noviembre, cuarenta días después, que la víctima pudo morir entre las 6.30 y las 7:30 horas.

¿Y a Usted no se le cae la cara de vergüenza, señor forense, cuando argumenta semejante despropósito para justificar los disparates judiciales que se llevaron a cabo buscando la culpabilidad de ese chico, que nada les había hecho?

Y lo más ilógico todavía: Usted en el informe Folio 12 que redactó el 07 de octubre, puso que fue la Autopsia la que le dio el intervalo horario de 9:30 – 10:30 horas, pero a los Miembros del Jurado en el Juicio les dijo que esa hora, 9:30 – 10:30, era para hacer entrega rápida del cadáver a la familia. Nada cuadra señor forense. Nada nos cuadra. Es Usted un perfecto mentiroso.

Y lo que menos podemos meter en ese imposible círculo, es que Usted puso esa hora, porque había que poner una hora (9:30 – 10:30) para entregar el cadáver a su familia lo antes posible. ¿Pero qué profesional de la medicina forense hace y dice semejantes barbaridades?, ¿Y por qué precisamente le endilgó ese intervalo horario al informe y no puso otro, yo que sé, de 14:00 a 15:00 horas, por ejemplo?

¡Ah no, claro! Es que volvió Usted a mentir cuando dijo que “nos basamos en el examen que se le hizo ocular. O cu lar, al lugar de los hechos y específicamente a las condiciones y características físicas de la sangre derramada”,

¿Sabe una cosa, señor forense? Ni la sangre, ni el cadáver, ni la urgencia por entregar su cuerpo a la familia, ni la autopsia, le dieron ese intervalo horario. Ese horario de 9:30 – 10:30 horas, es posible que presuntamente se lo indicara alguien del equipo de investigación de la Guardia Civil, cuando le dijeron que varias personas habían visto a don Benjamín Santana después de las 9:00 horas paseando por Playa Blanca.

Mire, señor Forense. El día 07 de octubre (Folios números del 8 al 11 de la Inst.) la Magistrado – Juez en el Apartado Tercero (Folio 9 de la Inst) recogió: "Se ha podido determinar por los vecinos de la zona, según indicaciones de la Guardia Civil, que el mismo había sido visto sobre las 9:00 horas por la localidad de Playa Blanca"

Esto que hemos leído y que está en el Folio 9 de la Instrucción, es lo que le dijo a Usted, señor Forense, que la víctima podía haber muerto entre las 9:30 y las 10:30 horas, y por eso su informe consta tres folios después, señor forense, que es el Folio 12 de la Instrucción. Todo esto es lógico, puesto que si a las 9:00 de la mañana don Benjamín Santana estaba vivo, y su cadáver fue hallado sin vida a las 11:30 horas, Usted, señor forense, no podía indicar otro intervalo horario que no fuera el de las 9:30 – 10:30 horas.

Por lo tanto, ni la sangre derramada en la vivienda de la víctima, ni su examen “o cu lar” del cuerpo, ni la autopsia, le indicaron absolutamente nada, ya que a lo que se ve, Usted ni siquiera examinó eso que les dijo en el Juicio a los Miembros del Jurado. Es de pena, que no de risa, este esperpento de forense.

“…porque ese documento (El Folio 12 de la Instr.) se redactó para la cuestión inmediata de darle salida al cuerpo…” Esto que le indicó a los Miembros del Jurado, ni Usted mismo se lo ha creído, estimado doctor.

Usted, si hubiera sido un hombre con lo que hay que tener, le hubiera dicho la VERDAD a los Miembros del Jurado. ¿Y cual es la VERDAD, señor forense? Pues mire, léala. Sí, léala:

“Yo puse el intervalo horario de 9:30 – 10:30 horas el día 07 de octubre, no porque tenía que entregarle lo más rápido posible el cadáver a su familia, que eso es una tontería, puesto que es notorio que su entierro tuvo lugar tres días más tarde. Tampoco por lo que me dijo la sangre derramada en la vivienda de la víctima, que yo no la examiné ni la tuve en cuenta, ya que eso lo había leído en la manifestación que hizo el doctor del Centro de Salud de Playa Blanca.

