La Cotmac emite un informe favorable que permite seguir tramitando el Plan General de Arrecife
- Cándido Reguera (PP) asegura que el informe sólo da admisibilidad a la documentación técnica presentada, con lo que tras un nuevo periodo de alegaciones el Ayuntamiento puede seguir adelante con la aprobación provisional del Plan General
La Comisión de Ordenación Territorial y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC) emitió el pasado 12 de diciembre un informe favorable sobre la base legal de la aprobación inicial del “Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Arrecife. Revisión y adaptación a las Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias”.
Dicho estudio avala la teoría del teniente de alcalde de Arrecife y concejal de Urbanismo, Antonio Hernández, quien hasta la fecha respaldó que la aprobación inicial del Plan General debía ser modificada, pero nunca retirada totalmente para la elaboración de un nuevo documento, como postulaba el Partido Socialista y socio de gobierno del PIL. Este mismo jueves fue precisamente Hernández quien daba cuenta de dicho informe a la Junta de Gobierno de Arrecife.
El informe de la Cotmac reconoce que existen errores en la aprobación inicial del Plan General e incluso los identifica, pero asegura que son susceptibles de subsanación, con lo que con dicho respaldo legal, y una vez corregidos dichos errores, el Ayuntamiento estaría ahora mismo en condiciones de abordar la aprobación provisional del documento.
El estudio no entra a valorar las alegaciones vertidas a la aprobación inicial del PGOUA, ni analiza si la subsanación de las modificaciones sustanciales, que indica que son posibles, estarían dentro de plazo, que expira el próximo 1 de junio, cuatro años después de que comenzara su tramitación.
Por el contrario, el informe emitido por la Comisión de Ordenación Territorial y Medio Ambiente de Canarias se limita a corroborar el contenido documental del expediente para continuar con su tramitación, y a determinar que ésta cumple con los requisitos exigidos, por un lado en el Decreto 129/2001, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cotmac; por otro, en el Reglamento de Planeamiento Estatal (Real Decreto 2159 / 1978, de 23 de junio); y, por último, en el acuerdo de la CORMAC de 4 de agosto de 2006, relativo al Documento de Referencia para elaborar los Informes de Sostenibilidad de Planes Generales de Ordenación (BOC 2006 / 159, de 16 de agosto de 2006).
Así lo puso de manifiesto este jueves el portavoz del Partido Popular (PP) en Arrecife, Cándido Reguera, quien aseguró que el informe de la Cotmac se limita sólo a dar admisibilidad a la documentación técnica presentada -“no entra a valorar ningún tipo de decisiones políticas- con lo que, “tras un nuevo periodo de alegaciones, el Ayuntamiento puede seguir adelante con la aprobación provisional del Plan General”. Para los populares, PIL y PSOE han estado “perdiendo el tiempo durante estos siete meses, mareando la perdiz porque esto ya se sabía. El problema es que ni han tenido, ni tienen aún hoy modelo alguno de ciudad”.
Informe económico y financiero
El informe de la Cotmac, que divide los requisitos exigidos al Plan General de Arrecife en tres apartados distintos, explica que en el índice general del documento no figura independientemente el Estudio económico y financiero al que alude el Reglamento de Planeamiento. Sin embargo, aunque en la documentación aportada se dice que “se considera incorrecto aventurar en este documento previsiones concretas imposibles de acreditar”, también se indican los “medios económicos y los instrumentos y líneas de financiación potencialmente adecuadas para afrontar las inversiones necesarias”.
Al respecto, la Cotmac sugiere al Ayuntamiento de Arrecife que, de cara a la aprobación provisional, pormenorice las actuaciones contempladas en el Plan General, de forma que se identifiquen individualmente los costes de las adquisiciones de suelo y los costes de construcción de cada una de las partidas, incluyendo la previsión de qué organismo asumirá estos gastos.
Informe de sostenibilidad
La Cotmac sí encuentra deficiencias en el informe de sostenibilidad ambiental, que habrá que subsanar. El estudio informa al Ayuntamiento de que dicho informe deberá incluir la evaluación ambiental de la ordenación pormenorizada, es decir, la de los ámbitos de Suelo Urbano No Consolidado y de los sectores de Suelo Urbanizable Sectoralizado Ordenado. Asimismo, la Cotmac comunica al Ayuntamiento que en el informe de sostenibilidad también hay que incluir un mapa de riesgos naturales del ámbito objeto de ordenación (las de nueva urbanización, las que supongan reformar o renovar la urbanización de un ámbito de suelo urbanizado y las actuaciones de dotación).
