viernes. 29.03.2024

El funcionario ya jubilado Narciso Pérez González ha presentado un escrito en el Ayuntamiento de Arrecife en el que solicita después de percibir notable “inactividad” por parte de la institución que preside la popular Astrid Pérez que se le abone la defensa jurídica a la que tuvo que hacer frente después de denunciar públicamente que habían aparecido unos polémicos correos electrónicos en su taquilla. Lo llamativo del caso es que el ex policía local, que era en aquella época delegado sindical, terminó siendo denunciado por la institución y por las personas que aparecían en los correos que alguien se había descargado pirateando el servidor de la institución para terminar seleccionando lo que quien fuera entendía que era información que era necesario hacer pública, ya que algunas de las conversaciones debieron entender que podrían ser constitutivas de delito. Finalmente, en noviembre de 2020 se supo que la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas había absuelto al entonces policía local del delito de revelación de secretos por el que fue condenado inicialmente el 25 de noviembre de 2019 por el Juzgado de lo Penal Número 1 de Arrecife a 2 años de prisión. Desde esa fecha Pérez entiende, como se ha hecho con el resto de implicados en el asunto y como se hace en todos los procedimientos en los que está envuelto un funcionario que resulta inocente, que la institución debería haber abonado ya los gastos que tuvo que afrontar para defenderse.

Sin entender muy bien por qué se actúa así contra él, presentó un nuevo escrito a finales del mes de febrero al que ha tenido acceso este diario en el que solicita primero que le certifiquen que existe crédito disponible para el abono de esa defensa jurídica para hacer frente a lo que se derivó del procedimiento penal 103/2014, “donde el principal denunciante contra mi persona y profesión fue la administración”. “Un procedimiento en el que quien suscribe resultó absuelto definitivamente de todos los cargos que se le imputaban, en sentencia firme, acogiéndome desde el principio a la directiva de la Unión Europea 2019/1937 del Parlamento y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del derecho, para posteriormente solicitar dichos abonos en base a lo establecido en el artículo 46 del Convenio del Personal Funcionario en el Ayuntamiento de Arrecife, así como en el artículo 75.4 de la Ley 7/1985 de 2 de abril”, advierte el funcionario recién jubilado.

Pérez, que se queja de que no ha recibido respuesta hasta la fecha a ninguno de los escritos que ha presentado, recuerda a la institución que ha habido ya antecedentes recientes de personas que se encontraban en una situación parecida dentro de la plantilla y a las que sí se les ha abonado su defensa jurídica. Para que quede constancia oficial, reclama a la Secretaría del Ayuntamiento que le entregue un certificado que determine a qué trabajadores y por qué casos se les ha ingresado el dinero correspondiente. Asimismo, pide una certificación de cómo se realizó la retención de crédito en 2014 para los gastos de procurador y para la representación de Francisco Javier López.

Historia del polémico caso

El caso de los correos electrónicos ha sido uno de los muchos asuntos turbios y polémicos que han rodeado al Ayuntamiento de la capital de Lanzarote en las dos últimas décadas, poco antes y justo después de que saltara la operación Unión. Dicha causa, en la que Narciso Pérez fue juzgado por un delito contra la intimidad tras la intervención en varios medios realizando declaraciones vinculadas con la información que adelantó en primicia Crónicas Radio-COPE Lanzarote sobre el acceso ilegal que alguien realizó al servidor público de la institución, dejó patente que en aquel año se había filtrado información sensible sobre temas urbanísticos y de otra índole de la capital entre los tres titulares de dichos correos, el conocido abogado Agustín Domingo Acosta, el que era secretario del Ayuntamiento, Francisco Javier López, y la ex concejal de Personal Nayra Callero. Tras una primera absolución en 2018 emitida por los juzgados de Arrecife, los tres apelaron, junto al propio Ayuntamiento, en un recurso que dio lugar a la citada condena ahora tumbada.

El condenado interpuso un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que emitió una sentencia en la que se revocó la anterior decisión judicial y con la que se decreta la libre absolución del apelante del citado delito contra la intimidad, evitando así la pena de dos años de prisión, la inhabilitación durante ese periodo y el pago de una multa de 6 euros diarios durante 18 meses.

