El Gobierno de Ángel Víctor Torres trató de que sólo se aplicaran los 100 metros de servidumbre en esa zona. La defensa legal del establecimiento está convencida de ganar otro contencioso por algo que es “arbitrario” y “absurdo” y que no se puede aplicar de forma selectiva. De ser así, habría que derribar prácticamente la totalidad de los hoteles de Lanzarote

La historia del deslinde del hotel Papagayo Arena que no se corresponde con la realidad

Imaen del acceso al mar ya terminado que han realizado los propietarios del hotel Papagayo Arena.
La empresa propietaria del establecimiento ha terminado el acceso al mar que se le ha pedido y está cumpliendo con todo lo que le reclaman, en total sintonía con el Ayuntamiento de Yaiza. Tanto la institución que preside Óscar Noda como ellos saben que la cúpula del PSOE local no va a lograr su objetivo de derribar el hotel al no existir ningún tipo de orden o sentencia que lo determine, como saben que seguirán sacando noticias al respecto

Desde hace décadas, desde que al Partido Socialista (PSOE) del entonces líder Carlos Espino se le metió entre ceja y ceja por razones que nadie alcanza a entender, el hotel Papagayo Arena, hoy Sandos, se ha convertido en el centro de todas las polémicas para una parte de la política local. De vez en cuando, como si de un mantra se tratara, al más puro estilo de los Ojos del Guadiana, el tema del establecimiento aparece y desaparece de la actualidad informativa. ¿Es un hotel ilegal, hay que derribarlo? Han pasado todo tipo de gobernantes y de partidos por el Ayuntamiento de Yaiza, el Cabildo de Lanzarote y el Gobierno de Canarias y todos han coincidido en lo mismo, en que es un establecimiento absolutamente legal que tiene algunos problemas que se han ido solventando, como ha sucedido con otros hoteles de los que no se habla. En peor situación se encuentra por ejemplo el hotel Son Bou, la ampliación del Princesa Yaiza, establecimiento sobre el que existe sentencia firme de derribo y dos proyectos distintos del Ayuntamiento sureño para acometer la obra correspondiente y sobre el que el PSOE, liderado ahora por la diputada María Dolores Corujo, por algún extraño motivo ha dejado de hablar, como lo ha hecho de otros asuntos urbanísticos todavía por resolver en esa zona como el famoso y polémico Kikoland. Fueron temas, como lo fue la bodega Stratvs, vinculados al empresario local Juan Francisco Rosa, también durante décadas objetivo prioritario de las críticas de esa parte que dirige el PSOE. Hoy, por suerte para él y para su familia, a la que se ha machacado sin el menor de los escrúpulos, ya no se habla ni de ese empresario ni de la situación de sus negocios, y nadie ha explicado por qué; ahora sólo centran su atención, al menos de momento, en el recurrente asunto del Papagayo Arena.

La casa particular que se ha querido proteger queda por delante del hotel y al lado del nuevo paseo.

Lo curioso es que mientras algunos se empeñan en mantener el ruido, la obra que los propietarios del establecimiento debían hacer para contar con un nuevo acceso al mar, todo bajo la supervisión del grupo de gobierno de Yaiza, está terminada y seguramente se presentará en breve. Así se lo hizo saber en abril de este año el alcalde sureño, Óscar Noda, a la portavoz socialista, Carmen Guadalupe, que intervino en una sesión plenaria para volver a soltar lo que alguien le escribió en el guión que parece infinito, el que tiene que ver con que el hotel es ilegal y que ni siquiera tendría derecho a una reclamación patrimonial si se atiende a los informes de Costas. Nada más lejos de la realidad, como trató con notable paciencia de explicar Noda, que no entendió en ningún momento el empeño de los socialistas en ir contra un establecimiento que es absolutamente legal y que no tiene sentencia firme de derribo. El alcalde le explicó una vez más que el establecimiento es legal, que no tiene ninguna orden de derribo y que los propietarios están colaborando en todo momento para hacer lo antes posible las cosas que marca la justicia, como el famoso acceso al mar del que ya disfrutan no pocas personas.

La cúpula del PSOE que dirigía Carlos Espino anunció en varias ruedas de prensa su intención de derribar el hotel Papagayo Arena.