Yo tengo que hablarles así de esa sangre, para luego argumentarles en este Juicio que todos estábamos equivocados con ese horario, incluso ese médico, que como no es forense, pues me ayuda a justificar mejor que posiblemente esté equivocado, aunque él tenga la razón.

Puse entre las 9:30 – 10 30 en el Informe del 07 de octubre, el Folio 12 de la Instrucción, que lo redacté en el Instituto Anatómico Forense, porque la Juez había escrito en el Folio 9, que la Guardia Civil le había dicho que varias personas habían visto vivo a don Benjamín Santana después de las 9:00 horas. Con lo cual, se comprenderá, que no podía poner que don Benjamín Santana había muerto antes de las 9:00 de la mañana.

Luego, el 16 de Noviembre, firmé otro Informe que se hizo en el Juzgado Número 2, diciendo el intervalo horario de 6:30 – 7:30 horas, porque me dijeron, que para el intervalo de 9:30 -10:30 horas, el acusado tenía coartada y que yo tenía que certificar que don Benjamín Santana había muerto antes de las 7:30 horas de la mañana, porque se había comprobado que a partir de esa hora, el acusado no se encontraba en Playa Blanca, y ya era muy complicado decir que Youssef Anzaha no era el asesino.

Accedí a cambiar ese intervalo de la muerte, no porque la Autopsia me revelara nada el día 16 de noviembre, que en realidad nada me reveló, ya que la había hecho cuarenta días antes y nada había cambiado. Cambié ese horario, para hacerle un favor a los Agentes de la Guardia Civil, que habían mentido en algunos informes y porque también habían tergiversado conscientemente las declaraciones de algunos Testigos en su Atestado Policial.

Asimismo, con esa nueva data de la muerte de 6:30 – 7:30 horas, que firmé en el Juzgado el 16 de noviembre, le hacía otro favor a la Juez, que se había inventado el 09 de octubre que a don Benjamín Santana lo habían matado en la madrugada, enviando sin pruebas y casi sin indicios, a una persona a la cárcel. También de paso, ayudaba y colaboraba con el Fiscal, que decidió defender toda esta repugnante y asquerosa causa contra un Inocente”

Esta es la presunta verdad que Usted se ha guardado, y seguro que tendrá sus razones para ello, estimado forense mentiroso, pero esta verdad que Usted no ha querido contar en un Tribunal de Justicia, tiene encerrado a un Inocente.

Naturalmente, para decir esa VERDAD y hacer eso ante los Miembros de un Jurado en un Tribunal de Justicia, dejando en ridículo al Fiscal, en entredicho a la Juez – Instructora, y recalcar lo absurdo que resulta el Atestado Policial que presentó ese equipo de Investigación de la Guardia Civil, hay que ser una persona de convicciones muy fuertes, profesional con reputación y de una honradez intachable.

Usted, señor forense, nos ha demostrado que desconoce la hombría, desde que le escupió la primera mentira a los Miembros del Jurado: “…no pongo exactamente un intervalo que coincida con doce horas, porque ese documento se redactó para la cuestión inmediata de darle salida al cuerpo…”

Cuando comprobaron que Youssef no mató a don Benjamín Santana entre las 9:30 - 10:30 horas, porque tenía una coartada más que perfecta, decidieron inventarse un intervalo horario donde este chico no tuviera coartada y le colgaron el asesinato. Lo prepararon todo para que nos pareciera que de verdad es el asesino. Contaron para ello con la inestimable colaboración de estos cambia opiniones forenses, adaptables y manejables a conveniencia judicial, como desgraciadamente hemos comprobado.

La honra, el honor, la decencia, la dignidad y el decoro profesional dejaron que se les escurriera por el caño de la mesa de Autopsias sin el más mínimo remordimiento, con tal de colaborar en el éxito profesional de un Fiscal bastante cuestionable y que buscaba la condena de un Inocente. ¿Cuándo coño van a colgar sus batas, señores forenses, y se largan a sus casas a mejor cosa de una jodida vez? Dejen ese trabajo a gente profesional, honrada y consecuente.

