Bruselas considera que España no tendrá excepciones a la compra de segunda residencia
El Ejecutivo comunitario no cree que en Canarias puedan aplicarse medidas para limitar la compra de segundas residencias por parte de los ciudadanos comunitarios, incluyendo a los propios isleños. “En España no hay ninguna excepción y, como Austria, no la tendrá incluso en el caso de las islas”, aseguraron fuentes comunitarias cuestionadas por si el Archipiélago podría plantear este tipo de medidas sobre la base de que se trata de un territorio pequeño y fragmentado, en el que se ha registrado un fuerte crecimiento poblacional, así como por su ultraperificidad (artículo 299.2 del Tratado). En cuanto al caso austríaco, las fuentes explicaron que no dispone de excepciones para la adquisición de residencias secundarias aunque “algunos casos” defendidos “por particulares han llegado ante el Tribunal de Justicia” de la Unión Europea (UE). “Algunos han ganado y otros han perdido”, añadieron y expresaron que en ocasiones el “interés general justifica que no se permita la compra” de, por ejemplo, “montañas”.
DINAMARCA Y MALTA, EN SUS PROTOCOLOS DE ADHESIÓN
Estas fuentes indicaron que los casos que existen en la Unión Europea para permitir que se restrinja la compra de segundas residencias fueron, mayoritariamente, excepciones al Tratado incluídas en sus protocolos de adhesión. Por ejemplo, Dinamarca, que accedió al club comunitario en 1973, incluyó en su protocolo la protección de las “reglas” que existían “respecto a la adquisión de segundas residencias”. El caso finlandés se refiere, en particular, a las Islas de Aland -un archipiélago finlandés, situado en el mar Báltico entre Suecia y Finlandia, pero de habla sueco-donde, en base a la Sociedad de las Naciones (creada en 1919 para poner orden tras la Primera Guerra Mundial) se determinó un régimen especial por el cual sólo pueden comprar viviendas los oriundos de estas islas, y ni siquiera pueden adquirirlas los finlandeses.
Por su parte, Malta, un Estado miembro isleño situado en el Mediterráneo que entró en la UE en la ampliación de 2004, consiguió mantener en su protocolo las “restricciones contra la compra de residencias secundarias por debajo de un determinado valor”.