jueves. 18.04.2024

La CAPA de todo un sector

                          

A finales de los años cincuenta fue cuando empezaron las autoescuelas a formar conductores y la administración a evaluarlos para acceder a su permiso de conducir. Desde entonces, ha habido una sucesión de cambios, sobre todo en la forma.

Al principio, todos los alumnos que una autoescuela presentaba a las pruebas tanto teóricas como prácticas, eran evaluados por los funcionarios que entonces pertenecían al Ministerio de Industria de la época.

No mucho más tarde, en los años sesenta, dichas pruebas pasaron a ser evaluadas por funcionarios de la DGT (dependiente del Ministerio del Interior) y también, todos los alumnos que se presentaban a las pruebas eran evaluados en su totalidad, pues no había ninguna restricción de acceso a las mismas.

Pronto se intentó regular en un intento de intervencionismo por parte de la administración, hasta el número de alumnos que se podían presentar a las pruebas de circulación (4 por profesor).

Esto se mantuvo varias décadas, hasta que el 1 de septiembre de 2009, cuando entró en vigor el nuevo sistema secuencial de presentación a las pruebas avalado por la sentencia del Tribunal Supremo (20/12/2005) que reconoce el derecho de las autoescuelas a presentar a cuantos alumnos estimen preparados sin límite alguno. A partir de entonces, la capacidad del número de alumnos que se pueden examinar, paso a depender de la jornada laboral del examinador y en consecuencia del número de funcionarios disponibles.

El sistema secuencial de presentación a examen, aunque no ponía limite a los alumnos presentados, sí que alargaba las fechas de presentación entre exámenes de una misma autoescuela, más aún cuando los funcionarios se iban jubilando y no se reponían con nuevas plazas. Cada vez se dispone de menos funcionarios para prestar el servicio de exámenes a los ciudadanos.

Esto llevó a que las provincias que tenían mayores retrasos intentaran pactar una regulación del número de exámenes por autoescuela con las jefaturas provinciales correspondientes.

Como consecuencia de ese intento de regulación, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), acordó incoar algún que otro expediente, de conformidad con lo que establece el artículo 8.1 letra a) Primero de la Ley ACCO (Autoridad Catalana de la Competencia), en fecha 13 de marzo de 2017 se acordó incoar expediente sancionador a cuatro Asociaciones Catalanas y a las Jefaturas Provinciales correspondientes, porque podría estar restringiendo la libre competencia entre las autoescuelas al establecer un tope máximo de alumnos que cada autoescuela puede presentar al examen práctico de conducir.

Actualmente, para intentar arreglarlo por parte de la Dirección General de Tráfico en vez de buscar una solución dentro de la legalidad, bordeó la misma implantando el sistema CAPA (Capacidad de lasPruebas de Aptitud) que establece unos cupos por autoescuela para la presentación a la prueba de circulación, según el número de funcionarios disponibles, que como comentábamos antes está en contra de la doctrina del Tribunal Supremo, vulnerando así los principios elementales de seguridad jurídica en materia de libertad de empresa y de mercado, pues limita la capacidad productiva, lo cual, es impropio de un Estado Social y Democrático de Derecho.

Todo este enredo legal en el que se ha visto inmersa la administración, se solucionaría de manera satisfactoria para todos, utilizando sistemas como hacen otros muchos países europeos y concretamente nuestros vecinos portugueses, que tienen un sistema mixto de exámenes, funcionarios públicos y concesiones administrativas a empresas, que realizan la función que no pueda absorber la Administración.

 En vistas a los recortes de gasto público que se van a producir en nuestro país, como consecuencia de esta crisis económica que va a durar varios años, no van a aumentar el número de funcionarios examinadores, no va a ver dinero para hacer horas y van a seguir jubilándose funcionarios, con lo que la única opción válida para el bien de la ciudadanía, seria la externalización de parte del servicio de exámenes, que beneficiaría a todos.

Si la administración no se sirve de esta vía para dar salida a las demandas de todos, convertirá el CAPA en iCAPA (inCapacidad de las Pruebas de Aptitud).

Jaime Amorós Cantavella es Máster en Trafico y Seguridad Vial

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