En el Folio 12 del día 07 de octubre, el forense hizo constar contundentemente: “Tengo el honor de poner en conocimiento de V. I., que según el reconocimiento practicado en la autopsia del cadáver de Benjamín Santana Cabrera de 58 años de edad, realizada el 7 de octubre de 2009 por indicación de ese Juzgado de Instrucción…” “Estimándose la data de la muerte entre las 9:30 horas y las 10:30 horas del día 6 de octubre de 2009

Por lo tanto, tenía Usted, Señor Médico Forense, todos los elementos, pues la autopsia ya estaba realizada, cuando redactó ese informe con la data de la muerte el 07 de octubre. Una data de la muerte, que curiosamente coincide en el intervalo horario, con la estimación que sí había hecho de la observación del lugar del crimen, y del cuerpo de la víctima, el doctor del Centro de Salud de Playa Blanca, y que el Fiscal descalificó ante los Miembros del Jurado.

El Folio 12, que fue redactado, como no podía ser de otra manera, donde debía y tenía que hacerse, que es en la “DELEGACIÓN DE LANZAROTE DEL IML (Instituto de Medicina Legal) DE LAS PALMAS.”, les desbarataba la estrategia inventada del asesinato en la madrugada, puesto que ese informe es el único que puede ser considerado verídico y fiable porque no fue realizado convenientemente en el Juzgado Número 2, como sí hicieron con los otros dos informes. El de los Folios 209 al 216, el 16 de noviembre de 2009, y el del Folio 413, el 12 de mayo de 2010.

Pero vean la estrategia del Fiscal en el Tribunal, para eliminar e invalidar lo que sí se hizo correctamente, que es el Folio 12, para justificar lo que sí se realizó planteando innumerables cuestiones y dudas en el Juzgado Número 2, que es el segundo informe redactado el 16 de noviembre:

El señor Fiscal al Medico Forense: “El informe completo detallado pone el nombre de los dos, pero sólo hay una firma…” (Se refiere al de los Folios 209 al 216 de la Instr.)

“informe completo detallado”. Lo recalcó el señor Fiscal, porque ese informe cuenta con ocho folios y parece mucho más profesional que el Folio 12, pero que resultan esos ocho folios igual de vergonzosos y chapuceros por el lugar donde fueron redactados a conveniencia. Ese informe se preparó en el Juzgado número 2.

Contestación del Médico Forense: “La firma que hay es mía, pero indudablemente que sea la mía, el otro compañero nuestro, que es el acá presente, y el hecho que no esté la firma, pero estando físicamente aquí, es una cosa obvia que ratifica el informe tal cual, porque lo leyó y lo hicimos conjuntamente”.

No hay duda sobre que Tip y Coll se explicaban mucho mejor. Si esto lo hubieran presenciado en el Juicio, comprenderían que este hombre MENTÍA descaradamente. No hicieron esos informes conjuntamente. En el informe del 16 de Noviembre, la primera página, Folio 209 de la Instrucción, la Secretaria Judicial escribió que estaba presente un solo médico forense, la Juez y ella. Tres personas y nadie más.

No lo elaboraron conjuntamente los dos forenses.

Le mintió Usted otra vez, señor Forense, a los Miembros del Jurado. ¿Cómo explica que no estaba presente en el Juzgado número 2, ese otro compañero forense cuando se hizo ese informe, el 16 de noviembre? ¿Cómo explica que estando presente ese otro compañero forense, no lo nombró la Secretaria Judicial y encima tampoco firmó el informe si lo estaban haciendo juntos?

Usted no ve, señor forense, que mintiendo no se puede llegar a ningún sitio, y menos ir a un Tribunal de Justicia a colaborar con un Fiscal para conseguir la condena de un Inocente. Esas cosas se terminarán pagando, porque Usted, señor forense, juró decir la verdad, y lo único que hizo fue contarles una sarta de mentiras a los Miembros del Jurado.

