sábado. 20.04.2024

La jueza del Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife, María Luisa Moreno, ha decidido este lunes suspender el juicio que se tendría que iniciar este martes contra el ex presidente del Cabildo Pedro San Ginés tras aceptar el incidente de nulidad de las actuaciones que presentó el acusado el pasado día 13 de mayo. 

El pasado jueves el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) confirmó que el ex presidente del Cabildo de Lanzarote se tendría que sentar de nuevo en el banquillo para responder a la acusación que se le hace por la decisión que adoptó en su día de acceder al interior de la desaladora de Montaña Roja, en el municipio de Yaiza, rompiendo el candado de la puerta propiedad de la empresa Club Lanzarote, S.L. Lo iba a hacer en el Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife en una sesión que se tednría que haber iniciado a las 9.30 horas con la idea de determinar si existió algún delito en la incautación en 2014 de la planta que desala agua en el sur de la Isla. El plenario de un asunto que ha generado una enorme polémica en Canarias, teniendo en cuenta la repercusión que tiene el protagonista, se iba a celebrar en la sala de vistas que habitualmente utiliza la Audiencia Provincial de Las Palmas en sus desplazamientos, la misma que se ha utilizado estos días para el conocido caso Montecarlo, y estaba previsto que se prolongara la semana siguiente, los días 24 y 25 de mayo. Ahora, con esta información facilitada por el TSJC, la situación vuelve a dar un giro de tuerca y se sitúa donde el propio San Ginés y su defensa entienden que debería estar. 

La jueza ha dictado una providencia acordando suspender el señalamiento del inicio de la vista del juicio "a la espera de que la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas se pronuncie sobre la petición del ex presidente". De momento, se mantienen las otras dos fechas. 

Como se ha quejado San Ginés y como ya adelantó este diario, el juicio se iba a celebrar cuando la empresa que acusó inicialmente y que fue afectada por la orden del ex presidente, Club Lanzarote, retiró la denuncia, y el Ministerio Fiscal, lógicamente, calificó que no continuara el proceso, proceso que está sustentado en la acusación particular representada por los ex representantes de Podemos en la institución insular.

El pasado 17 de noviembre de 2020 la magistrada del caso en el que se juzgaba la incautación de la desaladora, María Luisa Moreno, decidió suspender la vista oral al inicio de la segunda sesión del juicio al entender, como explicó José María Calero, que no era competente para llevar el procedimiento y que éste se debía llevar a cabo, una vez que no se decidió suspender en su totalidad, en la Audiencia Provincial de Las Palmas al reclamarse para los tres acusados, el ex secretario del Cabildo Francisco Perdomo y el técnico José Juan Hernández Duchemín penas de más de 10 años de inhabilitación especial por sendos delitos de prevaricación, 12 años en concreto, y entender el letrado que ése era el órgano competente. Posteriormente, en diciembre de ese mismo 2020 fue la Audiencia Provincial la que acordó en diciembre que los tres acusados sí debían ser juzgados en Arrecife, con lo que devolvió el procedimiento al lugar del que en teoría no debería haber salido.

Comunicado de San Ginés

Después de que el Gabinete de Comunicación del TSJC diera a conocer la noticia, el afectado ha enviado un comunicado a los medios para aclarar lo que a su modo de ver es una información errónea de lo que verdaderamente ha ocurrido.

"Ante la suspensión del señalamiento para el día de mañana, 17 de mayo, del juicio por la incautación de la desaladora de Montaña Roja que se sigue contra mi persona, aclarar lo siguiente:

1 - No fue el pasado viernes 13 de mayo cuando por parte de mi defensa se presentó el incidente de nulidad de actuaciones ante la Audiencia Provincial, si no el pasado 19 de abril, ni es un incidente de nulidad de actuaciones lo que mi defensa ha presentado el pasado viernes en el Juzgado de lo Penal nº3 de Arrecife, como erróneamente se ha trasladado a los medios.

2 - El incidente de nulidad ante la Sección Sexta de la Audiencia Provincial fue presentado el pasado día 19 de abril por entender mi defensa, tal y como hemos venido sosteniendo desde el primer momento, que no existe acusación formalmente legitimada en el caso que nos ocupa, es decir, que las personas físicas que formularon la acusación nunca se personaron como parte del procedimiento ni existe resolución que les acepte como tales y, por tanto, no son parte del procedimiento.

3 – El incidente sostiene, que habiéndose retirado el querellante tras la resolución de clausura de la planta por parte del Gobierno de Canarias y el acuerdo alcanzado con el Consejo insular de Aguas y el Consorcio para la regularización de la situación, y habiendo solicitado la Fiscalía el archivo de las actuaciones, no existe acusación y, por tanto, en un estado de derecho no puede celebrarse juicio sin acusación.

4 – Lo que realmente ha ocurrido y puede haber generado el malentendido es que no fue hasta el pasado jueves día 12 de mayo, casi un mes después de haber presentado el referido incidente, cuando la Audiencia Provincial ha emitido providencia, dando audiencia a las partes para pronunciarse, con un plazo que finaliza después de la fecha de señalamiento para el comienzo del juicio.

5 – Es por ello, que mi defensa, justo el día después de dicha providencia, es decir, el pasado viernes día 13 de mayo e inmediatamente después de conocerlo, solicitó ante el Juzgado de lo Penal nº3 la suspensión del juicio hasta tanto la Audiencia resuelva si procede o no su celebración. Solicitud formulada en lógica consonancia con el criterio ya adoptado en su día por el propio Juzgado, cuando resolvió no señalar fecha para la celebración del juicio, hasta tanto la Audiencia Provincial resolviese un anterior incidente."

El Juzgado suspende el juicio contra San Ginés por la incautación de la desaladora
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