Con el ir y venir de la historia del hotel Papagayo Arena, con el uso político que han tratado de hacer, se ha hecho mucho daño a su imagen pública y también se ha atacado a la plantilla que lo conforma, a su personal. No le importó al PSOE de Ángel Víctor Torres sacar la sensibilidad laboral y la defensa de los puestos de trabajo con la plantilla de los dos hoteles que están construidos en medio de las dunas de Corralejo cuando se habló de su derribo pero sí les ha importado poco lo que podría haber ocurrido de seguir con su plan con los trabajadores de este otro establecimiento, que está en una situación infinitamente mejor que los de Fuerteventura. Pero lo último ha sido el empeño por determinar que el establecimiento no cumple con la Ley de Costas. Y claro que no cumple con la actual normativa, como el cien por cien de los establecimientos que tienen vistas al mar en la misma franja urbana de Playa Blanca o los que están en otras zonas turísticas de Lanzarote como Puerto del Carmen o Costa Teguise. Ni el Arrecife Gran Hotel cumpliría con la actual normativa que sorprendentemente algunos sólo quieren aplicar al Papagayo Arena.

Graves errores con el deslinde de Costas en Yaiza

Precisamente durante el Gobierno del socialista Ángel Víctor Torres y con el ex trabajador del Cabildo Leopoldo Díaz de viceconsejero de Política Territorial, el mismo técnico que ejerció funciones de secretario del Ayuntamiento de Arrecife y al que el nacionalista Pedro San Ginés apartó del puesto de jefe de la Oficina del Plan Insular por entender que trabajaba más al dictado de los socialistas y de la Fundación César Manrique que al del interés público, se recomendó establecer la servidumbre de protección en 100 metros en zonas consolidadas por la edificación, mientras que en zonas no edificadas la establecía en 20 metros. Costas del Estado afeó este criterio argumentando que no tenía sentido establecer la servidumbre en 100 metros en terrenos edificados, donde ya no había nada que proteger, y fijarla en 20 metros en suelos sin edificar. El PSOE, con la fijación con el hotel Pagagayo Arena, solicitó que la servidumbre estableciera  100 metros en este tramo de la costa, a pesar de que el departamento estatal había manifestado en dos ocasiones que la servidumbre era de 20. El criterio estatal prevaleció durante la construcción del hotel y durante la adaptación del Plan Parcial Las Coloradas al PIOT. Inexplicablemente, y a instancias del Gobierno de Canarias de Torres, siguiendo la línea argumental que sus compañeros mantenían contra ese establecimiento en Lanzarote, Costas del Estado cambió de criterio y fijó la servidumbre de protección en el ámbito del Plan Parcial a 100 metros, afectando no sólo al hotel Sandos Papagayo Arena sino también al Dream Castillo y al resto de edificaciones de esa zona. Ese acuerdo, según han confirmado a Crónicas fuentes judiciales, se encuentra recurrido ante la Audiencia Nacional y tiene visos de no prosperar habida cuenta de las contradicciones en las que han incurrido los órganos autonómicos y estatales, no sólo por el cambio de criterio sino por el agravio comparativo que supondría establecer 20 metros de servidumbre a edificios ya construidos hace años como el Papagayo y no aplicar la misma medida al resto.

Recurso por los 100 metros selectivos

En el recurso, la representación legal de los establecimientos afectados pide que se acuerde anular la Orden Ministerial impugnada en lo que se refiere a la fijación del nuevo ancho de la servidumbre de 100 metros en los vértices M-297 a M-314, correspondientes al Plan Parcial Las Coloradas, y en lo que afecta a la actual Parcela AB1 del Plan General de Ordenación Urbana Supletorio de Yaiza, en las parcelas 1 y 2 del Plan Parcial Las Coloradas aprobado en fecha 4 de enero de 1988.

