martes. 30.12.2025

Por Ramón Pérez Hernández

Magnífica información de la Audiencia Provincial de Las Palmas previendo celebrar el 10-12-2008 la vista oral del juicio sobre el recurso de nulidad del laudo. A los ciudadanos nos consta que el 11-06-2001 el Consejo de A. de Insular de Aguas de Lanzarote, S.A.(”INALSA”), presidido por Enrique Pérez (Pacto PIL-PSOE), sacó a concurso público el Contrato para financiación, ejecución y explotación[¡!] de una planta desaladora de agua de mar en Janubio. Sin más, el 18 de octubre de 2001 Plácida Guerra, a la zorrua, adjudicó el Contrato a la Ute Edan Janubio y lo firmó incluyendo, con alevosía, un convenio de “Laudo Arbitral”; es decir, documentó tan campante un acto contra el “orden público”, tal como dictaminó el Consejo Consultivo de Canarias el 31-10-2006, declarando el Consejo además nulo el Concurso en el que Plácida se fundamentó para firmar a tontas y a locas, “por falta total y absoluta del procedimiento legalmente establecido y por vulneración de un trámite esencial del procedimiento”, tras las consulta elevada al Consejo por Inés Rojas, siendo Presidenta del Cabildo, actuación que impulsó el “Gabinete de Crisis” creado para “salvar” INALSA, presidido por Mario Pérez, desarrollando el Gabinete de Crisis una cadena de actuaciones jurídicas, administrativas y de gestión, encaminada a repeler la más colosal y traidora agresión dirigida contra los intereses de Lanzarote, que culminó con la presentación, ¡que bien!, del “Recurso de Anulación del Laudo” ante la Audiencia Provincial, para enderezar jurídicamente el diabólico ultraje económico en que nos metió Placida y Enrique, recurso que espero, por ser de justicia, sea estimado íntegramente por la Audiencia Provincial, después de celebrada la vista en Diciembre, anulando fulminantemente el Laudo como previene, tanto la ley de arbitraje de 05-12-1988 (abolida por la nueva Ley 60/2003), las cuales ordenan que el laudo podrá ser anulado cuando el convenio arbitral no es válido (no lo es porque el Consejo Consultivo de Canarias declaró nulo el Concurso en que se basó el Contrato), y también si el laudo es contrario al “orden público” (que lo es, tal como de la misma forma lo decretó el Consejo Consultivo de Canarias). Por supuesto, será así, si en la Vista del Juicio no surgen ‘tretas' como a las que nos tiene acostumbrado la actual dirección de Inalsa -la misma que concedió el privilegio de arbitraje a la UTE, es decir, Plácida (PIL), Enrique (PSOE)- si tenemos en cuenta el inconfesable nuevo Contrato dispuesto el 15-05-2008 para firmar Plácida, ofrendando a la UTE 2,5 millones de euros, ¡casi 3 millones con intereses!, (transacción asesorada por el consultivo de Inalsa) encaminada a lograr “un convenio extrajudicial de suspensión”: por parte de Inalsa del Recurso de Anulación del Laudo, y por parte de la UTE de la ejecución del Laudo. (Los casi 3 millones de euros están consignados y aprobados en el Plan de Viabilidad y Modernización de Inalsa, sin contraprestación legal alguna). Todo ello, ¡una provocadora desfachatez!, que espero no se produzca si la Oposición Política del Cabildo y Ayuntamientos ejercen el control al que les obliga la Ley, y con esa vigilancia, seguro que harán un gran favor a Lanzarote, pues deben saber que la Ley dispone de reglas que controlan la buena fe procesal y que son saladas las multas por incumplimiento de las mismas.

El “laudo”, cuestión de legalidad
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