miércoles. 21.05.2025

La alcaldesa del Ayuntamiento de San Bartolomé, María Dolores Corujo Berriel, ha mostrado este viernes su enorme satisfacción al conocer el fallo de la sentencia de 22 de diciembre de 2015, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Las Palmas, que vuelve, una vez más, a dar la razón al Ayuntamiento de San Bartolomé. Los juzgados desestiman el recurso de contencioso administrativo interpuesto por AENA y confirman ajustada a derecho la liquidación en concepto de tasa de basura comercial del ejercicio 2012 que por importe de 240.309 euros y de conformidad con la vigente ordenanza fiscal reguladora de dicha tasa, el ayuntamiento liquidó a Aena.

AENA, tal y como explica este viernes en nota informativa el Ayuntamiento presidido por la socialista María Dolores Corujo, pretendía abonar la irrisoria cantidad de ocho mil novecientos setena y seis euros, constituyendo esta cantidad una burla y agravio en relación al importe que pagan el restos de empresas y cuyo criterio fundamental en la superficie de los inmuebles donde se desarrollo la actividad, añadiendo la sentencia que la tasa por recogida de basura tiene el carácter de obligatoria y viene determinada por la prestación del servicio y la posibilidad racional de utilización por los particulares, teniendo la tasa como finalidad costear el sostenimiento de un servicio en beneficio de toda la población.

Esta sentencia, destaca el Ayuntamiento, se suma a la recaída respecto a la tasa por recogida de basura comercial del ejercicio de 2010 y 2011, estando además el Consistorio a la espera de que salgan las sentencias de los recursos contenciosos administrativos interpuestos contra la liquidación de la tasa de basura por los ejercicios 2013 y 2014.

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