En el recurso Contencioso-Administrativo contra la Orden Ministerial de 2 de julio de 2024, dictada por la directora general de la Costa y el Mar por delegación del Ministerio, se establecía el límite interior de la zona de servidumbre de protección comprendido entre Piedra Vieja y Baja Cumplida de 100 metros, dentro del Plan Parcial Las Coloradas. “Ese Plan estableció en el año 2000 una servidumbre de protección de 20 metros cuando se adaptó al Plan Insular de Ordenación del Territorio de Lanzarote (PIOT). El establecimiento de esa servidumbre fue requerida por la Dirección General de Costas en un Informe del año 1998 y que fue aprobado después favorablemente en el año 1999. La Demarcación de Costas de Canarias replantearía el deslinde de la Playa de las Coloradas en el año 2002 grafiando la servidumbre de protección con el ancho de 20 metros. Con esa servidumbre de protección se construyó el hotel de mi representada en las Parcelas 1 y 2 del Plan Parcial, obteniendo la licencia de primera ocupación en el año 2004, fecha desde la que permanece en funcionamiento. El hotel queda ahora afectado, prácticamente en su totalidad, por la ampliación del ancho de la servidumbre a 100 metros, como también la ordenación urbanística de las Parcelas 1 y 2, cuya superficie queda afectada en gran parte por la zona de protección, sometida a un régimen jurídico donde está prohibido el uso de habitación y residencial y, por ende, el hotelero. La fijación de este nuevo ancho nada tiene que ver con una alteración física de los terrenos ni de la costa, ni con ninguna variación de la línea del dominio público marítimo terrestre, que, de hecho, no se modifica en este ámbito y se mantiene exactamente igual que estaba hasta ahora. La ampliación del ancho se fija, exclusivamente, en aplicación de la disposición transitoria tercera.2 b) de la Ley 22/1988, de 28 de julio de Costas. Al albur de esa disposición transitoria la Administración revisa de facto, al margen de los procedimientos legalmente establecidos, una decisión que ya tomó hace más de 25 años. Con la urbanización de los terrenos ejecutada, y el hotel construido desde el año 2004, revisa de nuevo el estado de ejecución del Plan Parcial en el año 1997, cambia de opinión 25 años después, y sostiene ahora que, a esa fecha de 1997, el Plan no estaba ejecutado, para justificar el nuevo ancho de la servidumbre de protección. Eso es un disparate, una actuación arbitraria que se adopta aun habiendo reconocido la Dirección General de la Costa y el Mar en el expediente de deslinde que carece de sentido fijar un ancho de 100 metros a la vista del estado de consolidación del sector por razón de la edificación”, sostiene la defensa del establecimiento en su recurso.

El propio Gobierno de Canarias deja claro en su informe del 17 de mayo de 2022 sobre la solicitud de incoación de expedientes de deslinde en la costa del municipio de Yaiza, con objeto de la emisión del informe previsto en los artículos 112 y 117 de la Ley de Costas, en relación con el Plan General Supletorio, que no se contempla un plazo máximo para la presentación y aprobación del proyecto de urbanización, iniciándose las etapas correspondientes a partir de la fecha de la presentación de la redacción del mismo.

El Ejecutivo también subraya en su informe de ese 2022 que el Proyecto de Urbanización de Cortijo Viejo fue aprobado con carácter inicial por acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Yaiza el 31 de octubre de 1988, por lo que a la entrada en vigor de la Ley de Costas no existía incumplimiento de los plazos para la ejecución del Plan Parcial.

En sus conclusiones ratifica que el planeamiento vigente a la entrada en vigor de la Ley de Costas era el Plan General de Ordenación del Término Municipal de Yaiza aprobado el 30 de marzo de 1974, que clasificaba los suelos de la Urbanización de Las Coloradas como Suelo de Reserva Urbana – Subzona Especial Costera con uso turístico 1 (0,7 m³/ m²). El Plan Especial de Ordenación Urbanística fue aprobado definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo el 30 de marzo de 1974. Además, a la entrada en vigor de la Ley de Costas, no existía incumplimiento de los plazos para la ejecución del Plan Parcial. “Por lo tanto, dado que se cumplen las condiciones establecidas en el apartado 2b. de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley de Costas, se propone una anchura de la servidumbre de protección de 20 metros”, subraya el Gobierno autonómico en su informe.

Por otro lado, en la respuesta del Gobierno central al informe del Gobierno de Canarias sobre el expediente de deslinde y establecimiento de la anchura de la servidumbre de protección en los aprobados por ordenanza municipal de 17 de mayo de 1985, 2 de diciembre de 1986, 22 de octubre de 1986, 23 de julio de 1986, 4 de noviembre de 1986, 23 de enero de 1987, 2 de diciembre de 1986 y 23 de julio de 1986, respectivamente, también queda meridianamente claro el asunto.

