El jurado culpa de asesinato al hombre que mató de 56 puñaladas a su ex mujer
AGENCIAS
El jurado encuentra culpable de asesinato al acusado, Antonio Rosa.
Antonio Rosa Romero, que reconoció que el pasado 12 de diciembre de 2003 mató a su ex mujer de 56 puñaladas ante su hijo de seis años, es culpable de un delito de asesinato, según concluyó hoy en su veredicto el tribunal jurado de la Audiencia de Las Palmas que ha juzgado al acusado.
De forma unánime, el jurado ha considerado probado que Rosa Romero maltrató a la víctima, María José Hidalgo, desde el inicio de su matrimonio, que contrajeron el 8 de septiembre de 1995, y que la agredida sólo lo denunció una vez, tras lo cual abandonó el domicilio familiar con su hijo y se refugió en casa de su hermana.
A partir de entonces, María José inició los trámites de separación, que fue efectiva a partir de una sentencia dictada en 2002.
Según el veredicto del jurado, el día en que ocurrieron los hechos, Rosa Romero, militar en la reserva, se dirigió al domicilio de la capital grancanaria en el que residía María José para recoger a su hijo menor de edad "portando entre sus ropas un cuchillo de cocina de 14,5 centímetros de longitud", igual a otros dos encontrados en el domicilio del acusado.
"Tras inclinarse María José a dar un beso de despedida a su hijo e incorporarse, Antonio Rosa Romero comenzó a asestarle puñaladas hasta un total de 56 distribuidas en catorce en la parte anterior del tórax, cinco en la parte posterior del tórax, 22 en la zona abdominal, de las cuales ocho fueron en la zona púbica, cuatro en la zona lumbar y once heridas de defensa en extremidades superiores e inferiores", agrega el veredicto.
También considera probado por unanimidad el jurado que Antonio Rosa aprovechó que la víctima estaba "absolutamente desprevenida", por lo que "no tuvo opción alguna de repeler la agresión" y que le asestó 56 puñaladas "con la finalidad de aumentar deliberada e inhumanamente su dolor y sufrimiento".
"Pudo matarle en primera instancia, pero siguió para alargar su sufrimiento, como demuestra el hecho de que la víctima presentara heridas en órganos no vitales", afirmó la portavoz del jurado.
También manifestó unanimidad el tribunal jurado a la hora de considerar no probado que Rosa Romero apuñaló a su ex mujer presa de una furia incontrolable que limitaba seriamente su capacidad de voluntad y conocimiento, al considerar que, para que se de esta situación de furia hace falta, un arma cerca, como la que tenía Antonio, pero además provocación por parte de la víctima, algo que no se ha podido probar.
Por todo ello, el jurado ha considerado a Antonio Rosa Romero culpable de haber matado a su mujer María José Hidalgo "empleando medios que eliminaban su defensa y aumentando deliberada e inhumanamente el dolor de la víctima".
El fiscal, que solicitaba para el acusado una pena de 17 años y seis meses de prisión y una indemnización para su hijo de 100.000 euros, elevó hoy a 22 los años de cárcel, mientras que la acusación particular, ejercidas por la familia de la víctima, y la popular, ejercida por el Instituto Canario de la Mujer y el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, ratificaron su solicitud de 25 años de prisión.
Además, la acusación particular pidió que se añada a la calificación de los hechos el delito de malos tratos habituales, una indemnización de 300.000 euros para garantizar los estudios y la vida del menor hasta su mayoría de edad y, como medida cautelar, la prohibición para el acusado de aproximarse a su hijo y a los padres y hermana de la fallecida durante el plazo máximo legalmente previsto.
La defensa, ejercida por Javier Nart, solicitó en un principio la absolución de su cliente por entender que el acusado sufrió una enajenación transitoria y, posteriormente, una pena de siete años por el delito de homicidio con la eximente incompleta y con la atenuante de confesión.
Tras escuchar hoy el veredicto del jurado, Nart avanzó que recurrirá la condena, al no aceptar los hechos que el jurado considera probados, y solicitó la mínima pena correspondiente a un delito de asesinato, 20 años, lo que no significa, dijo, que esté conforme con el delito del que se acusa a su defendido.
Respecto a las medidas cautelares solicitadas por la acusación particular, la defensa afirmó que "la paternidad es un hecho irreversible" y que "el niño tiene derecho al padre", por lo que pidió que la prohibición de acercamiento del progenitor a su hijo de ocho años no sea efectiva hasta que cumpla los diez y cese a partir de los 18.