En la sentencia dada a conocer este martes por el Juzgado de lo Penal número 5 de Las Palmas de Gran Canaria se da por probado que el empresario permitió la construcción en un espacio natural protegido, en el entorno de una finca de más de 30.000 metros cuadrados que ocupa suelo rústico de protección medioambiental. Contra la misma cabe recurso ante la Audiencia Provincial y el propio empresario ha anunciado este martes que sus abogados ya trabajan en el mismo, aparte de que tiene previsto emitir una nota de prensa en breve.
Según consta en la sentnecia condenatoria, las obras ilegales consistieron un estanque de 400 metros cuadrados, de dos aparcamientos, de 250 y 225 metros cuadrados, respectivamente, y de una nueva vía, de 224 metros de longitud y 2 metros de anchura en todo su recorrido.
La vía ocupaba, además, parcialmente otra de 203 metros de longitud y anchura de un metro en 101 metros cuadrados de su recorrido, pero con al menos 45 metros de longitud siguiendo un nuevo trazado, estando proyectado que toda ella y los mencionados aparcamientos acabaran teniendo placa de hormigón en su superficie.
Según recoge la sentencia de la magistrada Leticia Esther Mateo Requena, Ramírez Alonso también promovió dentro del espacio natural protegido de Pino Santo (C-23), otras obras de reforzamiento de muros preexistentes y de construcción de nuevos muros de cerramiento de la finca con nuevas vallas, consistentes en alambradas de tipo Hercúles, y la nueva construcción de dos edificaciones en el lugar donde anteriormente había dos dedicadas a pajarera y a pérgola o refugio, llevando consigo tales obras la tala de múltiples árboles y arbustos.
Las obras nunca tuvieron la preceptiva calificación territorial y la licencia municipal para llevarlas a cabo y se iniciaron en marzo de 2004 por la constructora del también acusado Benedicto Martel Hernández, continuando las mismas desde abril de 2004 la constructora Guaydil, en ese momento representada por José Luis Alemán Suárez.
A pesar de diversas denuncias interpuestas tanto por el Seprona como por técnicos del Cabildo de Gran Canaria, la sentencia recoge que se siguieron ejecutando obras de construcción de nuevas pistas de acceso, obras de desmonte para aterramientos de 40 metros por 10 metros y la construcción de cuatro nuevos muros, con afección a la flora del lugar, hechos por los que se les presentó denuncia por los agentes medioambientales el Cabildo de Gran Canaria.
El fallo de la magistrada absuelve a los acusados Benedicto Martel y José Luis Alemán de los delitos contra la ordenación del territorio y condena a Miguel Ángel Ramírez, como autor criminalmente responsable de un delito contra la ordenación del territorio, con la concurrencia de la circunstancia atenuante analógica de la responsabilidad criminal de dilaciones indebidas contemplada a la pena de tres años y un día de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Del mismo modo, la sentencia contra la que cabe recurso, condena al empresario y presidente de la UD Las palmas a inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión u oficio relacionado con la construcción por el mismo tiempo de tres años y un día, así como a 24 meses y un día de multa a razón de una cuota diaria de 60 euros.