El abogado de uno de los absueltos por el caso Ocean King cree que un posible recurso ante el Supremo no prosperará
El pasado 12 de julio, Marcial Brito y Naff Ould Samba se declaraban inocentes ante la Audiencia Provincial de Las Palmas por el supuesto delito de tráfico de inmigrantes en el barco Ocean King. Un mes después, la Audiencia los absuelve del delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, por el que venían siendo acusados por el Ministerio Fiscal, debido a que el mantenimiento del secreto del sumario obstaculizó la defensa de ambos, tal y como lo anticipó este viernes un diario de circulación regional.
Brito y su abogado, Marcial Francisco Hernández, dijeron a Crónicas que aún no tienen la notificación de la sentencia. Sin embargo, a Naff Ould, el otro procesado, sí le llegó, y como es natural de inmediato se la trasladó a Francisco Torres Stinga, letrado que asumió su defensa. Aunque la sentencia no es firme, Torres Stinga cree que está tan bien fundamentada que, con las reservas oportunas, no es previsible que prospere un posible recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal ante el Tribunal Supremo.
Brito y su abogado, extrañados
Marcial Brito, más conocido como el Salao, no valorará la sentencia hasta no tener en su poder la notificación oficial, pero en el diálogo con esta redacción dio evidentes muestras de tranquilidad, y no es para menos, han sido cuatro años de lucha para demostrar su inocencia. Brito y su abogado estiman que el fallo se les comunicará oficialmente a partir del 1 de septiembre, aunque se mostraron extrañados porque la prensa lo conoció antes que ellos.
“Fueron absueltos por manifiesta indefensión”
En definitiva, lo que viene a decir la sentencia es que la juez instructora mantuvo el secreto del sumario durante dieciocho meses y que esta realidad pudo haber provocado la indefensión de los acusados. “Fueron absueltos por una manifiesta indefensión”, dijo Francisco Torres Stinga. En el punto tercero de los Fundamentos de Derecho la sentencia señala que ese mantenimiento del secreto ha propiciado, de forma notoria, que las partes se hayan visto privadas del ejercicio de las facultades de alegar e intervenir en la investigación para controlar su concreta práctica y contradecirla. La sentencia da cuenta además de las escasas diligencias de instrucción practicadas durante los dieciocho meses que permanecieron bajo secreto del sumario. Es más, continúa diciendo que es evidente que el lapso de tiempo transcurrido desde que se acordó el secreto hasta su levantamiento resulta excesivo. “La motivación de las resoluciones acordando el secreto o prorrogándolo es escasa, sin que ellas se puedan identificar las concretas circunstancias que motivan semejante restricción en relación al caso concreto; durante algunos periodos de tiempo fueron pocas, o casi inexistentes las diligencias practicadas...”. Según el fallo, el dato más relevante es que durante nueve meses, desde el 24 de mayo de 2003 hasta el 18 de febrero de 2004, se mantuvo el secreto de las actuaciones sin existir resolución expresa alguna que lo prorrogase y justificase, “lo que nos lleva a concluir que el secreto del sumario fue mantenido indebidamente”.
Recuerdo de los hechos
Cabe recordar que los hechos ocurrieron en agosto de 2002, cuando la policía interceptó a una veintena de ciudadanos senegaleses sin papeles en Puerto Naos, que aseguraban haber pagado entre 2.000 y 3.000 dólares americanos por un pasaje para llegar a Lanzarote. Los indicios llevaron a la policía hasta el Ocean King y hasta Marcial Brito y Naffa Ould, que fueron detenidos el mismo día. La última vez que se intentó celebrar el juicio, en octubre de 2005, tuvo que ser anulado por la ausencia del tercer acusado, el patrón del buque, Mohamed Ethmane, que sigue en paradero desconocido.