miércoles. 24.04.2024

El alcalde de San Bartolomé, Isidro Pérez, ha informado este martes en nota de prensa a todas las personas interesadas que se ha cumplido el mandato de juez de paz titular del municipio y como consecuencia de ello y conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial el Pleno del Ayuntamiento debe elegir a una persona residente en el municipio para ser propuesta al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) para su nombramiento. Con el anuncio publicado en el BOP Las Palmas nº21 de viernes 18 de febrero de 2022 se abre el plazo de presentación de solicitudes para que todas las personas interesadas puedan presentar la documentación que se indica en el mismo durante un plazo de quince días hábiles desde su publicación en el Boletín oficial de la Provincia de Las Palmas. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se elevará propuesta de nombramiento al Pleno Municipal.

Las personas interesadas podrán presentar sus solicitudes a través del Registro General o Registro Electrónico del Ayuntamiento de San Bartolomé, o en cualquier otro registro a los que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días a contar desde el día siguiente hábil a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Para ser Juez/a de Paz se requiere ser español/a, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el art. 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ni causas de incompatibilidad establecidas en el artículo 389, del mismo cuerpo legal.

El/la Juez/a de Paz titular será nombrado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. El nombramiento recaerá en la persona elegida por el Pleno del Ayuntamiento, con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros, entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten. Si no hubiere solicitante, el pleno elegirá libremente.

Los/as interesados/as deberán hacer constar en sus solicitudes sus datos personales, con fotocopia del DNI compulsada y deberán acompañar un currículum vitae donde consten sus estudios, y vida profesional, así como los documentos que acrediten los méritos expuestos en su currículum.

Asimismo se presentará declaración jurada de no estar incurso en las causas de incapacidad que establece el art. 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la causa de incompatibilidad y prohibiciones reguladas en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial señalando en su caso las excepciones que establece el art. 14 del Reglamento 3/1995 de 7 de Junio.

Los/as Jueces de Paz y sustitutos/as deberán residir en la población donde tenga su sede el Juzgado de Paz, en este caso el Municipio de San Bartolomé, a tal efecto el Ayuntamiento procederá a comprobar su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de este municipio.

San Bartolomé busca nuevo juez de paz para el municipio
Comentarios