sábado. 20.04.2024

El Ministerio Fiscal que está inmerso en la causa que estudia la relación entre el ex presidente del Cabildo de Lanzarote Pedro San Ginés y el abogado Ignacio Calatayud ha presentado un escrito en el Juzgado de Instrucción Número 4 de Arrecife con el que se opone a la pretensión de la actual presidenta de la institución, la socialista María Dolores Corujo, de recusar al juez Ricardo Fiestras. Así lo ha adelantado en primicia informativa este jueves en el programa "A buena hora" de Crónicas Radio el propio San Ginés y así lo ha podido confirmar posteriormente este diario accediendo al escrito y al razonamiento del fiscal que forma parte de la compleja causa. 

En el punto quinto de su escrito, el Ministerio Fiscal entiende que no concurren desde el punto de vista jurídico ninguno de los supuestos en que la recusante concreta su fundamentación. Como ya explicó este diario, María Dolores Corujo y el abogado que contrataron desde el Consorcio del Agua para llevar este procedimiento basaron sus argumentos de recusación en una información publicada por el diario Canarias Ahora y firmada por el periodista Carlos Sosa en la que mostraban una especie de vínculo entre el juez, su hermana, una empresa de coches de alquiler y Calatayud, algo que para el fiscal en ningún caso puede tener nada que ver con la realidad de un vínculo que no sustenta tan grave sospecha, la de que el juez que la Audiencia Provincial de Las Palmas ha ordenado que investigue la causa no va a realizar su trabajo de forma honesta, justa e imparcial. 

Independientemente del hecho de si Corujo y el abogado tenían potestad para presentar la recusación contra Fiestras, asunto sobre el que habló el día anterior Coalición Canaria (CC) al afirmar que los alcaldes de Lanzarote se han desmarcado de algo que tampoco va con ellos, aseverando en diferentes intervenciones en el programa "A buena hora" que no habían dado su consentimiento para semejante trámite, nada menos que recursar a un juez, el Ministerio Público se basa en analizar lo que aportan en sede judicial. Así, en el escrito determina que el actual juez instructor no ha participado en la instrucción de la causa penal, causa prevista para que el órgano de enjuiciamiento se abstenga de conocer lo que ha instruido previsamente y que no opera en el caso de autos, ni ha resuelto el presente pleito en anterior instancia, fundamentalmente porque la instancia en el presente asunto es la misma. "De admitir esta circunstancia como fundamento de recusación equivaldría al sinsentido jurídico de defender que las causas sobreseídas provisionalmente no podrían ser instruidas por el mismo órgano judicial en caso de reapertura", subraya el fiscal. 

En esta línea, el Ministerio Fiscal, que advierte de que únicamente guía su actuación en defensa de la legalidad y del interés público, asegura que no dispone de datos suficientes para afirmar que el magistrado Ricardo Fiestras pudiera tener un interés directo o indirecto en la causa y carece de elementos probatorios sólidos que permitan sostener que existe una relación entre las personas referidas y el instructor que afecte a su imparcialidad. 

La Fiscalía se opone a la recusación del juez Ricardo Fiestras planteada por María...
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