Y el primer Informe, el Folio 12, tampoco lo redactaron juntos los dos forenses. Veamos el por qué:

“Tengo el honor de poner en conocimiento de…” Esto lo escribió en el primer informe del Folio 12. “Tengo”. No dice “Tenemos el honor”. Y además, al final de ese Folio 12, pone: “Médico Forense”. No dice “Médicos Forenses”. Sólo consta la firma de un médico. No hay dos firmas.

Recordarán, además, que en el Folio 13 de la Instrucción, el día 08 de octubre de 2009, la Secretaria Judicial había redactado lo de “Que habiendo recibido las muestras del médico forense, …” . y en el Folio 156 de la Instrucción, el día 09 de octubre de 2009, la Magistrado Juez había escrito lo de “…al haberse practicado la autopsia encomendada al Médico Forense”.

Es MENTIRA, por tanto, que hicieron los informes conjuntamente dos forenses.

Ahora leamos lo que le dijo el segundo forense a los Miembros del Jurado, para justificar por qué él no firmó el informe forense del 07 de octubre, Folio 12, ni el Informe del 16 de Noviembre. No se rían por favor, porque este otro impresentable con sus imbecilidades, ha hecho que un Jurado declarara culpable a un Inocente:“Tal vez por un problema de olvido, tal vez de agilidad, de rapidez, algo, no la firmamos”.

¿Pero de verdad, esto puede considerarse una excusa convincente para que este hombre, que dice que estuvo en la Autopsia y que estuvo presente cuando se redactaron los Dos Informes, resultara que no los firmó? ¡Coño! ¡Ni olvido, ni rapidez, ni ese algo! ¡Joder, esto no es una justificación seria, cuando está en juego la vida de una persona que puede pasarse veinte y un años en la cárcel!

¿Pero qué estupidez les ha contado este energúmeno a los Miembros del Jurado, y todavía sigue ejerciendo en el Instituto de Medicina Legal? Sí. Sí. El Magistrado - Presidente, que presidía ese Tribunal, se tragó estas y otras tantas majaderías y las encontró aceptables.

Ya habíamos comentado que no podíamos saber si era cierto que ese segundo forense también realizó la Autopsia, porque no existe el Acta de Asistencia que nos diga quienes participaron o estuvieron presentes, pero lo que sí está claro ya, es que es MENTIRA lo de que hicieron los Informes juntos. Resulta patente que este segundo forense es otro mentiroso, que también mintió a los Miembros del Jurado en el Juicio.

Continuó diciendo este otro mentiroso: ”Después el juez nos llama la atención en relación a eso y hacemos como está establecido, un documento donde yo hago una ratificación formal y legal a los ojos del juez”.

¡Pero hombre, que un Testigo no puede mentir cuando jura en un Tribunal decir la Verdad! Si cuando redactaron el informe en el Juzgado el día 16 de Noviembre, también estaba Usted presente señor forense, viene a ratificar que la Juez y la Secretaria Judicial son unas incompetentes. Cosa que tampoco es novedad, pues ya lo hemos manifestado varias veces.

Mire Usted una cosa, estimado forense. Si el 16 de noviembre de 2009 hubiera estado Usted en el Juzgado número 2 realizando ese Informe junto con su otro compañero forense, a Usted no le hubieran llamado el 12 de mayo de 2010, seis meses más tarde, para redactar el panfleto del Folio 413. Le hubieran dicho que firmara directamente el informe realizado el 16 de noviembre. Pero eso era imposible, porque en el folio 209 de ese informe, que es la primera página, la Secretaria Judicial indicó claramente que Usted no estaba en el Juzgado número 2 ese día y por tanto, Usted no realizó ningún informe conjuntamente con nadie.