En relación con la solicitud remitida desde la Consejería de Transición Ecológica y Lucha Contra el Cambio Climático del Gobierno de Canarias de incoación del expediente de deslinde de los expedientes de referencia, en el apartado relativo a la anchura de la servidumbre de protección en relación con el razonamiento aportado por la Consejería relativo a los terrenos afectados por el Plan Parcial Las Coloradas, en el que plantean el establecimiento de una anchura de la servidumbre de protección comprendida entre 20 y 100 metros en el tramo comprendido aproximadamente entre los vértices 124 a137, dice textualmente el Ministerio que “ha de indicarse que dicho tramo está totalmente edificado, por lo que, en principio, podría considerarse que la ejecución del planeamiento se ejecutó en los plazos previstos”. “Por otra parte, teniendo en cuenta que el objeto de la servidumbre de protección es como su propio nombre indica la protección del dominio público y en especial de la ribera del mar, carece de sentido proponer anchuras mayores en terrenos totalmente edificados y que por tanto ya no pueden proporcionar ninguna protección al litoral”, remarca el Gobierno central.

Argumentos del deslinde

La representación legal del establecimiento tiene muy claro el farragoso asunto, sabe que se cae de maduro teniendo en cuenta el agravio comparativo que supondría aplicar una normativa de forma selectiva con un establecimiento de estas características y con otros no. “Como quiera que determinados ámbitos de suelo no ejecutaron la urbanización en los plazos previstos en los correspondientes instrumentos de planeamiento, en nuestro caso, el Plan Parcial Las Coloradas fue aprobado definitivamente el 4 de enero de 1989, y la urbanización debía ejecutarse en el plazo de 9 años, según el plan de etapas contenido en dicho documento, por lo que la urbanización debió terminar el 4 de enero de 1997. Sin entrar a discutir que consideramos, y así se ha acreditado, que la urbanización estaba prácticamente terminada en dicha fecha, la Administración considera que no, y la consecuencia de dicho incumplimiento es que delimita la servidumbre de protección con una distancia de 100 metros mas de 25 años después de ese supuesto incumplimiento de plan de etapas, en un suelo colmatado por la edificación, donde dicho por ellos mismos ya no hay nada que proteger”, remarcan en su defensa del litigio. “Por otra parte, teniendo en cuenta que el objeto de la servidumbre de protección es como su propio nombre indica la protección del dominio público y en especial de la ribera del mar, carece de sentido proponer anchuras mayores en terrenos totalmente edificados y que por tanto ya no pueden proporcionar ninguna protección al litoral”, señala su defensa letrada.

Es importante destacar que durante la ejecución de las obras de edificación del hotel Papagayo Arena, concretamente el 31 de julio de 2002, Costas del Estado realizó una inspección de las obras, replanteando la servidumbre de protección en 20 metros y asegurando que se habían pasado en una franja de 1 metro de ancho por 40 metros lineales de largo. Luego se comprobó que era una jardinera que la empresa retiró al día siguiente. En ese momento, teniendo en cuenta esta historia, la pregunta es sencilla y la deberían contestar los políticos que están dentro de este monumental embrollo que ha generado una ingente cantidad de papeleo y de gastos de recursos públicos realmente para nada: ¿por qué no dijo Costas en ese momento que se había incumplido el Plan de Etapas y que la servidumbre era de 100 metros? No es hasta más de 25 años después, con un Plan Parcial colmatado al cien por cien por la edificación cuando la administración, prescindiendo de sus propios actos, del principio de confianza legítima, de la más elemental seguridad jurídica, monta un deslinde cuyo objetivo parece ser en exclusiva y de forma selectiva, como ha pretendido siempre la cúpula del PSOE local y la Fundación César Manrique, el hotel Papagayo Arena. De hecho, el PSOE que sí vio bien que se construyera el monstruo que se ha hecho al lado del puerto Marina Rubicón, el del conocido como Caso Yudaya, ha manifestado en varias ocasiones que la aprobación de ese deslinde supone que el hotel tendrá que ser demolido, cosa que es absolutamente incierta como el tiempo está demostrando. Si se perdiera el procedimiento entablado, pendiente de sentencia, frente a la que cabrá recurso, el hotel quedaría fuera de ordenación pero no habría que demoler nada en absoluto, tal y como sostienen importantes juristas consultados por este diario.

Siempre hay que recordar que ese hotel se construyó en una parcela turística con suelo urbano y urbanizable, y con licencia del Ayuntamiento de Yaiza. Como también reconoció en su día el propio Carlos Espino y el que entonces era diputado nacional del PSOE Miguel González, si se derribara el hotel habría que fijar una indemnización, que en aquella época establecieron en 80 millones de euros a ojo de buen cubero, pero que seguramente alcanzaría en cualquier tribunal, de producirse el derribo que persiguen, una cantidad muy superior.