domingo. 04.05.2025

Haciendo la historia corta, sabemos que en Canarias la oferta del sistema de viviendas vacacionales privado comenzó a nacer hace unos 40 años a través de viviendas y apartamentos que nacionales y extranjeros alquilaban ilegalmente por semanas o por meses, etc, sin pagar impuestos en zonas turísticas donde sólo se permita dar a turistas hospedaje en hoteles, apartamentos, bungalows, campings, hostales, pensiones, etc que estuviesen dados de alta como inmuebles turísticos.

Pero después de años de demandas y recursos que han presentados varias asociaciones de viviendas que se estaban dedicando al alquiler vacacional de forma legal e ilegal, el TSJC por tercera vez afirma que el decreto de alquiler vacacional "infringe" la libertad de empresa

“Ascav, que había presentado su propio recurso, ha informado en una nota de que la sentencia falla a favor de la impugnación del artículo 5.2 a) por el que quedaba prohibido a los usuarios destinar la vivienda vacacional a fines que no fueran los propiamente turísticos, ya que limita el ejercicio al derecho de la propiedad privada en el bien inmueble”.

Ver la noticia en este enlace: http://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/sentencia-TSJC-alquiler-vacacional-infringe_0_666684214.html

Otro enlace sobre denuncias contra las viviendas sociales ilegales:

http://www.lancelotdigital.com/lanzarote/la-guardia-civil-denuncia-irregularidades-en-viviendas-vacacionales-de-teguise-y-haria

Ver artículo mío sobre lo mismo:

http://www.cronicasdelanzarote.es/Las-camas-turisticas-del-sistema-vacacional-privado-en-Canarias-carecen-de.html

Llegados a la actualidad, incluso con el fallo emitido por el TSJC a favor de las viviendas vacacionales, y con el recurso que presentó en contra el Gobierno canario, el sistema vacacional aun no ha podido regularse totalmente, y se continúa alquilando viviendas por el sistema vacacional sin estar dadas de alta, sin control turístico y sin pagar impuestos.

El problema habido nos dice que debemos regular el sistema vacacional para que los turistas tengan seguridad y servicio optimo, y que al mismo tiempo podamos recaudar impuestos. Por lo que nos urge implantar una fórmula que sea capaz de legalizar la situación para que los inmuebles que se alquilen por el sistema vacacional no se confundan con los que se alquilan como viviendas de larga temporada o por años a gente que habitan en ellos como residentes normales, sean pensionistas o trabajadores.

-Hay que tener en cuenta que si dedicamos todos los inmuebles al turismo, a corto plazo, como ya está ocurriendo, nos encontraremos con la situación de que no habrá apartamentos para los trabajadores que necesita la industria turística-. Entonces cabe la suerte de legalizar los inmuebles turísticos siempre y cuando reúnan las condiciones de seguridad y servicio para poder ser alquilados a turistas por periodos de días, semanas, o meses. Y en todo este embrollo, sabiéndose que es difícil controlar a los propietarios extranjeros que alquilan desde sus países respectivos sus villas, apartamentos, bungalows, casas rurales, camping, etc por el sistema vacacional privado; la mejor fórmula que yo encuentro para legalizar el sistema vacacional, debe basarse en las siguientes regulaciones. La Ley española exige que todos los inmuebles que se dediquen al turismo, sean: hoteles, complejos de apartamentos, bungalow, casas rurales, villas, camping, hostales, pensiones, etc, deben estar dadas de alta en su Ayuntamiento correspondiente y en Hacienda, y que deben registrar a todos sus huéspedes en el libro de entradas, y que en las primeras 24 horas deben reportar las entradas de sus huéspedes en el puesto más cercano de la Guardia Civil o Policía. Si esto se lleva a raja tabla, Hacienda podría controlar por medio de la lista de huéspedes habida en cualquier puesto de la Guardia Civil o Policía, la seguridad y las ganancias de los inmuebles que se dedican al sistema vacacional privado. Así de fácil se conseguiría la legalización y control del sistema vacacional que promueven propietarios nacionales y extranjeros; y también se obtendría que muchos de los inmuebles no aptos para el turismo se alquilen a individuos y/o a familias residentes.

Nota. Este sistema se puede extrapolar a cualquier lugar de España.

Apostilla de última hora. Los planes PIOL, Plan La Geria y PRUG, están tocados de muerte por causa del sistema vacacional.

El PIOL no debe existir porque cada zona protegida posee su propio Plan -aunque algunos estén anulados-. Y tanto el PIOL como así los planes individuales de cada zona protegida, si se aprueba definitivamente el sistema vacacional, quedarían cojos de potestad y autoridad en relación con cuántas camas se podrán destinar al turismo.

Salvo que elaboren un nuevo Plan Especial que ponga coto a la cantidad de camas que se podrán destinar al alquiler turístico normal y al vacacional, el presente y futuro será un desastre turístico sin control porque no se podrá controlar con los planes habidos actualmente la oferta de apartamentos por el sistema de alquiler turístico normal ni tampoco por el vacacional.

Así de grave está la situación.

Ver enlace de una noticia relacionada: http://www.lancelotdigital.com/lanzarote/la-geria-y-el-archipielago-chinijo-naturaleza-sin-regular

Una idea para cómo regular y controlar el sistema de viviendas vacacionales
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