Si la Juez le llamó la atención o no, es lo que Usted dice, no podemos corroborarlo, pues no consta en la Instrucción Judicial esa llamada de Atención, pero lo de que está establecido mentir en una ratificación y que usted diga que es legal, es más cuestionable de lo que Usted pudiera creerse. Es más, Usted lo que firmó en el Folio 413, no es que hizo los Informes junto al otro forense. Usted lo que firmó, es que realizó la autopsia junto al otro compañero forense y mintió al firmar que “revisaba nuevamente” el informe del 16 de noviembre, porque la verdad es que Usted nunca realizó ningún informe.

¿Y por qué el día 16 de Noviembre, cuarenta días después, el forense que sí había firmado los dos informes, cambió en el Juzgado número 2, el intervalo horario de 9:30 - 10:30 por el de 6:30 – 7:30 horas? ¿Es qué acaso también se lo había obligado la Juez?

Su compañero, el segundo forense, el 12 de Mayo de 2010, seis meses más tarde, firmó el Folio 413 de la Inst., y les dijo a los Miembros del Jurado otra barbaridad, cuando les contó que la Juez lo había obligado: “Lo hago porque en primer lugar el juez me lo exigió”

¿Hasta qué punto es lógico, que un Juez le exija a un profesional de la medicina forense que firme sin más, lo que le pone delante? Según les contó este otro forense a los Miembros del Jurado, él firmó el Folio 413 porque se lo exigió la Juez del Juzgado número 2. ¡Anda que menuda imparcialidad y garantías para con un acusado!

Este otro forense, es el que fue el viernes 09 de octubre al Tanatorio de Yaiza y echó a la calle a todas las personas que velaban el cadáver de don Benjamín Santana para ir a quitarle, entre otras cosas, un trozo de hígado.

Echó a todo el mundo fuera para volver a manipular el cadáver y luego una de esas muestras recogidas, el Instituto Toxicológico de Canarias dijo que no sirvió para nada, invalidándose la muestra: "en el caso que nos ocupa, la muestra fue remitida en formol, lo cual imposibilitó la realización del estudio criminalístico" (Folio 361 de la Inst.)

A lo mejor, a esta segunda manipulación del cadáver en el Velatorio de Yaiza, para extraer ese trozo de hígado el 09 de octubre, le llaman autopsia y por eso dicen que este otro forense, hizo también la autopsia. ¿Pero, quién carajos puede saber la verdad, de todo este guirigay que se han inventado entre ellos?

Nosotros no tenemos la autoridad de descalificar e invalidar que sí tiene el Fiscal. Y además, el señor Fiscal, sí consiguió su objetivo. Eso no tiene excusa ni es profesional por su parte. ¿Pero quién carajos cambia ahora toda esta locura mentirosa?

El doctor del Centro de Salud de Playa Blanca, no podía ser tratado por el Fiscal, de la misma forma que este otro impresentable segundo médico forense, ya que el doctor del centro de salud dejaba en Libertad a Youssef y por tanto refrendaba su Inocencia. El segundo forense era imprescindible para que el señor Fiscal pudiera conseguir la Culpabilidad de Youssef y otro éxito profesional a sumar en su currículo. ¡Qué los Tribunales se lo Guarden!

¡Viva la JUSTICIA! ¡VIVA! ¡VIVA! Aunque está claro que en algunos Tribunales esté más que muerta. El señor Fiscal le requirió al Presidente del Tribunal, que le recordara a un Testigo que estaba obligado a decir la verdad, precisamente porque ese Testigo le estaba diciendo la verdad, pero como a él no le gustaba lo que oía, decidió que a él le parecía que estaba mintiendo. El Fiscal sabía de verdad quienes eran los que mentían, pero sólo él sabe porqué le interesaban más las mentiras, que conocer la auténtica verdad.

¿Pero quién es, qué es Youssef Anzaha, para que cinco Guardias Civiles, un Fiscal, una Secretaria Judicial, una Juez, y dos Forenses, se hayan enredado de esta manera tan absurda, incomprensible, estúpida y sin sentido, para primero encerrarlo, después culparlo y conseguir su condena, preparando un Atestado Policial y una Instrucción Judicial impresentables?

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