En sus declaraciones a Crónicas Radio, Narciso Pérez insistió en su momento en que el contenido de los correos es "gravísimo", apuntando en 2020 que todavía quedaba más documentación por salir y recordando que en ese mismo periodo alguien entró a robar en el Ayuntamiento "sin que aparentemente se forzaran cerraduras". En ningún caso se entró en el fondo de la cuestión, el contenido de los correos, ni en cómo pudieron llegar al buzón de un delegado sindical del Ayuntamiento. No se entró siquiera a investigar a fondo quién pudo acceder al servidor de la institución y descargó todos los mensajes que se enviaban los denunciantes, cuestión que ahora, tantos años después, quedará en el olvido. Finalmente, quien denunció el tema terminó siendo denunciado, cuando es obvio que Pérez, por sus conocimientos informáticos, no pudo ser quien accedió al servidor y descargó la información que no ha salido a la luz en su totalidad.

La nueva sentencia que le da derecho al ex funcionario a que no tenga que correr con los gastos de su abogado y procurador recogió que "no se ha acreditado que los correos se hubiesen obtenido de modo ilícito ni la persona o personas que accedieron a los mismos". El escrito judicial relata cómo Narciso Pérez afirmó en sede judicial que en enero de 2014 "le dejaron en su taquilla unos correos electrónicos junto con una nota anónima indicándole que había más escritos cerca del Ayuntamiento", correos que también hablaban del propio acusado, y sobre el que se decía que "se merecía un escarmiento". Parece que las amenazas finalmente se cumplieron porque Pérez fue suspendido de empleo y sueldo y le pusieron una demanda. “Resulta absolutamente fundamental para ello establecer la naturaleza de esas direcciones de correo, así como el contenido de los mismos, y desde esta perspectiva, si bien la sentencia en ningún momento, ni siquiera en la fundamentación de derecho, recoge el contenido literal de esos mensajes, se infiere de sus razonamientos que son relacionados con asuntos del Ayuntamiento, y que se trata de correos corporativos e institucionales, aspecto este último que admite expresamente”, dicen ahora los magistrados.

En su recurso, según explica la sentencia de la Audiencia Provincial, la defensa del ex delegado sindical de Arrecife impugnaba la condena de primera instancia "en un muy amplio recurso que se vertebra en torno a cuatro motivos concretos: por error en la valoración de la prueba; infracción de la presunción de inocencia; indebida aplicación de precepto penal sustantivo e infracción de la doctrina constitucional relacionada con la libertad de información”.

El policía local ha venido explicando que insistió en sede judicial en que en su día se filtraron correos electrónicos emitidos desde el Ayuntamiento de Arrecife y en que éstos podrían ser "constitutivos de delito". De hecho, el propio Domingo García, ex concejal de Alternativa Ciudadana 25 de mayo (AC25-M), que ya mostró en abril de 2015 su extrañeza en sede judicial por el contenido de los correos electrónicos filtrados y porque no se investigara el mismo y sí al denunciante, ratificó en COPE lo dicho en sede judicial. Todo, curiosamente, después de que el entonces alcalde, el nacionalista Manuel Fajardo Feo, no se centrara tanto en lo grave que fue detectar que alguien había pirateado los ordenadores de la institución y había accedido a todos los correos de la gente que trabaja dentro, descargándose correos personales que el agente de la Policía Municipal evidentemente no descargó, como se ha demostrado a lo largo del proceso. De ahí que la denuncia contra él no tuviera nada que ver con la sorprendente acción perpetrada por alguien con notables habilidades informáticas sino con el hecho de que dio a conocer información concreta sobre asuntos que Pérez consideró que había que hacer públicos y que había además que llevar ante la justicia, como finalmente se ha hecho en un proceso que camina paralelo por otro camino distinto.       

Entre los diversos fundamentos de derecho y anteriores doctrinas judiciales a las que recurre el Tribunal, la Sección Primera argumenta que "el contenido de lo revelado, en que se ha descartado que el acusado haya accedido a las cuentas de correo sino solo a unos mensajes concretos con un contenido ya muy acotado que un desconocido le ha hecho llegar y que lee antes de difundirlos, excluye por completo la afectación de la intimidad, luego no puede sostenerse que se revelen cuestiones de esta naturaleza, sino aspectos relacionados con asuntos propios de las funciones que desarrollan los afectados". "No afectan a la intimidad los nombres y apellidos de los perjudicados, por lo demás personas con responsabilidades públicas y de gestión de lo público en el Ayuntamiento concreto", argumenta la sala.

La Audiencia Provincial entiende en la referida sentencia que, para que fuera efectivo el presunto delito de revelación de secretos,"sí debe exigirse que los datos o información pertenezcan al ámbito privado y personal o familiar del sujeto".

Un funcionario reclama a Arrecife el abono de su defensa jurídica
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