El Tribunal Supremo anula el deslinde marítimo en Playa Blanca
El Ayuntamiento de Yaiza ha hecho pública la sentencia del Tribunal Supremo (TS) donde se anula el deslinde
marítimo terrestre en la localidad turística de Playa Blanca, en el sur de
Lanzarote.
El Alto Tribunal anula la orden del Ministerio de Medio
Ambiente, de fecha de 2 de febrero de 2000, por la que se aprobó el
deslinde de los bienes de dominio público marítimo terrestre del tramo de
unos tres mil trescientos metros de costa comprendido entre Punta
Pechiguera y Piedra Vieja, en el término municipal de Yaiza, donde la
entidad Club Lanzarote promueve la urbanización Montaña Roja, la mayor de
la Isla.
Según la corporación sureña, con este "nuevo varapalo para la Dirección General de Costas", el Tribunal
Supremo dictamina que el suelo de esta urbanización es urbano y por tanto
se ha de aplicar la normativa de 20 metros de servidumbre, y no 100 como
pretendía Costas.
Este nuevo fallo judicial vuelve a anular, en poco tiempo, otra orden
ministerial de otro deslinde marítimo en Playa Blanca, en ese caso en el
tramo comprendido entre el centro urbano de Playa Blanca y la urbanización
Las Coloradas.
La sección 5 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal
Supremo declara que ha lugar al recurso interpuesto por la promotora
contra una sentencia anterior de la Audiencia Nacional de fecha 19 de
abril de 2002.
En sus fundamentos de derecho, el Supremo señala en esta sentencia- en la
que ha sido ponente el magistrado Jesús Ernesto Peces Morate, "el
criterio a seguir es el recogido en el apartado tercero de la Disposición
Transitoria octava del Reglamento de Costas,aprobado por Real Decreto
1471/1989, de 1 de diciembre, según el cual, atendidas las circunstancias
del caso, la anchura de la zona de protección, aunque inferior a cien
metros, será la máxima posible dentro del respecto al aprovechamiento
urbanístico atribuido por el planeamiento, y con tal alcance deben ser
estimados el motivo de casación alegado y el recurso
contencioso-administrativo deducido contra la Orden del Ministerio de
Medio Ambiente, de fecha 2 de febrero de 2002, por la que se aprobó el
deslinde de los bienes de dominio público marítimo- terrestre de unos tres
mil trescientos metros de costa, comprendido entre la Punta de Pechiguera
y Piedra Vieja en el término municipal de Yaiza ( Lanzarote ), en el
ámbito del Sistema General Insular 1-4 Deportivo - Golf Montaña Roja".
Se da la circunstancia que este deslinde, ahora anulado por el Supremo,
fue elaborado por el entonces jefe de la Demarcación de Costas en
Canarias, José Fernández, actual director general de Costas del Gobierno
Central.
El alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, señaló que este dictamen del
Supremo es un "aliento" para lograr, además, la anulación de otra orden de
Costas que afecta al núcleo costero de El Golfo, en un tramo de unos
1000 metros y que afecta a un centenar de vecinos. El Ayuntamiento de
Yaiza ha solicitado a la Audiencia Nacional la anulación de ese deslinde
publicado en julio pasado.
También recordó el primer edil de Yaiza que este nueva sentencia firme del
Supremo declara " urbanos" los terrenos de esta quinta fase de la
urbanización Montaña Roja.