viernes. 19.04.2024

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha estimado el recurso interpuesto por la Fundación César Manrique contra el Ayuntamiento de Costa Teguise, en Lanzarote, que autorizó en 1999 la construcción de un hotel de 912 habitaciones, vulnerando el Plan Insular de Ordenación de Lanzarote y superar la capacidad de edificatoria de alojamiento turístico del Plan Especial.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo cita que “en la tramitación municipal destaca la ausencia de estudio técnico y/o jurídico adecuado que certifique la concordancia entre proyecto básico y de ejecución, el planeamiento aplicable a la licencia, y los detalles del caso, en concreto si se habían comenzado las obras en el plazo otorgado para la licencia de 1988”.

Como se recordará hace poco tiempo también salía a la luz la sentencia de la sección segunda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), en relación a la demanda interpuesta por la FCM sobre la presunta ilegalidad

de la licencia concedida por el Ayuntamiento de Teguise para la construcción de 48 apartamentos en Costa Teguise, en la parcela 318-22 del Plan Parcial Costa Teguise.

Sobre este caso ya había sentencia anulatoria, a raiz del proceso emprendido sobre lamisma parcela por el Cabildo de Lanzarote.

De la sentencia dictada por el TSJC, la Fundación consideraba que tras varias sentencias anteriores en el mismo sentido emitidas por el TSJC en los últimos meses, el Tribunal vuelve a estimar los argumentos de la FCM para anular la concesión de la licencia otorgada el 14 de mayo de 1999, en esta ocasión, por el Ayuntamiento de Teguise.

Como ya ocurriera también en los anteriores fallos, el TSJC volvía a pronunciarse sobre algunos elementos esenciales. Sobre la necesidad del Ayuntamiento de Teguise de contar con un informe jurídico de la licencia. Como cita la sentencia, “en este caso, además, se trataba de una licencia en el ámbito de un Plan Parcial no adaptado al PIOT y estando suspendido el otorgamiento de licencias, lo que hacía dicho informe más importante, si cabe”. Y

continuaba la sentencia: “El Técnico Municipal advertía que ‘el proyecto técnico no cumplía con lo estipulado en el Plan Parcial en lo referente a volumen para el uso de

apartamentos y solicitaba un estudio jurídico para saber si se podía conceder' pero dicho informe nunca se emitió”.

Sobre la necesidad de que el Ayuntamiento de Teguise, antes de conceder la licencia, contara con un informe de compatibilidad con el PIOL emitido por el Cabildo, la Sala determinaba con rotundidad que “en el caso que nos ocupa, además del informe municipal se omite el informe previo, preceptivo y vinculante del Cabildo. Era necesario e indispensable el pronunciamiento del Cabildo respecto a la aplicación del Plan Insular de Ordenación de Lanzarote. La preceptiva emisión de aquel informe (o cuando menos su solicitud por parte del Ayuntamiento) conllevan el carácter contrario a derecho de la licencia, puesto que infringe reiteradamente el procedimiento establecido al no haberse recabado el citado informe”.

El TSJC deniega la construcción de un hotel de casi 1.000 habitaciones en Costa Teguise
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