La Sala de lo Contencioso felicita al abogado Gustavo Falero, condena en costas a la institución y recuerda que Francisco Javier Clemente "desempeñaba labores de carácter permanente y estable"

El TSJC anula el despido del técnico del Área de Limpieza que ordenó Eva de Anta y condena al Ayuntamiento de Arrecife a readmitirlo en su puesto

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha fallado en contra del Ayuntamiento de Arrecife y le ha condenado en costas en un procedimiento en el que ordena la readmisión en su puesto de trabajo de Francisco Javier Clemente Rodríguez, el técnico que supervisaba el contrato de Limpieza del Consistorio y su relación con la empresa Urbaser y que la ex alcaldesa de la capital Eva de Anta decidió apartar de su puesto.

Aunque en una primera instancia la institución ganó el pleito contra el trabajador, el Alto Tribunal corrige el fallo inicial de fecha 27 de febrero de 2019 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1 de Las Palmas y revoca la decisión, estimando el recurso interpuesto y declarando que la relación de Francisco Javier Clemente con el Ayuntamiento subsiste y continuará "con los derechos profesionales y económicos inherentes a este vínculo desde la fecha del cese hasta que la Corporación local cumpla en debida forma lo que ordena la norma de carácter básico establecida en el artículo 10.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, y hoy en el mismo precepto del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre". Asimismo, la sala condena en costas a la institución.

En un contundente fallo al que ha tenido acceso este diario el TSJC, además de felicitar al abogado lanzaroteño Gustavo Falero por su escrito "escueto y brillante", subraya como "dato fundamental" que el Ayuntamiento de Arrecife no negara en ningún momento la labor que desempeñaba el técnico desde 2011 ni que en el momento de ser apartado de supuesto desempeñara "labores de carácter permanente y estable", incluidas la de inspección y supervisión de la limpieza viaria. "Tanto es así que el acto administrativo originariamente impugnado alude como motivo del cese al transcurso del plazo máximo de los programas de ejecución temporal sin concretar, pee a la intimación en tal sentido formulada por el señor Clemente, a qué específicos programas temporales se refería", resalta la Sala.

Así, determina que tiene razón la representación del apelante al considerar que la solución del litigio viene predeterminada por la doctrina jurisprudencial actualmente vigente.

Polémica decisión

El pasado 7 de septiembre de 2018 la entonces alcaldesa de Arrecife destituyó mediante la firma de un decreto al técnico que supervisaba el contrato con Urbaser en materia de limpieza en la capital de Lanzarote, según adelantó este diario.

Según fuentes municipales citadas entonces, la decisión de la regidora fue muy meditada y tenía que ver con las reiteradas quejas ciudadanas por el estado del servicio de limpieza en Arrecife.