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Errores detectados y a subsanar
Entre los errores que la Cotmac ha hallado en el expediente del Plan General de Arrecife para su subsanación, el informe cita los siguientes:
- Las páginas impares del Informe de Sostenibilidad, en el Tomo 1, cuentan, sobre Información y Diagnóstico Ambiental, cuentan con el sello de diligencia de aprobación inicial pero éstos se encuentran sin firmar.
- Las páginas pares 2 del Informe de Sostenibilidad, en el Tomo 2, carecen de firma.
- Las páginas pares del apartado de la Ordenación Estructural, en el Tomo 1,1, en el apartado de la Memoria, carecen de sello de diligencia de aprobación inicial.
- En la tabla de la página 32, en el Cuadro comparativo de la clasificación del suelo, el porcentaje de Suelo Urbano Consolidado (26%) no coincide con el recogido en las tablas de las páginas 31 y 36 (27,3%). Según estas últimas, el 26% corresponde al Suelo Urbano Consolidado Ordenado, no al total de suelo urbano consolidado.
- En la tabla de la página 128 (oferta alojativa), el total de plazas autorizadas es 522, no las 552 que figuran. Por tanto, el total de plazas hoteleras tampoco coincide (son 1.089 en lugar de las 1.119 que se reflejan), y el total de plazas en Arrecife tampoco cuadra (1.966 en vez de 1.996).
- Las páginas impares de la Ordenación Estructural, en el apartado 2 del Tomo 1 sobre Normas de Ordenación Estructural y Fichero de Sistemas Generales (Dotaciones y Espacios Libres) están sin diligenciar.
- Las páginas pares del Plan Operativo, dentro del apartado 1 del Tomo 2 sobre la Memoria de Ordenación Pormenorizada, están también sin diligenciar.
- Las páginas pares del Plan Operativo, dentro del apartado 2 del Tomo 2 sobre Normas de Ordenación Pormenorizada / Convenios, tampoco están diligenciadas.
En este apartado, dentro del Anexo de la Memoria de la Información Pública del Avance “Sectores de Suelo Urbanizable” figura en varios cuadros el Sector 2.S.8 Centro Experimental de Viviendas Bioclimáticas en la que la edificabilidad de 0,30 metros cuadrados / m2 se corresponde con la que figura en la ficha del sector que se incluye en el apartado correspondiente a los Convenios Urbanísticos. No obstante, dice la Cotmac que la superficie edificable resultante que se obtiene no guarda relación con ese coeficiente de edificabilidad: 52.114 m2 x 0,30 m2/m2=15.634,2 m2 (figuran 17.484, se aplica 0,335 en lugar de 0,30).
- Las páginas pares del Plan Operativo, en el apartado 3 del Tomo 2 sobre Fiechero de Ordenación Urbanística - Programa de Actuaciones, están sin diligenciar.
En el cuadro resumen por Áreas Territoriales de la ordenación del CUCU (AT-2) figura en el área 2.9.4 Rambla Argana Baja un coeficiente de edificabilidad de 0,60 m2/m2. Para que se obtenga la edificabilidad que consta en el cuadro debe figurar 0,658 m2/m2, en lugar del 0,60 señalado. Al respecto, la Cotmac indica que en el documento de tramitación 2006, para Argana Baja se refleja un coeficiente de edificabilidad de 0,66 m2/m2.
- Las páginas pares del Documento Anexo Tomo II - Información Actualizada y complementaria, cuentan con sello de diligencia pero éste se encuentra sin firmar. El Plan I-4-1 (Estudio previos Organización Suelo Industrial -Sector Altavista-Zona Tenorio) tiene sello -apenas visible- y está sin firmar.
- Las páginas pares del Documento Anexo Tomo 1.1. - Información Pública del Avance (Memoria) cuentan con sello de diligencia, pero sin firmar.
- Las páginas pares del Documento Anexo Tomo 1.2 -Información Pública del Avance (Fichero de sugerencias) cuentan con sello de diligencia, pero sin firmar.