La letrada de la Administración de Justicia Águeda Reyes emitió el pasado viernes una diligencia en la que acuerda requerir a la Administración Concursal de Insular de Aguas de Lanzarote (INALSA) a que proceda en el plazo de quince días a presentar el informe definitivo de calificación conforme a lo establecido en el artículo 448 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC). Con esta actuación, tal y como han confirmado a Crónicas fuentes jurídicas, se quiere dar un penúltimo paso para dirimir la situación de una concursal que algunos dieron por cerrada pero que, como advirtió el actual presidente del Cabildo de Lanzarote, el nacionalista Oswaldo Betancort, no sólo está abierta sino que puede terminar con una sorpresa para todos los responsables de los consejos de administración que terminaron de hundir la compañía del agua y la llevaron a la situación que provocó la llegada de Canal de Isabel II como única vía de rescate posible. Una vez que los administradores concursales emitan su calificación, será el Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Las Palmas de Gran Canaria el que adopte las decisiones correspondientes sobre las reclamaciones que se han realizado por aquellas empresas que consideraron que fueron claramente perjudicadas cuando en teoría se cerró en falso el concurso de acreedores.
Lo cierto es que la causa estaba notablemente parada, y ha tenido que ser de nuevo impulsada para evitar que volviera a caer en el olvido. De hecho, el pasado 18 de mayo de 2025 este diario ya informó de que el magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Alberto López Villarrubia, había dictado un auto con el que ordenó la formación de la sección de calificación del procedimiento concursal de la antigua INALSA, asunto que algunos políticos creían extinguido pero que ya avisó Betancort que estaba abierto por la reclamación de algunos acreedores de la compañía.
En concreto, según reza el documento fechado el pasado 6 de mayo de 2025, Endesa Distribución Eléctrica, S.L. y Cial Canarias, S.L. figuran como demandantes de un proceso farragoso contra el resto de los intervinientes en el final de la concursal que se abrió sobre la compañía que controlaba el ciclo integral del agua en Lanzarote hasta la llegada de Canal Gestión. Aparecen así como demandados todos los componentes de la administración concursal, es decir, los integrantes de los últimos consejos de administración que se sentaron al frente de lo que era una compañía pública, y la Unión Temporal de Empresas (UTE) que se formó bajo la denominación de Edam Janubio, la misma que no ejecutó jamás la planta desaladora del sur de la Isla y que provocó que Fomento de Construcciones y Contratas (FCC) se llevara una cantidad millonaria. En el largo listado de acreedores de la compañía figuran numerosas empresas y algunos abogados, entre ellos, curiosamente, el actual senador por Lanzarote y La Graciosa, el socialista Manuel Fajardo Palarea.
Corujo llamó mentiroso a Betancort
El pasado 27 de febrero de 2025 la ex presidenta y actual consejera del Partido Socialista (PSOE) en el Cabildo de Lanzarote María Dolores Corujo aprovechó su último turno en un pleno para acusar a Oswaldo Betancort de mentir a la ciudadanía sobre la concursal de INALSA, afirmando de forma contundente que bajo su mandato ya se cerró de forma oficial el procedimiento que tuvo a políticos de su partido y del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL), principalmente, y también alguno de Coalición Canaria (CC), con los bienes embargados como posible garantía de pago del dinero que se adeudaba a los acreedores de una compañía pública que llevaron a la quiebra. “Míreme, presidente, por favor", soltó exhibiendo una hoja del juzgado que quería que todo el mundo viera. "No vuelva a mentirle a los alcaldes y alcaldesas en el Consorcio Insular del Agua. INALSA no está en un concurso de acreedores, lo puede ver aquí y se lo voy a dar al secretario de la corporación. Se lo voy a dar para que todo el mundo tenga constancia de que el presidente del Cabildo miente cuando dice que INALSA está en concurso de acreedores. Usted miente intencionadamente, deliberadamente, colocando a los alcaldes en una situación de indefensión jurídica sin precedentes”, denunció visiblemente enfada Corujo.
Durante su intervención la secretaria general del PSOE en Lanzarote exhibió un documento judicial en el que aseguró que se mostraba cómo la concursal de INALSA está cerrada, al contrario de lo que según ella transmitió el presidente del Cabildo en el último encuentro del Consorcio del Agua. La socialista incluso se colocó la medalla de haber cerrado esa puerta de la mala gestión del agua en tiempos pasados bajo su propio gobierno, cuando en realidad fue en tiempos de Pedro San Ginés y con la llegada de Canal Gestión cuando se depositó el dinero que en teoría terminó con el procedimiento judicial o al menos abrió la puerta para hacerlo. “El concurso de acreedores de Inalsa lo resolvió esta presidenta, lo resolvió. Luego que usted quiera mandar incidentes en sus guerras que tiene usted con los que fueran sus compañeros de partido, yo en eso no voy a entrar. Pero que Inalsa se resolvió el concurso de acreedores con mi presidencia sí, en auto firme”, apuntó la ex presidenta para cerrar su interpelación a Betancort durante el turno socialista de Ruegos.
El auto
A tenor del auto del mes de mayo de ese año es evidente que Betancort no mintió y Corujo sí. O uno estaba bien informado por los Servicios Jurídicos de la institución y la otra no tanto. El magistrado ordenó hace más de un año en su auto además de la formación de la sección de calificación del procedimiento concursal conceder a los acreedores y demás personas que acrediten interés legítimo un plazo de diez días para que soliciten personarse y ser parte en la sección y alegar por escrito cuanto consideren relevante para que la administración concursal o el Ministerio Fiscal puedan fundar la calificación del concurso como "culpable".
En los antecedentes del auto se recuerda que con fecha 3 de marzo de 2025 entraron en el Juzgado de lo Mercantil los autos de la Sección 5ª del Concurso Ordinario 37/2009, remitidos por la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Las Palmas, en la que se ha dictado en fecha 21 de febrero de 2017 en el Recurso de Apelación 473/2016 una sentencia firme por la que se revoca parcialmente la dictada por el mismo juzgado en fecha 13 de septiembre de 2013, en el único sentido de ordenar la formación de la Sección Sexta de calificación del presente procedimiento concursal.
En el presente caso, la apertura de la sección de calificación se acordó por la sentencia de fecha 21 de febrero de 2017 dictada en el recurso de apelación, por lo que su tramitación debe acomodarse a las normas anteriores a la reforma de la ley 16/2022.
