La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social ha impuesto dos infracciones calificada como “graves” al Ayuntamiento de Arrecife por no poner a disposición del comité de empresa municipal toda la información relativa a horas extraordinarias, contratas y subcontratas. Como consecuencia de las dos infracciones, el municipio será sancionado económicamente por incumplir “en reiteradas ocasiones” los requerimientos tanto de los trabajadores como de la Inspección de Trabajo.
Las infracciones y sanciones se desprenden de dos escritos del inspector de Trabajo Juan Gómez Arbós, enviados con fecha de salida del 18 de julio al comité de empresa y transmitidos este jueves a la redacción de este diario.
Subcontratas
Tras varios requerimientos sin éxito de la información mencionada por parte de los trabajadores al Ayuntamiento, el comité de empresa denunció a la Corporación ante la Inspección de Trabajo, que a su vez convocó a las dos partes a una comparecencia el pasado 14 de mayo. Ante el inspector, y en relación a la información sobre las contratas y subcontratas a terceras empresas, el Ayuntamiento, tal y como explica el escrito del inspector, alegó que “es una empresa casi imposible realizar una enumeración de los contratos realizados sin limitación alguna de tiempo ni de objeto, e intentando dar una contestación lo más satisfactoria posible a los fines del comité de empresa” se ha “optado por excluir de la numeración todos los contratos de obra, de gestión de servicios públicos y de suministro, así como los contratos de servicio y de consultoría y asistencia que hayan finalizado antes de 2008”.
No obstante, la Inspección, dando la razón a los trabajadores, requirió al Ayuntamiento que entregara toda la documentación exigida por el comité de empresa en una plazo de un mes, obligación incumplida por la administración municipal. “El 13 de junio se aporta por el comité de empresa documento entregado por el propio Ayuntamiento, cuya información no difiere del documento entregado en Inspección de Trabajo el 14 de mayo”, dice el escrito del inspector.
Trabajo recuerda al Ayuntamiento que, según la Ley del Estatuto de Trabajadores, “cuando la empresa concierte un contrato de prestación de obras y servicios con una empresa contratista o subcontratista, deberá informar a los representantes legales de sus trabajadores sobre (...) nombre o razón social de la empresa contratista; objeto y duración de la contrata; lugar de la ejecución de la contrata; número de trabajadores que serán ocupados por la contrata; y medidas previstas desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales”. Información que el Ayuntamiento de Arrecife no ha facilitado al comité de empresa, por lo que se le impondrá sanción.
Horas extraordinarias
Tampoco facilitó el Ayuntamiento al comité de empresa toda la información sobre las horas extraordinarias. Como señala el inspector, aunque la administración local se justificó asegurando que dicha información figura en los Decretos de la alcaldía, estos Decretos “sólo señalan las cantidades que corresponden a abonar a los trabajadores, sin que se indiquen fechas de realización de horas extraordinarias”. Información que se ha negado al comité de empresa, vulnerando con ello el Convenio colectivo.