Por Ramón Pérez Hernández
Insolente... la pugna sobre el salpicado “plan de viabilidad y modernización de Inalsa''. Los del debate [2 PIL; 2 CC] peripuestos en su ‘repulida' aparición pública, conversaron finamente dedicándose graciosos arrumacos, sonrisitas y ternezas, como si los conejeros ¡coño!, con lo que ambicionan echarnos encima, en la supuesta fullería del “crédito empresarial de INALSA” [¡47.865.899€!. ¡Qué miedo y que expectantes ‘interesados' embargos madre mía!] solo necesitáramos monerías y halaguitos. Los del PIL lograron su objetivo, como siempre, propagandístico, desconcertar a la, en general, impasible ‘opinión pública', no por desafecto o indiferencia a los intereses generales de esta “requemada” Isla (no por el Sol...), sino por los ilícitos despropósitos de algunos sórdidos políticos, que no se por qué, año, tras año nos tocan fatalmente para amargarnos y aburrirnos hasta el agotamiento integral. Los contendientes liquidaron el debate mas o menos con un sanseacabó, y si no te gusta, te revientas y, más, si no eres de mi cuerda. Los 4 se empeñaron en no aclarar a la opinión pública, (salvo las denuncias de Fajardo Feo y Sanginés, del ‘pizco' de 2,5 millones de euros, más intereses, a regalar sin sentido a la UTE) que es su insobornable obligación, en especial los opositores de CC como si les costara algo asesorarse de las cuestiones jurídicas aplicables preceptivamente, a tan descarado presunto ‘timo de la estampita” en el desmedido ‘asuntito' del crédito empresarial por casi ¡48 millones de euros!...). No olviden ‘amos/as' de lo público, que los electores los sustentamos con los impuestos y votos; que tenemos pleno derecho constitucional, no solo a conocer sus “planes”... sino, a recusarlos o negarlos, si fuere necesario, para lo que, obligatoriamente, tienen que darnos la oportunidad legal de conocerlos públicamente en el Boletín Oficial, tal como ordenan las leyes y reglamentos y, que éste régimen jurídico, por mucha insolencia que utilicen, no pueden: ni pasárselo por el arco de triunfo, ni impúdicamente obviar la legalidad vigente, pues delinquirían muy, muy gravemente, y después (habrá un después...?) a ‘gemir' al Charco.
Claro que puede ser favorable un “Plan” para poner en ‘marcha técnica, contable y administrativa' ¡ya! y de una vez por todas, los fundamentos de nuestro “CONSORCIO INSULAR PARA EL ABASTECIMIENTO DE AGUA A LANZAROTE”, pero ¡nunca jamás! que en ese Plan metan, ¡ni la nariz!, los elementos de la Empresa ‘fantasma' INALSA, que no solo no tiene casi responsabilidad patrimonial, sino que no debiera existir desde hace mas de 7 años en que debió desaparecer, según el resultado de la fiscalización de sus cuentas [1991-1996] por la Audiencia de Cuentas de Canarias, con el efecto legal de instar dicha Audiencia al Consorcio y al Cabildo en 1999, a la imperiosa necesidad de disolver INALSA, o sea, desleírla, licuarla, desaparecerla del mapa para siempre jamás ¡y punto!. Sin embargo, lo gracioso, lo chulesco, es que no sólo se contravino lesivamente a la Audiencia (los acuerdos sobre Auditorias, son de obligado cumplimiento), sino que, insensatamente, INALSA sigue ilegalmente en manos de algunos políticos y ciertos asesores, desobedientes. Lo que está clarito como agua de mayo es que INALSA, a pesar de la desobediencia flagrante (a ver en que para esta ilícita indisciplina), por ahora sigue siendo Empresa Pública, dependiente del “CONSORCIO INSULAR PARA EL ABASTECIMIENTO DE AGUA A LANZAROTE”, ente que cualquier funcionario local o asesor juiciosamente instruido sabe que es una “ESTIDAD LOCAL”. Por tanto, si ‘INALSA espectro' desea generar un PRE-PLAN DE VIABILIDAD Y MODERNIZACIÓN, no sólo tiene que crearlo como mandan los cánones (Informes técnicos y jurídicos; memorias, planos; estudio de estabilidad financiera, etc., suscritos por profesionales, indicando nombres, si es funcionario o contratado, etc., o, si son externos, visados por Colegios Profesionales), sino que INALSA tiene que elevar forzosamente el repetido PRE-PLAN al CONSORCIO, su matriz, o madre (tanto monta), para que éste, en su calidad de “ENTIDAD LOCAL”, bien, solicite el dinero de sus dueños (los 7 Ayuntamientos y el Cabildo) que si aceptaran colaborar, previamente tendrían que incluir la suma proporcional de cada uno en sus Presupuestos Generales anuales, aprobarlos y publicitarlos, para en su caso ser recurridos por los vecinos si lo estiman procedente, o bien, si el Consorcio lo hace suyo (el PRE-PLAN propuesto por Inalsa, claro) y admite ejecutarlo directamente, entonces, el Consorcio, obligatoriamente, tendría que aprobarlo y sacarlo a información pública por 15 días para recibir “alegaciones” o Recursos Contenciosos Administrativos en su caso, si los ciudadanos no están conforme ¡y punto!. Sobre el porfiado tema de si el Consorcio de Aguas, es o no Entidad Local sujeta imperativamente a las leyes de administración local, y la obligatoriedad de regir su actividad técnica y administrativa por la legislación local, consúltese, entre otras, la Sentencia del TS, Sala 3ª, sec. 7ª, fecha 30-04-1999, rec. 7268/1992,Pte: Manuel Goded Miranda; asimismo los art. 85 bis, 112 y ss. de la Ley 7/1985 del Régimen Local; art. 162 y ss. de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; Orden de 29-09-1989, sobre Estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales; RD 500/1990, de Regulación de los Presupuestos de las Haciendas Locales, art.2 y ss. y 106 y ss. y la Ley 57/2003 de Modernización del Gobierno Local, su Disposición Transitoria 3ª: verán cuanta razón tiene la legalidad. Por otro lado, sorprendente y mucho la afirmación de Dª Manuela (La Prov.29-06-08, pag.25):...”Ni PIL ni PSOE vamos a acometer nada que no tenga un aval técnico”. ¡Señora! ¿y el aval ciudadano?... Recomiendo leer el análisis de D. Damián Peña en “Preocupa Inalsa”, en Cronicas y Diario Lanzarote.
