Según lo que leo y analizo de los artículos 45 y 46 de la Constitución Española, hallo que dan derecho a los ayuntamientos a elaborar ordenanzas para obligar a los vecinos a que restauren las viviendas que posean en estado de descuido, ruina y/o abandono
Pienso que usando los artículos 45 y 46 el Ayuntamiento de Arrecife de Lanzarote puede elaborar un grupo de ordenanzas que le dan potestad para obligar a los vecinos a cuidar y restaurar las viviendas que tengan en estado de descuido, ruina y/o de abandono, que en su totalidad son más de 2.000 las habidas en las calles de nuestra urbe.
El Artículo 45 dice:
1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo. (RAE. Medio ambiente: Conjunto de circunstancias o condiciones exteriores a un ser vivo que influyen en su desarrollo y en sus actividades). Pero para mí medio ambiente es (biodiversidad) que se compone de tropósfera, estratósfera, mesósfera, termósfera ionósfera, exósfera, tierra, mar, humanos y animales.
2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.
El Artículo 46 dice:
Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.
Nota. Este artículo 46 expone claramente que el patrimonio histórico cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad, deben ser conservados y enriquecidos. Por lo tanto, los propietarios que posean inmuebles nuevos o antiguos, viejos y destartalados y que los mantengan descuidados y/o abandonados, en cualquier ciudad o pueblo de España, están por ley obligados a restaurarlos y a enriquecerlos, lo que quiere decir que pueden restaurar y modificar sus inmuebles antiguos, incluso los protegidos por los planes BIC; -Y en el caso de nuestro archipiélago-, la nueva Ley del Suelo de Canarias exige modificaciones estructurales modernas y aptas para los inmuebles antiguos y protegidos por los planes BIC que se deseen dedicar al turismo, sean inmuebles ubicados en zonas rurales o en ciudades.
Post datum:. (1). Los artículos 45 y 46 obligan cuidar y mantener los inmuebles antiguos en optimas condiciones, sin ratas, sin basura y sin contaminación, ( y no dejarlos abandonados en ruina), de lo que se entiende que aquellos inmuebles que se hallen no cuidados o abandonados deben ser restaurados. Y con la misma venia los artículos 45 y 46 dan potestad a los ayuntamientos para exigir a los propietarios -sin la obligación de solicitar permiso a Patrimonio-, a restaurar los inmuebles que posean en estado de descuido, ruina y/o abandono.
Post datum:. (2). En Arrecife los problemas que existen relacionados con las 2.000 y tantas casas que hay, que son antiguas, viejas, en ruina y/o abandonadas, son debidos a que muchos de los mayores que habitaban esos inmuebles han perecido, y sus herederos que actualmente habitan otras casas más modernas no se han preocupado de restaurarlos o derribarlos, por desidia o por falta de dinero. También algunos propietarios o herederos han abandonado dichos inmuebles porque se mudaron a otras viviendas más confortables y no han tenido tiempo de restaurar su vivienda; o hacen la vista gorda mientras esperan a ver lo que pueden hacer con la misma. En otros casos ocurre que la propiedad está en pleito entre herederos, etc de otros problemas.
Post datum:. (3). En Arrecife se encuentran varias casas antiguas con redes de protección cubriendo su frontis por causa de que varios cascotes se han desprendido de sus fachadas, por ejemplo en calle Real= León y Castillo, y también en otras como el último desprendimiento que hubo hace una semana que cayeron desde la parte baja de un balcón unos 50kg de cascotes que por poco no mató a una o a varias personas. Pronto los tour operadores dirán a los turistas que para visitar a Arrecife deben ir con casco de seguridad de obra para protegerse de la lluvia de cascotes meteoritos que suele ocurrir muy a menudo.
Ver en estos enlaces varios desprendimientos de cascotes:
http://www.cronicasdelanzarote.es/Los-bomberos-vuelven-a-retirar-cascotes-que-se-desprenden-de-diferentes.html
https://www.lancelotdigital.com/sucesos/los-bomberos-intervienen-ante-la-caida-de-cascotes-en-una-calle-de-arrecife
https://www.diariodelanzarote.com/noticia/se-desprende-y-cae-la-calle-parte-de-la-cornisa-de-un-edificio-en-arrecife
https://www.lavozdelanzarote.com/articulo/sucesos/caida-cascotes-edificio-arrecife-obliga-bomberos-intervenir/20180315140034125629.html
Ver artículos 45 y 46 en la Constitución Española:
http://www.congreso.es/constitucion/ficheros/c78/cons_espa.pdf