El Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife, que preside Francisco Javier Bretones, ha absuelto al arquitecto Federico Echevarría y al constructor Antonio Caro tras considerar que los delitos de los que se les acusaba, contra la ordenación del territorio y el medioambiente, han prescito. Ambos eran juzgado debido a la construcción de unas viviendas que se realizaba en suelo rústico en un terreno que no era de su propiedad en las afueras de la capital conejera.
Octubre de 1999 fue cuando todo comenzó con la denuncia presentada por la familia Murillo ante la Guardia Civil por la construcción de hasta 53 viviendas. Echeverría y Caro vendieron las primeras casas a diferentes particulares y a continuación los propietarios fueron realizando obras de acondicionamiento.
La causa fue juzgada por primera vez a principios de siglo cuando se condenaba a los acusados a seis meses de prisión. Sin embargo tras una apelación se rebajó en febrero de 2017 y posteriormente la Audiencia Provincial de Las Palmas dictó en 2018 la nulidad de lo señalado y obligó a que nuevamente se realizara un juicio oral. La Fiscalía pedía para los promotores hasta cuatro años de prisión, inhabilitación especial del sufragio pasivo y una multa de seis meses por diez euros al día, además una inhabilitación para ejercer cualquier actividad vinculada a promoción inmobiliaria y construcción de viviendas.
Por su parte el Ministerio Público había solicitado entonces la demolición de las obras construidas entre las viviendas de la uno a la 12 de las parcelas A1, A2 y viviendas de la parcela A3 número 33 y 34 además de reponer la realidad física modificada.