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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 4 de Arrecife ha emitido una sentencia en la que aprecia de oficio la falta de legitimación activa de Juan Antonio Rivera S.L. para ejercitar la demanda de desahucio por precario sobre una viviendas del barrio de Argana Alta.
El Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Arrecife dictaba hace unas semanas dos sentencias en las que ordenaba el desahucio de otras tantas familias que han venido residiendo desde hace décadas en las viviendas construidas a mitad del siglo pasado en el barrio de Argana Alta para personas sin recursos económicos y que la Iglesia vendió hace cinco años con los inquilinos dentro.
"La realidad o existencia del derecho o situación jurídica afirmada no forma parte de la legitimación, sino de la cuestión de fondo, respecto de la que aquélla es de examen previo" y que se configura como "presupuesto preliminar a la consideración del fondo del asunto, aunque basado en razones jurídico-materiales, pero que debe examinarse con antelación al mismo, debiendo ser incluso estimada de oficio, por afectar al orden público procesal", reza en la sentencia del Juzgado Número 4 de Arrecife.
Esta resolución no es firme contra la misma cabe interponer recurso de APELACIÓN ante la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas.
El recurso se preparará por medio de escrito presentado en esta Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).